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FrasesFalso
La afirmación ha demostrado ser falsa, al ser contrastada con las fuentes y datos más serios y confiables.

Oscar Parrilli: “Fue la actual Presidenta la que promovió la derogación del delito de calumnias e injurias”

Nunca en la Argentina el periodismo tuvo tanta libertad y garantías para escribir y opinar lo que quiera y en cualquier medio de prensa. Ello es, además, uno de los logros mayores de todo el pueblo argentino en estos últimos diez años de gobierno, y hasta pueden mentir sin peligro de ser querellados penalmente, ya que fue la actual Presidenta la que promovió la derogación del delito de calumnias e injurias“, aseguró el secretario General de la Presidencia, Oscar Parrilli.

Es cierto que, en 2009, el actual gobierno impulsó la reforma del Código Penal (Ley 26.551) para despenalizar los delitos de calumnias e injurias. Sin embargo, la ley sólo eliminó la posibilidad de aplicar penas en casos de “interés público”. Pese a que tras la reforma no hubo condenas, sí se produjeron denuncias penales por estos delitos, y aún no fueron reformados los artículos del Código Civil que expertos en la materia consideran restrictivos para la libertad de expresión.

Por otra parte, la reforma del Código Penal de 2009 no fue fruto de la iniciativa del Gobierno nacional, sino una adecuación de la legislación interna a los tratados internacionales a los que suscribe constitucionalmente, que le fue ordenada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a partir de lo resuelto en el “caso Kimel”.

En 2008, tras ordenar al Estado argentino a indemnizar al periodista Eduardo Kimel y realizar un acto público de reconocimiento de la responsabilidad estatal en ese caso, la Corte Interamericana resolvió: “El Estado debe adecuar en un plazo razonable su derecho interno a la CIDH, de tal forma que las imprecisiones reconocidas por el Estado se corrijan para satisfacer los requerimientos de seguridad jurídica y, consecuentemente, no afecten el ejercicio del derecho a la libertad de expresión”.

La ley votada en 2009 por el Congreso Nacional modificó los artículos 109, 110, 111, 113, 114, 115, 116 y 117 del Código Penal y derogó el 112 e incorporaron el 117 bis. La reforma eliminó la pena de prisión en casos de calumnias e injurias (aún persisten las multas económicas) y agregó en los artículos 109, 110, 111 y 113 que no se considerarán delitos las “expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas”.

En el delito de calumnia, los cambios más importantes fueron la exclusión del honor de las personas jurídicas y la exclusión como delitos de las expresiones no asertivas (juicios de valor).

Respecto al delito de injurias, se eximió de responsabilidad a quien reproduzca información (en tanto ésta sea fiel y debidamente atribuida) y al que se retractase públicamente sin asumir culpa.

Un informe del Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información (CELE), que dirige el ex relator para la Libertad de Expresión de la CIDH Eduardo Bertoni, destaca que la reforma produjo un importante avance para la libertad de expresión, pero advierte sobre dos focos de tensión a la hora de llevarla a la práctica:

-que las figuras penales se siguen utilizando y funcionarios y personas públicas siguen iniciando querellas, incluso en cuestiones de interés público a pesar de la reforma;

-y que, pese a la reforma, no hubo hasta el momento un debate serio sobre la competencia del fuero federal para tramitar causas en las que participe, sea como querellante o querellado, un funcionario público del Gobierno federal.

Además, señala que “al no definir el concepto de ‘interés público’, deja un margen amplio de discreción a quienes deben interpretar su contenido y alcance”. Eleonora Rabinovich, especialista en libertad de expresión de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), advirtió al respecto: “La reforma no despenaliza completamente y, en definitiva, siguen siendo los jueces los que tienen que evaluar el interés público involucrado en la causa”.

Los números

El estudio del CELE recopila las causas iniciadas por calumnias e injurias en los dos años anteriores y los dos años posteriores. Las causas por este tipo de delitos que involucraron a personas públicas o a cuestiones de interés público pasaron en ese lapso de 146 a 60 en la justicia ordinaria. En el fuero federal la cifra disminuyó de 41 a 15.

En los años previos a la reforma, el 4% de las causas terminaron en condena. Tras la despenalización de las calumnias e injurias en casos de “interés público” no se registraron causas que terminaran en condena. Sin embargo, al mismo tiempo, se redujo el número de sobreseimientos, pasando del 63% al 43% y el porcentaje de causas en trámite se duplicó.

Las querellas contra periodistas y medios siempre son un limitante en materia de libertad de expresión, especialmente porque suelen funcionar como una suerte de hostigamiento judicial y suelen traer como consecuencia efectos de autocensura”, señaló Andrés D’ Alessandro, director ejecutivo del Foro de Periodismo Argentino (FOPEA).

