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Cómo es el sistema de exportaciones del agro y por qué el plan de retenciones cero generó críticas entre los productores

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • En sólo 3 días los exportadores anotaron ventas al exterior por US$ 7.000 millones, el tope máximo establecido por el Gobierno para la exención de retenciones. 
  • Tras conocerse el fin del beneficio, representantes de las entidades rurales cuestionaron la decisión y plantearon dudas sobre quiénes fueron los beneficiarios finales de la medida. 
  • Las ventas al exterior son realizadas por exportadores oficiales y privados inscriptos ante el fisco, que están obligados a vender las divisas en el mercado de cambios. Las operaciones declaradas pueden concretarse días o meses después, incluso aunque los vendedores no cuenten en ese momento con los productos. 

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció el fin del programa de retenciones cero a las exportaciones de granos, luego de que en sólo 3 días se llegara al cupo de US$ 7.000 millones previsto originalmente

“Se ha alcanzado la registración del cupo de US$ 7.000 millones previsto por el decreto 682/2025, por lo que se ha dado de baja la opción de registración de las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) que se encuentren amparadas por el beneficio del citado decreto”, anunció ARCA en la red social X. En tanto, la quita de retenciones para la exportación de carne bovina y aviar continúa vigente. 

De acuerdo con los datos oficiales, casi el 80% de las DJVE de granos y subproductos declaradas en los 3 días que duró la medida fueron presentadas por sólo 6 empresas exportadoras. 

Tras conocerse el fin del beneficio, representantes de las entidades rurales cuestionaron la decisión y plantearon dudas sobre quiénes fueron los beneficiarios finales de la medida.

Los cuestionamientos a la medida del Gobierno

El titular de la Sociedad Rural Argentina, Nicolás Pino, aseguró en declaraciones a Radio Mitre: “Nunca dudamos que se iba a cubrir [el cupo] porque los productores íbamos a aprovechar la posibilidad de vender. Ahora bien, sí nos llamó la atención que en 48, 72 horas se cubra todo y que volvamos de vuelta como antes”.

“Queremos ver si el productor realmente pudo aprovechar este beneficio. ¿Cómo puede ser que la exportación haya emitido en tan poco tiempo tantas declaraciones juradas para cubrir semejante cantidad de dinero?”, se preguntó Pino.

Por su parte, el ex Ministro de Agroindustria de la gestión de Mauricio Macri (Cambiemos), Ricardo Buryaile, cuestionó en X “el fenomenal negocio que le entregó el Gobierno a los exportadores de granos”.

En tanto, la titular de la Federación Agraria Argentina (FAA), Andrea Sarnari, señaló: “Los pequeños productores no somos beneficiarios de las medidas que se tomaron el lunes. La transferencia de recursos es a beneficio de los grandes y no del pequeño productor. Lo que necesitamos son reglas claras”.

En el mismo sentido, Carlos Castagnani, presidente de Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), aseguró que “el grueso de los productores no accedió de manera directa a la rebaja de retenciones que se implementó para lograrlo. Esta situación genera un claro desbalance, ya que el esfuerzo y el compromiso de quienes producen día a día siguen siendo el verdadero motor que sostiene la economía nacional y el beneficio fue para unos pocos”.

¿Cómo funciona el sistema de exportación de granos en la Argentina? 

La exportación de productos agropecuarios es regida por la Ley N° 21.453, que establece que todas las ventas al exterior deben registrarse a través de la Declaración Jurada de Ventas al Exterior (DJVE), un documento en el que se anota el producto a exportar, su destino, la cantidad, el precio fijado y la fecha de concreción de la exportación. 

Según la ley, este tipo de operaciones podrá ser realizada por exportadores oficiales y privados inscriptos ante el fisco argentino. Es decir que la venta no se realiza en forma directa entre el productor y un comprador del exterior, sino a través de empresas exportadoras. 

Cuando las exportadoras pactan una venta al exterior deben informarla con una DJVE hasta 24 horas después, según se explica en un trabajo de la Bolsa de Comercio de Rosario (BCR). Pero eso no implica que los granos deban ser entregados en el momento: la fecha puede ser acordada para días o incluso meses después. 

Según la BCR, existen 2 tipos de declaraciones juradas: las que permiten embarcar el producto en un plazo máximo de 30 días y pagar las retenciones en ese momento; y las que establecen un plazo de embarque de hasta 360 días, pero obligan a abonar el 90% de los derechos de exportación dentro de los 5 días hábiles siguientes.

Además, aunque las exportaciones se pagan en dólares, las empresas deben vender las divisas en el mercado de cambios hasta 30 días después de realizada la DJVE, recibiendo los pesos equivalentes según la cotización al momento de la operación. 

El régimen especial de retenciones cero estableció excepcionalmente que para acceder al beneficio debían liquidarse el 90% de las divisas comprometidas en la operación en un máximo de 3 días hábiles. 

Es decir que, aunque todavía no hayan concretado la venta, los exportadores que presentaron las DJVE entre el 22 y el 24 de septiembre tienen que ingresar los dólares en los próximos días.

Cómo es la relación de las exportadoras con los productores

Para asegurarse contar con la producción necesaria a la hora de ejecutar la exportación, las empresas les compran los granos a los productores a través de diferentes modalidades, según detalla la BCR: 

  • Pago contra entrega: la producción se entrega hasta 30 días después de pactada la compra, y se paga en ese momento. 
  • Pago contra entrega futura (forward): se conciertan compras a plazos mayores a 30 días, y también se pagan contra entrega. 
  • Venta con precio “a fijar”: se acuerda una compra, pero no se fija el precio en el momento, sino en un plazo no definido. 
  • Venta con pago anticipado: se paga la producción antes de recibirla. 

En todos los casos, el productor recibe su pago en pesos, con el descuento de las retenciones incluido. 

De este modo, en ocasiones las empresas exportadoras pueden pactar con un comprador la venta de un producto sin contar con los granos al momento de realizar la DJVE. O incluso comprarlos previamente sin tener una venta pactada, y acopiarlos a la espera de un mejor precio.

Por ejemplo, en los 3 días que rigió la eliminación temporal de las retenciones una empresa exportadora pudo pactar una venta al exterior de un cargamento de soja en mayo de 2026, sin tener que asegurarse en ese momento la compra del producto, pero sí teniendo que liquidar el 90% de las divisas informadas en la operación con fondos propios, para poder acceder a las retenciones cero.

Posteriormente, la empresa podrá comprar la producción que necesita para cumplir el contrato, pagando un precio inferior al que recibirá de su comprador (dado que no pagó retenciones) si en ese momento aún se mantiene el actual esquema de derechos de exportación, que grava la venta de soja en un 26%. 

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