Es engañosa la comparación entre el salario de un preso y el haber mínimo de un jubilado
- Circula en redes sociales una imagen que indica que el salario de un preso argentino es de $ 80.342 y el haber de un jubilado argentino es de $ 58.665.
- La Justicia resolvió hace casi 10 años que los presos que trabajan deben tener los mismos derechos laborales que quienes están en libertad. Sin embargo, sólo un tercio de los presos trabajan y menos de un 15% lo hace las horas suficientes como para llegar a ese salario mínimo.
- Por otro lado, el haber mínimo tampoco es representativo del universo total de jubilados, ya que lo percibe menos de la mitad de los beneficiarios. Y, además, no toma en cuenta los bonos que paga ANSES y que elevan el mínimo.
Circula en Twitter y Facebook una imagen que indica: “Salario de un preso argentino: $ 80.342. Haber de un jubilado argentino: $ 58.665”. La captura corresponde a una gráfica utilizada durante un editorial del periodista Jonatan Viale en el canal La Nación +, el 23 de marzo último.
Sin embargo, esto es engañoso: para la Justicia argentina los presos que trabajan tienen los mismos derechos laborales que los trabajadores que están en libertad. Sin embargo, sólo un tercio de los presos trabajan y menos de un 15% lo hace las horas suficientes como para llegar al salario mínimo que figura en la placa. Por otro lado, el haber mínimo tampoco es representativo del universo total de jubilados, ya que lo percibe menos de la mitad de los beneficiarios.
En 2015, el entonces candidato presidencial Sergio Massa (Frente Renovador) había hecho una comparación similar, que también había sido replicada por algunos medios de comunicación. “Que hoy una persona detenida gane más que un jubilado es parte del despropósito de las prioridades en Argentina. Al Gobierno le interesan más los presos que los jubilados”, dijo hace 8 años el hoy ministro de Economía, como crítica al gobierno de Cristina Fernández de Kirchner.
En ese momento, Chequeado explicó los matices de esa comparación y la debilidad del argumento.
¿Por qué los presos cobran?
La Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad establece en su artículo 106 que “el trabajo constituye un derecho y un deber del interno. Es una de las bases del tratamiento y tiene positiva incidencia en su formación”. El siguiente artículo establece, además, que el trabajo debe ser remunerado y respetando la legislación laboral y de seguridad social vigente.
La cifra que figura en la placa viral no es un sueldo que perciban especialmente los presos. Es el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) vigente, fijado por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil -que depende del Ministerio de Trabajo de la Nación- para todos los trabajadores en relación de dependencia.
La inclusión de los trabajadores penitenciarios en este convenio no surge de una decisión de la cartera laboral, sino de un fallo judicial. En diciembre de 2014, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió, en respuesta a un habeas corpus colectivo, que una persona detenida que trabaja debe tener los mismos derechos que establece la Ley de Contrato de Trabajo para los trabajadores en libertad, incluyendo aguinaldo y vacaciones, y exhortó a distintos organismos del Estado vinculados con asuntos penitenciarios a elaborar un régimen laboral que contemple las especificidades de las personas detenidas.
“Las personas que allí son alojadas pierden transitoriamente el derecho a la libertad ambulatoria, pero también como lo señala el artículo 18 de nuestra Constitución Nacional conservan todos aquellos derechos que la Ley no cercena”, señaló Leandro Halperín, abogado especialista en sistemas penitenciarios y ex legislador porteño por Evolución.
Los presos que trabajan: cuántos son y cuánto cobran
Del total de personas detenidas en todas las cárceles del país, sólo el 36% tiene un trabajo remunerado, pese a que la Ley 24.660 lo declara como “un derecho y un deber del interno”. Además, según datos del Ministerio de Justicia de la Nación, sólo un 13% de los presos cumple jornadas de entre 30 y 40 horas semanales, cantidad que le permitiría llegar a los $ 80.342 que fija el Consejo del Salario.
Es decir, la comparación de presos con jubilados excluye a al menos un 87% de detenidos que cobran menos que el mínimo o no trabajan. De hecho, 2 de cada 3 presos no tienen un trabajo remunerado.
Los jubilados que cobran la mínima: ¿cuán representativos son?
En esa línea, la comparación con la jubilación mínima excluye al 54% de los 5,5 millones de beneficiarios que cobran más que el haber mínimo, por lo que tampoco resulta representativa en términos estadísticos. Según datos oficiales, incluso, casi un 40% de los jubilados cobra más que $ 80 mil, es decir, más que el SMVM.
Finalmente, la cifra expresada del haber jubilatorio representa la mínima de $ 58.665 para el mes de abril. Sin embargo, no contempla un bono de $ 15.000 que se otorga de marzo a mayo de este año. La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) estableció en febrero un aumento del 17,04% para jubilados, en línea con la Ley de Movilidad Previsional, que elevó el haber mínimo de $ 50.124 a $ 58.665. Con el bono previsto para abril, ese monto se eleva a $ 73.665.
Chequeado contactó a Viale para conocer su posición sobre la placa difundida en LN+, pero hasta el momento de la publicación de esta nota no obtuvo respuesta.
Este chequeo es parte de la iniciativa Third Party Fact-checker de Facebook en la Argentina. En los casos de fotos y videos trabajamos con imágenes trucadas o sacadas de contexto y siempre analizamos en conjunto las imágenes junto con el texto con el que fueron presentadas.
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