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Pese a que producen efectos nocivos en la salud, el Gobierno habilitó los vapeadores y las bolsitas de nicotina

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • Organizaciones de salud pública firmaron un comunicado en rechazo a la decisión del Ministerio de Salud de la Nación de autorizar la venta de vapeadores y legalizar la comercialización de bolsitas de nicotina.
  • Advierten que la introducción comercial masiva puede “aumentar en la población argentina la dependencia a la nicotina, favorecer el consumo dual o múltiple, desalentar el abandono completo del tabaco y crear nuevas generaciones de consumidores”.
  • El Gobierno argumentó que la decisión se fundamenta en que “la prohibición previa no logró impedir el acceso ni el consumo de estos productos”. Sin embargo, la cartera sanitaria no incluyó evidencia científica independiente que justifique la nueva normativa.

Luego de que el Ministerio de Salud autorizara la venta de vapeadores, bolsitas de nicotina y otros dispositivos que se encontraban prohibidos, organizaciones de salud pública firmaron un comunicado en rechazo a la apertura del mercado argentino a nuevos productos de tabaco y nicotina.

Además, pidieron suspender la Resolución 549/2026 y la Disposición de la ANMAT 2543/2026, que eliminaron las prohibiciones en materia de comercialización, importación y publicidad de cigarrillos electrónicos y legalizaron la comercialización de bolsitas de nicotina -que, como denunció Chequeado, se venden como golosinas en kioscos- siempre que cumplan con ciertos requisitos. 

Las organizaciones advierten sobre “un grave retroceso para la salud” 

En el comunicado difundido este martes, las organizaciones firmantes -entre las que se encuentran la Unión Antitabáquica Argentina (UATA), la Asociación Argentina de Tabacología (AsAT), la Sociedad Argentina de Medicina (SAM), la Federación Argentina de Cardiología (FAC) y la Sociedad Argentina de Pediatría (SAP)- expresan su “profunda preocupación y rechazo” ante las medidas oficiales.

“Estas decisiones constituyen un grave retroceso para la salud pública argentina. En lugar de fortalecer las políticas de prevención, cesación y protección de niñas, niños y adolescentes frente a la adicción a la nicotina, el Estado nacional abre la puerta a la expansión de un mercado de productos adictivos, promovidos globalmente mediante estrategias comerciales que apelan a la innovación tecnológica, el diseño atractivo, la percepción de menor daño y la captación de nuevos consumidores”, indica el texto.

Según señala el comunicado, la propia Resolución 549/2026 reconoce que “el uso de estos productos en adolescentes ya alcanza niveles alarmantes”. Sin embargo, utiliza esa evidencia para justificar su habilitación comercial.

Los especialistas advierten que los productos de nicotina no son inocuos: “producen dependencia, afectan el desarrollo cerebral adolescente, aumentan riesgos cardiovasculares, generan toxicidad fetal durante el embarazo, exponen a sustancias dañinas, provocan intoxicaciones accidentales y, en sus formas inhaladas, afectan las vías respiratorias y el pulmón”.

Y agregan: “La incertidumbre sobre sus efectos de largo plazo no justifica su liberalización comercial. Por el contrario, refuerza la necesidad de aplicar el principio precautorio. La introducción comercial masiva de cigarrillos electrónicos, productos de tabaco calentado y bolsas de nicotina puede aumentar en la población argentina la dependencia a la nicotina, favorecer el consumo dual o múltiple, desalentar el abandono completo del tabaco y crear nuevas generaciones de consumidores”.

Qué dice la Resolución 549/2026 publicada por el Gobierno nacional

La nueva normativa deroga la Resolución 565/2023, que prohibía la importación, distribución, comercialización y publicidad de los productos de tabaco calentado y dispositivos electrónicos similares. A su vez, aprueba una serie de requisitos para el registro, la comercialización y fiscalización de los productos de tabaco y nicotina. 

Entre ellos, incorporar advertencias sanitarias en los envases, la prohibición de utilizar elementos de diseño que resulten atractivos para niños y adolescentes y restricciones específicas sobre aromas/sabores autorizados. Solo se permiten líquidos y sticks con sabor tabaco y bolsas de nicotina con sabor tabaco o mentol. No hace mención a los puntos de venta de estos productos ni a las agresivas campañas de marketing de la industria.

Según el Ministerio de Salud, “la decisión se fundamenta en que la prohibición previa no logró impedir el acceso ni el consumo de estos productos”. Además, argumentó que con los cambios busca regular un mercado en crecimiento, especialmente entre adolescentes, y desalentar el comercio ilegal.

Sin embargo, la cartera sanitaria no incluyó la evidencia científica independiente que justifique la nueva normativa.

Según datos de la Sedronar citados en la nueva resolución, los vapeadores y cigarrillos electrónicos registraron una prevalencia de consumo del 35,5% en adolescentes durante el último año.

Por su parte, la ANMAT derogó la Disposición ANMAT 3226/2011, que prohibía la “importación, distribución, comercialización y la publicidad o cualquier modalidad de promoción del sistema electrónico de administración de nicotina” en Argentina.

 

Fecha de publicación original: 05/05/2026

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