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Cobro con Transferencias: 10 preguntas y respuestas sobre el nuevo sistema de débito para el pago de préstamos

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • Este lunes venció el plazo para que bancos y billeteras virtuales implementen el Cobro con Transferencia (CCT), un sistema que permite que una entidad financiera le pueda cobrar a un cliente la cuota de un préstamo en una cuenta de una institución bancaria. 
  • El CCT se aplica a los préstamos solicitados desde el 31 de agosto, exige consentimiento explícito y permite revocar el permiso de inmediato. Además, la norma establece que el prestamista debe notificar al cliente el día hábil anterior al débito y que no pueden debitarse desde cuentas no autorizadas o de familiares.
  • El Banco Central fijó límites al sistema: la relación cuota/ingreso no puede superar el 30% del sueldo del solicitante al momento de pedir el crédito, permite sólo un intento de cobro y hasta 2 reintentos por cuota, y sólo autoriza cuotas fijas e iguales.

Desde este lunes 31 de agosto, bancos y billeteras virtuales podrán cobrar la cuota de un préstamo en otras cuentas del cliente. 

Se trata del nuevo mecanismo denominado “Cobro con Transferencia (CCT)”, que fue establecido en marzo de 2026 por el Banco Central, que le dio a los bancos y billeteras virtuales plazo hasta hoy para adaptar sus sistemas.  

Este mecanismo abrió dudas prácticas: qué pasa con créditos ya vigentes, de qué cuentas pueden debitarse los pagos, qué límite de débito establece la ley y si es posible o no que la cuota se debite de la cuenta de un familiar. 

1. ¿En qué consiste el nuevo sistema?

De acuerdo con el Banco Central, el CCT es una nueva modalidad de transferencias inmediatas que permite que una entidad financiera le pueda cobrar a un cliente (previa autorización) la cuota de un préstamo en una cuenta de otra institución bancaria. 

Por ejemplo: una persona solicita un préstamo a una aplicación (como Mercado Pago) y firma conformidad para que las cuotas se debiten de la caja de ahorro en un banco. 

La autoridad monetaria indicó que en su diseño del CCT se tuvieron en cuenta mecanismos similares a los existentes en otros países, como Brasil donde funciona PIX. Se trata de un método de pago que permite realizar pagos y transferencias en cualquier momento del día y de la semana, de forma instantánea.

2. ¿Cómo funcionaba el sistema anteriormente? 

Hasta ahora, si alguien obtenía un préstamo en un banco o billetera virtual, la entidad sólo podía debitar la cuota de la misma cuenta en la que se obtuvo el crédito. Si la misma no contaba con saldo, la obligación quedaba impaga. 

3. ¿Pueden debitar el valor de la cuota sin mi permiso?

No. El sistema garantiza el consentimiento explícito y por única vez del cliente para debitar su cuenta, de manera previa a la realización de los débitos de las cuotas. 

Además, exige que los prestamistas notifiquen por medios electrónicos a sus clientes el día hábil previo a que el débito impacte en la cuenta, y asegura la posibilidad de baja inmediata de dicho consentimiento. 

4. ¿Si les doy autorización, me pueden debitar la cuota de cualquiera de mis cuentas?

No. El sistema no otorga al prestamista un permiso abierto para saldar deudas desde cualquier cuenta bancaria o billetera virtual que poseas a tu nombre y que no haya sido registrada y autorizada específicamente para ese débito.

5. ¿La deuda puede ser debitada de la cuenta de un familiar?   

El consentimiento explícito para adherir un débito automático CCT requiere que la cuenta bancaria o billetera virtual pertenezca al mismo titular que suscribió el contrato de préstamo. 

Ahora bien, si la cuenta de un familiar  (por ejemplo, padre o marido es una cuenta conjunta (co-titularidad) donde vos figurás oficialmente como co-titular, sí puede ser utilizada. 

6. Si ya tengo un crédito vigente, ¿me pueden debitar el pago de otras cuentas?

No. De acuerdo con la norma, el prestamista no puede debitar de forma automática o retroactiva sin tu consentimiento formal. Es decir que el sistema no se aplica en los créditos ya otorgados, sino únicamente en los solicitados a partir del 31 de agosto. 

Asimismo, está establecido que el débito únicamente se puede aplicar sobre la cuenta específica (CBU/CVU) que el usuario vinculó y actualizó de manera previa al otorgamiento o la eventual refinanciación del crédito. 

7. ¿Puede el prestamista obligarme a firmar el consentimiento para el CCT?

El sistema exige técnicamente un consentimiento explícito y voluntario del usuario (otorgado mediante un procedimiento de validación electrónica segura). Si no das tu OK formal, el mecanismo de CCT simplemente no se puede activar. Sin embargo, el prestamista sí puede poner la adhesión al CCT como una condición contractual previa para otorgar el crédito.

Un punto a tener en cuenta es que, si aceptás el CCT para que te aprueben el préstamo, la regulación del BCRA aclara que tenés derecho a revocar o dar de baja el consentimiento de débito en cualquier momento (tanto desde la app/sitio del prestamista como directamente desde tu propio banco o billetera). 

8. ¿Cuáles son los límites que establece el sistema?

El Banco Central estableció los siguientes límites principales:

  • Relación cuota/ingreso: El débito se limita al 30% del sueldo del solicitante al momento de la aprobación del préstamo.
  • Intentos de cobro: Se fija un intento inicial y hasta un máximo de dos reintentos (a las 48 y 96 horas) por cada cuota.
  • Tipo de cuota: Sólo admite el cobro de cuotas que sean fijas e iguales durante toda la extensión del contrato.

9. ¿Cualquier prestamista puede acceder a mis cuentas para cobrar una deuda? 

No. El sistema habilita a operar con este sistema sólo a entidades financieras, proveedores de servicios de pago (como Mercado Pago y Naranja X) y proveedores no financieros de crédito (PFNC) habilitados por el Banco Central. 

En la nómina de las PFNC, figuran entre las empresas más conocidas: Cencosud (que brinda financiamiento para supermercados y comercios como Jumbo, Disco, Vea, Easy y Blaisten), Cetrogar (electrodomésticos), Coppel (tienda multirubro), Frávega (electrodomésticos y tecnología) y Mercado Libre, entre otros. 

10. ¿Pueden debitar la cuota desde un saldo invertido en un Fondo Común de Inversión?

Hernán Letcher, director del Centro de Economía Política Argentina (CEPA), destacó a Chequeado que “es imposible que se debite la cuenta de un Fondo de Inversión porque esos fondos no tienen disponibilidad inmediata y además es un instrumento independiente”.

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