Lo que tenés que saber del fallo que avaló la “ley del arrepentido”
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los planteos de inconstitucionalidad de la llamada “ley del arrepentido” en la causa de los “Cuadernos de la corrupción” en la que está procesada la vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, por el delito de asociación ilícita. Por mayoría, la Sala I del máximo tribunal penal del país dio validez a las declaraciones de los arrepentidos en este expediente, que ya fue elevado a juicio oral.
El tribunal resolvió ante una presentación de la defensa del ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, que también está procesado en la causa. Los abogados del ex ministro y de otros imputados que adhirieron al pedido señalaron que la norma es inconstitucional, entre otras razones, por la garantía constitucional que protege a todo imputado contra la autoincriminación y por una presunta violación a los principios de legalidad e irretroactividad de la ley penal más grave.
Señalaron, además, que se había incumplido con el requisito del artículo 6 de la ley del arrepentido, que señala que las declaraciones de los colaboradores “deberán registrarse a través de cualquier medio técnico idóneo que garantice su evaluación posterior”. Las defensas indicaron que las declaraciones debían estar respaldadas por una filmación o registro audiovisual, y no sólo por un acta.
Votaron por rechazar el pedido los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Petrone, mientras que la magistrada Ana María Figueroa votó por declarar inconstitucional algunos de los artículos de la ley. Barroetaveña señaló que las defensas “deberían demostrar, de manera concreta y específica, de qué modo la norma cuya inconstitucionalidad alegan viola garantías y derechos reconocidos” por la Constitución.
Respecto al respaldo audiovisual de las declaraciones, el juez Barroetaveña señaló que “los recaudos para el registro tienen por finalidad garantizar ‘su evaluación posterior’, como indica el propio texto de la norma, de modo que si el medio utilizado en el caso posibilita ese examen, no existiría, en principio, vulneración al derecho de defensa y a la facultad de controlar esa prueba”.
La Ley 27.304, conocida como “ley del arrepentido”, fue una promesa de campaña del ex presidente Mauricio Macri (Cambiemos) y el Congreso la aprobó a fines de 2016. Lo que hizo la norma fue unificar toda la legislación que existía sobre “arrepentidos” en una sola ley e incorporar a los delitos contra la administración pública en este régimen. La ley, entre otras herramientas, permite reducciones de pena o beneficios procesales a los imputados que brinden información relevante para el esclarecimiento de un delito.
Su utilización fue clave en el avance de la causa de los “Cuadernos”, en la que declararon como arrepentidos Oscar Centeno, ex chofer de Roberto Baratta (ex funcionario del Ministerio de Planificación) y decenas de empresarios y ex funcionarios. El expediente tramita actualmente en el Tribunal Oral Federal N° 7 porteño, que deberá fijar fecha para juzgar a la Vicepresidenta y otros 51 procesados.
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