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ViralFalso
La afirmación ha demostrado ser falsa, al ser contrastada con las fuentes y datos más serios y confiables.

No, la ARCA no aumentó los controles en las billeteras virtuales en noviembre de 2024: el monto que circula viralmente había sido comunicado por AFIP en mayo último

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • Circula en redes sociales que tras el cambio de AFIP a ARCA, la primera resolución del nuevo organismo fue aumentar controles en las billeteras virtuales y limitar transferencias a $ 400 mil.
  • Esto es falso. La medida data del 24 de mayo cuando AFIP estableció que las billeteras virtuales deben informar movimientos superiores a $ 400 mil.
  • Las billeteras pueden realizar transferencias por cualquier monto. Si superan los límites establecidos solo deben informar al organismo para cruzar datos impositivos.

El Gobierno nacional disolvió la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). En su reemplazo, creó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). A raíz de este hecho, comenzó a circular en redes sociales un posteo que señala acerca de las billeteras virtuales: “Le cambiaron el nombre a la AFIP y la primera resolución de ARCA fue aumentar los controles (…). No se puede transferir más de 400 mil pesos”. 

Esto es falso. El 24 de mayo último la AFIP ya había comunicado que las billeteras virtuales debían informar en el caso del consumo con tarjetas de débito del titular y adicionales mayores a $ 400 mil o en el caso de ingresos o egresos totales por más de $ 400 mil. Es decir, a diferencia de lo que circula viralmente, no es una medida nueva de ARCA. 

Además, no es cierto que no se pueda transferir más de $ 400 mil. Según los especialistas,  se pueden realizar transferencias por cualquier importe y en caso de superar las sumas contempladas en el Régimen de Información serán reportadas a ARCA para cruzar los datos con lo declarado impositivamente

“No se actualizaron los montos. Lo que sí se actualizó fue nuestro nombre.”, explicaron desde el nuevo organismo a Chequeado

Las billeteras virtuales están obligadas a informar a ARCA los movimientos cuando superan ciertos montos.

Desde 2019, las billeteras virtuales están obligadas a informar a la AFIP los movimientos y saldos de las cuentas cuando superan ciertos montos. Estos montos fueron actualizados el 24 de mayo último, es decir, no se trata de una nueva medida como circula viralmente. 

El 24 de mayo último la AFIP comunicó que las billeteras virtuales deben informar en el caso de acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales mayores a $700 mil; en el consumo con tarjetas de débito del titular y adicionales mayores a $400 mil e ingresos o egresos totales por más de $400 mil.

Este monto se actualiza cada 6 meses sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC, indicaron desde ARCA a este medio. La próxima actualización será con el IPC de  diciembre de 2024 y se aplicará en febrero, según señalaron desde ARCA a este medio. 

Consultada por Chequeado, Gabriela Russo, presidenta del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires -que nuclea a contadores, actuarios, licenciados en Administración y en Economía-, explicó que “se pueden recibir transferencias por cualquier importe” y en caso de superar las sumas contempladas en el Régimen de Información serán reportadas a ARCA.

Como explicó Chequeado en esta nota, los bancos y los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) le informan al Fisco Nacional los movimientos de los usuarios de las billeteras virtuales. Con esa información, se cruzan los datos con lo declarado impositivamente. “Si no son consistentes se inicia un proceso de fiscalización”, señaló Russo. 

La AFIP posee distintos tipos de fiscalizaciones y pueden iniciarse a través de 3 maneras: citaciones, verificaciones o inspecciones.

En el primer caso, se cita al contribuyente para que brinde las respuestas y/o exhiba la documentación que le sean requeridas. En el segundo caso, se envía al contribuyente un requerimiento por escrito, en donde se le otorga un plazo para que responda sobre inconsistencias detectadas a fin de aportar la documentación requerida. Y en el caso de una inspección, se inicia un proceso de revisión, control y verificación que recae sobre los contribuyentes y, generalmente, ocurre en su domicilio. 

 

Este chequeo es parte de la iniciativa Third Party Fact-checker de Facebook en la Argentina. En los casos de fotos y videos trabajamos con imágenes trucadas o sacadas de contexto y siempre analizamos en conjunto las imágenes junto con el texto con el que fueron presentadas.

Fecha de publicación original: 13/11/2024

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Recursos utilizados

  • Parte de este texto fue escrito por Chequeado con asistencia de herramientas de inteligencia artificial (IA) y supervisión de nuestros editores.

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