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Las leyes argentinas son las segundas más machistas de Sudamérica, sólo superadas por Surinam

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • Surge de un informe del Banco Mundial que midió la desigualdad ante la ley entre hombres y mujeres en todo el mundo.
  • En el país todavía hay leyes que prohíben realizar a las mujeres ciertos trabajos.
  • Hay proyectos presentados en el Congreso para derogar estos artículos, pero no fueron tratados.

La Argentina se destacó en los últimos años por ser el país que impulsó el movimiento “Ni Una Menos”, una lucha por los derechos de la mujer que se replicó en todo el continente. Sin embargo, las leyes argentinas son las segundas más desfavorables para las mujeres de todos los países de Sudamérica, sólo superadas por Surinam, según surge de un reciente informe del Banco Mundial.

El organismo internacional midió la desigualdad ante la ley entre hombres y mujeres a partir de la evaluación en la inserción en el mercado laboral, la tenencia de hijos, el matrimonio, la iniciación en proyectos de negocios, la administración de activos y la libertad de movimiento.

El promedio mundial es 74,7 (sobre 100), lo que, según el estudio, “indica que en promedio las mujeres gozan de la tercera cuarta parte de los derechos que tienen los hombres”. La Argentina, con 76,3, se ubica 99° de los 187 países analizados y se ve superado por todos los países sudamericanos salvo Suriname, que obtuvo un 65,6. ¿El mejor sudamericano ubicado? Perú, con 95 puntos.

Seis economías -Bélgica, Dinamarca, Francia, Letonia, Luxemburgo y Suecia- tienen un puntaje de 100, lo que significa que las mujeres gozan de la misma posición legal que los hombres en los ocho indicadores analizados. El peor puntaje lo tiene Arabia Saudita, con 25,6.

¿Qué pasa en la Argentina?

En parte, la mala calificación del país se da porque todavía hay leyes que imposibilitan a las mujeres realizar algunos trabajos. Específicamente, en el informe se refiere al artículo 176 de la Ley 20.744 de contrato de trabajo, que establece que “queda prohibido ocupar a mujeres en trabajos que revistan carácter penoso, peligroso o insalubre”. Por otro lado, también al artículo 11 de la Ley 11.317, sancionada en 1927 para regular el trabajo de mujeres y niños, que prohíbe a las mujeres de trabajar en la carga y descarga de navíos o por medio de grúas, en trabajos subterráneos, en la conducción de trenes, en el engrasado y limpieza de máquinas en movimiento y en la utilización de sierras circulares, entre otros.

Si bien fueron presentados 4 proyectos en el Congreso de la Nación entre 2017 y 2019 para derogar estos artículos (ver acá, acá, acá y acá), aún no fueron tratados.

¿Entonces, en la actualidad, las mujeres tienen limitado el acceso laboral a algunos trabajos por ley? Con la reforma de la Constitución en 1994, se otorgó jerarquía constitucional a los tratados internacionales que exigen la igualdad entre hombres y mujeres. Por eso, desde entonces, se da mayor importancia al cumplimiento de leyes que sean igualitarias que a las discriminatorias. Sin embargo, los especialistas destacan que derogar las leyes que discriminan ayudaría a evitar confusiones y pérdidas de tiempo y dinero a las mujeres. Por ejemplo, en el año 2002, la Justicia falló contra Freddo ya que la empresa aseguraba que no contrataba a mujeres porque consideraba que las protegía de las tareas que podían enfrentar, como transportar los potes de helado.

Existen ocasiones en los que la ley prevé un trato desigual entre hombres y mujeres. Esto sucede porque a veces se necesitan medidas especiales cuando un grupo social es discriminado y no está en iguales condiciones que otro. Pero, tal como explican en uno de los proyectos presentados, las prohibiciones “ponen en evidencia un inequívoco contenido discriminatorio”, ya que se restringe a la mujer la posibilidad de elegir una ocupación por la sola razón de su sexo.

Laura Pautassi, Eleonor Faur y Natalia Gherardi lo explican en un trabajo realizado para la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). “Las primeras normas laborales (como la prohibición al trabajo nocturno o a ciertos trabajos concretos) asumen a la mujer como madre y fortalecen la consideración de la mujer como sujeto con capacidad limitada”, aseguran en el estudio, por lo que sostienen que “no se introdujeron considerando la igualdad sino discriminando a un grupo (mujeres) por sobre ambos grupos de trabajadores (hombres y mujeres)”.

