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Verificaciones FacebookVerdadero
La afirmación ha demostrado ser verdadera, al ser contrastada con las fuentes y datos más serios y confiables.

Es verdadero que Vidal eliminó la jubilación especial para ex gobernadores de la Provincia

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • En 2018, la entonces gobernadora promulgó el proyecto que derogó los regímenes jubilatorios especiales que beneficiaban a ex gobernadores, vicegobernadores y legisladores de las dos cámaras provinciales.
  • De esta manera, con la nueva legislación, Vidal no tendría acceso a este régimen especial cuando llegue a la edad jubilatoria.
  • La nueva ley provincial aumentó la edad mínima jubilatoria y los años de servicio, pero especialmente para los ex legisladores provinciales los benefició elevando también el porcentaje que se utiliza para calcular su haber.

En los últimos días circulan por redes sociales mensajes que señalan que la ex gobernadora de la Provincia de Buenos Aires, María Eugenia Vidal, “renunció” y “eliminó” la “jubilación de privilegio” para los mandatarios de este distrito. Esto es verdadero.

En Facebook, mensajes que indican que “Vidal se eliminó su propia jubilación de privilegio”, que es la “primera gobernadora de la historia en renunciar a la jubilación de privilegio” y que “VIDAL ACABA DE RENUNCIAR A Su PRIVILEGIO Económico Que Le Correspondía Como Ex Gobernadora” (sic) fueron compartidos más de 85 mil veces en total.

En Twitter, posteos similares tuvieron más de 6 mil retuits (ver acá y acá). También los mismos mensajes fueron enviados al número de WhatsApp de Chequeado (+54 9 11 3679-0690) para ser verificados.

Vidal presentó el proyecto que fue aprobado por la Legislatura bonaerense

En enero de 2018, la entonces gobernadora promulgó el proyecto sancionado por la Legislatura bonaerense a finales de 2017 y en el que se derogaron los regímenes jubilatorios especiales que beneficiaban a gobernadores, vicegobernadores y legisladores de las dos cámaras provinciales. El proyecto inicial, además, había sido presentado por ella.

Hasta entonces podían acceder a estos regímenes los gobernadores y vices con mandato cumplido a partir de los 55 años y la jubilación era equivalente “al 82% móvil que fije el presupuesto para los que están en ejercicio y en ningún caso podrá ser inferior al que perciba el Ministro de la Suprema Corte de Justicia”. Además, los ex legisladores provinciales con más de 50 años podían recibir una jubilación “equivalente al 50% del importe que fije el presupuesto legislativo para los que están en ejercicio”, según explica un documento del Instituto de Previsión Social (IPS), que podía llegar hasta el 70 por ciento.

Con este cambio, el Poder Ejecutivo provincial y los legisladores se integraron al régimen general de jubilaciones bonaerense. “Esta incorporación aplicaría a quienes detenten esos cargos y todavía no se hayan jubilado, ya que, para quienes ya habían accedido a una jubilación como gobernadores, vicegobernadores o legisladores, no se pueden afectar los derechos adquiridos”, explicó a Chequeado Carlos Martínez, economista e investigador de la Universidad Nacional de General Sarmiento.

De esta manera, con la nueva legislación, Vidal no tendrá acceso al régimen especial cuando llegue a la edad jubilatoria.

“En el caso de los ex gobernadores y vicegobernadores, las principales diferencias son la pérdida de la garantía de cobrar lo mismo que un juez de la Suprema Corte bonaerense jubilado y la incorporación de la incompatibilidad del beneficio con un salario por un cargo de legislador o docente”, detalló Martínez.

En el caso de los ex legisladores, añadió el especialista, que representan un universo de personas mayor a los de los ex gobernadores y vicegobernadores (“entre 500 y 700 frente a alrededor de 15 ex mandatarios provinciales”), “tanto la edad mínima como la cantidad de años de servicios exigidos se incrementan en 5 años, pero el valor del beneficio crece dependiendo de la edad en la que la persona se jubile”.

 

Este chequeo es parte de la iniciativa Third Party Fact-checker de Facebook en la Argentina. En los casos de fotos y videos trabajamos con imágenes trucadas o sacadas de contexto y siempre analizamos en conjunto las imágenes junto con el texto con el que fueron presentadas.

Fecha de publicación original: 03/01/2020

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Comentarios

  • Luis11 de enero de 2020 a las 5:26 pmAlguien sabe el número de la ley?
  • Mirian14 de enero de 2020 a las 6:41 pmRta. para Luis. Decreto 18/2018. Modifica el artículo 2 del Decreto-Ley N° 9.650/80 de Régimen Previsional de la provincia de Buenos Aires.
  • Gervacio24 de enero de 2020 a las 8:21 amCabe aclarar que es para ex gobernadores que aún no se han jubilado, ya que si modificó las condiciones de las jubilaciones de los ex gobernadores jubilados, la provincia va a recibir unos cuantos juicios dado que son derechos adquiridos.
  • jorge5 de marzo de 2020 a las 3:25 pmLos ex-gobernadores que se refugian en el Senado Nacional,en el que hay varios,cobran por los dos cargos ?
  • Cynthia11 de julio de 2020 a las 9:44 amMe parece perfecto; si un funcionario, aunque sea un ex presidente es senador o tiene otro cargo y cobra su jubilación, tampoco debería percibir otro ingreso. Estamos en crisis, muchachos, hay que hacer algo por la patria.
  • Paola18 de abril de 2021 a las 10:53 amVolvé María Eugenia. Se necesitan personas como vos en la política
  • Lilah10 de noviembre de 2021 a las 10:03 amChequeado, muy buen trabajo, gracias siempre los consulto.

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