Chequeado.com realizará hoy un Taller sobre periodismo y responsabilidad legal junto con el Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información (CELE).

Fecha de publicación original: 18/06/2013

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Comentarios

  • cesar19 de junio de 2013 a las 8:48 pmLa ley de Medios que se presento de como democrática ni siquiera menciona la posibilidad de garantizar la libertad de palabra.
    Ni protege a los periodistas a que podrán decir de todo, incluso injuriar que aunque parezca una locura es parte de la libertad de palabra.
    Cristina fue la que actuó contra la prensa italiana cuando se dijo que había visitado lugares de compra para ricos, es decir que la mismísima presidente esta contra la libertad de palabra y para quedar como la madre Teresa dono lo recaudado.
    • cdanielalvarez20 de junio de 2013 a las 12:43 pmLa Ley de Medios no habla en ningún sentido sobre los contenidos de la información. Los periodistas saben muy bien como calumniar sin comprometerse. Usan el potencial y citan fuentes incomprobables para contruir relatos falsos pero que venden al incrédulo que lee. Hoy por hoy nadie escribe desde una postura aséptica y despolitizada. Vos mismo, al comparar el gesto de donar con La Madre Teresa, descalificás desde tu visión de opositor.
    • Carlos19 de noviembre de 2015 a las 9:23 amEstas totalmente desinformado y no solo que estas difamando a la presidenta por tu rotulo de opositor pero lo peor es que tu cabeza consume todo lo que le dan digerido no te tomas el trabajo ni de leer otros medios que nos sean los que rigen tu vida. Te cuento que nuestra presidenta les gano el juicio al medio italiano por mentir y fue reconocida por la corte de Italia que fue una burda mentira inventada por la periodista y director del mismo. Hay que leer mas y no dejarse enfermar de odio por estos medios que habitualmente consumís...
  • cesar27 de junio de 2013 a las 1:21 amla ley de medios no garantiza la libertad de palabra simplemente por que sigue estando penada pero ya no como delito penal sino civil lo que es parecido.
    El dato es que Crisitina dono lo que gano a la prensa italiana por injuria, eso es objetividad. Que una noticia se politice no quita que sea objetiva.
    El dato es ese y otorga objetividad, la ley de medios no tiene un solo articulo que proteja a los periodistas y menos que mencione la libertad de palabra como derecho garantizado, es decir que no pase por la justicia.
    • Pame21 de diciembre de 2015 a las 4:21 pmCreó q si están protegidos pero todo derecho termina donde comienzan los derechos de otros. Los periodistas tienen derecho a expresarse, pero la persona de la q se expresa tiene derecho a expresar su desconformidad, Eso es democracia. Todos somos iguales ante la ley
  • Óscar18 de junio de 2019 a las 9:38 pmMe gustaría saber si hay acesso a quienes sostienen económicamente su labor ? Por otra hay mucha opinión en sus chequeados en tanto eso no es chequear es subjetivar !!
  • Sergio Lescano8 de noviembre de 2019 a las 4:35 pmNo entiendo por qué ponen "falso" a los dichos de Parrilli cuando son ciertos. Al no tener sanciones penales los delitos de calumnias e injurias, estos pasan a ser abstractos, solo sancionables civilmente, lo cual es lógico.
  • Víctor8 de junio de 2020 a las 3:18 pmCarlos, hay que leer otro medio según vos, pero como hacemos para leer todos los días otros diarios italianos y cómo hacemos para saber qué diario informa la verdad.
  • Víctor8 de junio de 2020 a las 3:32 pmAdemás la ley dice, "salvo aquellos que buscar desacreditar a un adversario político".En cuanto a las penas, deben ser actualizada.
  • Víctor8 de junio de 2020 a las 3:39 pmCalumnias é injurias.Tendría, podría, deben acabarse, todas las denuncias con pruebas suficientes, de lo contrario, las oposiciones si quieren pueden no dejar gobernar .Como lo hacen hoy los medios de Clarin.ñ
  • Leandro20 de noviembre de 2023 a las 9:06 pmPor otra parte, la reforma del Código Penal de 2009 no fue fruto de la iniciativa del Gobierno nacional, sino una adecuación de la legislación interna a los tratados internacionales a los que suscribe constitucionalmente, que le fue ordenada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a partir de lo resuelto en el “caso Kimel”. SEGURAMENTE TODOS LOS GOBIERNOS RESPETAN LO PEDIDO POR LA CIDH.

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