Tea Trumbic, coordinadora del informe del Banco Mundial, explicó a Chequeado que el proceso legislativo que se desarrolla para derogar leyes suele ser dificultoso y, sobre todo, para este tipo de leyes “viejas” que no tienen relevancia o no son seguidas en la práctica, ya que no son apuntadas como prioridades legislativas. Sin embargo, señaló que derogarlas es crucial para eliminar la discriminación y las brechas de género en el mercado laboral. En el estudio, se encontró una mayor disminución de las brechas para los países que avanzaron en reformas igualitarias.

Fecha de publicación original: 27/06/2019

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Comentarios

  • Alguien8 de septiembre de 2019 a las 11:09 pmCreo que haya guardería para los hijos en los lugares que trabajan mujeres deja afuera de igual derecho a los hombres que necesitan dejar a sus hijos al resguardo en horarios de trabajo. También es poco igualitaria la edad jubilatoria.
  • marcelo21 de octubre de 2019 a las 4:03 pmLa letra de la ley quizas es diferente y quizas es el objeto del analisis, pero la realidad por lo que pude leer no se cumple porque actualmente las mujer realizan trabajso subterraneos y conducen trenes en ese sistema y a nadie se le ocurre no tomar una mujer en una torneria.
  • Podridodeestaimbecilidad23 de noviembre de 2019 a las 3:14 pmPor supuesto, las mujeres deben poder hacer TODOS esos trabajo inmundos que hacemos los hombres. Ya estamos podridos de manejar la grasa, las moledoras y la mierda.
  • Susana Gallardo24 de noviembre de 2019 a las 8:54 amLactarios en el trabajo: en estos tiempos, este tema es un grave problema para las mujeres lactantes. Aun se las manda "al baño" a extraerse ls leche cuando estan en hs.de trabajo. Aun no se piensa en la contaminacion que significa hacerlo en un baño, tanto para la mujer como para el bb que recibira ese alimento que luego guardan en heladeras. Aun hay oficinas publicas donde otras mujeres la cubren con abrigos y carpetas mientras se extrae la leche.
  • Roxana Kreimer1 de enero de 2020 a las 1:09 pmEl informe que presentan es totalmente sesgado. ¿Qué evidencia tienen de que hay mujeres que desean trabajar en empleos que suponen tener una gran fuerza física y no las dejan? Esas leyes cayeron en desuetudo, no se aplican, No se puede medir la condición de la mujer en todo un país de manera tan sesgada. Acá tienen los datos que ustedes no publican sobre la inexistencia de sexismo en la brecha salarial https://feminismocientific.wixsite.com/misitio/brecha-salarial-no-es-sexismo y en cargos jerárquicos https://feminismocientific.wixsite.com/misitio/techo-de-cristal-evidencias-en-cont
  • Roxana Kreimer1 de enero de 2020 a las 1:25 pmAgreo que cualquier mujer que quiera trabajar levantando bolsas en el puerto puede presentar un amparo y enseguida logra llevar a cabo el ansiado trabajo. Midan igualdad ante la ley en los juicios, nos llevaríamos sorpresas como ésta https://repository.law.umich.edu/cgi/viewcontent.cgi?article=1164&context=law_econ_current
  • sebastian23 de febrero de 2021 a las 5:48 pmPreguntense la edad jubilatoria y la licencia por paternidad. La ley es justa, que tiene que ver la insercion laboral, los emprendimientos y todo eso con la ley? que locura es esta nota?
  • sebastian23 de febrero de 2021 a las 5:52 pmNinguno de todos estos items se corresponde a las leyes, y respecto a la tenencia de los hijos es al reves, se los suele dar a las madres. Son todas apreciaciones subjetivas que no figuran en ninguna parte de la ley, pareciera que quieren leyes privadas (privilegios): la inserción en el mercado laboral, la tenencia de hijos, el matrimonio, la iniciación en proyectos de negocios, la administración de activos y la libertad de movimiento.
  • Mariano3 de noviembre de 2022 a las 8:22 amEl artículo solo habla de leyes que perjudican a las mujeres (la mayoría de las cuales ni siquiera se aplican en realidad), mientras hay una Ley que todos conocemos y abiertamente discrimina a los hombres: la Ley de Jubilaciones, que, sin causa alguna que lo justifique, obliga a los varones a trabajar hasta una edad cinco años mayor que la de las mujeres. Sin embargo, no se escriben artículos contra ella, ni se hace nada para modificarla. Cuando se habla de desigualdades, siempre se mira para el mismo lado.

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