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Chaco: la quinta provincia con juicios por jurados

La Legislatura chaqueña aprobó la ley que establece la implementación del juicio penal por jurados. Con esta reforma, Chaco se convirtió en la quinta provincia en adoptar este sistema, que ya habían incorporado Córdoba, la Provincia de Buenos Aires, Neuquén y Río Negro (a partir de 2018). Se trata de un sistema en el que un grupo de ciudadanos sin vinculación con la Justicia ni formación jurídica son seleccionados para juzgar a un acusado en un proceso oral.

La ley aprobada en Chaco establece la implementación de juicios por jurados para delitos de prisión perpetua, aquellos cometidos por funcionarios públicos, los delitos contra la integridad sexual y los homicidios en diferentes circunstancias. El artículo 3 de la ley ofrece una particularidad: en caso de que la víctima o el acusado “pertenezcan a los pueblos Qom, Wichí o Mocoví, la mitad del jurado estará integrado obligatoriamente por hombres y mujeres de dichas comunidades originarias”.

El nuevo Código Procesal Penal de la Nación también incorporó el juicio por jurados para los tribunales federales de todo el país, pero se precisa de una ley específica que lo regule. Este sistema está previsto en el artículo 24 de la Constitución Nacional desde 1853, pero nunca se implementó.

Fecha de publicación original: 03/09/2015

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