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Cinco puntos para entender el fallo de la Corte sobre coparticipación

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) declaró inconstitucional la detracción del 15% de la masa de impuestos coparticipables que el Gobierno nacional quita a las provincias para financiar a la ANSES, según lo previsto en un acuerdo federal de 1992. También se resolvió que la Nación deberá pagar a las provincias beneficiadas la suma de las cantidades retraídas desde 2006, sumado a los intereses. El fallo beneficia a las provincias de Santa Fe y San Luis, junto con Córdoba, aunque a esta última a través de una medida cautelar.

Cinco puntos para entender lo que estableció el máximo tribunal del país:

1. Suspensión. El fallo resolvió que el presidente del Banco la Nación Argentina, Osvaldo Arceo, debe suspender la detracción del 15% en el término de diez días. A su vez, se fijó un plazo de 120 días para que la Nación negocie los términos y los plazos de pago de las sumas retenidas a las provincias.

2. Situación actual. En 1992, se realizó el “Acuerdo entre Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales” para revertir las cuentas deficitarias de la ANSES, como se explica en esta nota. Se acordó, entonces, una detracción del 15% a los impuestos coparticipables de las provincias para que, con esta suma, el déficit del organismo previsional -ratificado luego con la Ley 24.130-. Un año más tarde, la Nación se comprometió a “aceptar la transferencia al Sistema Nacional de Previsión Social de las Cajas de Jubilaciones Provinciales”. En los años siguientes once provincias -entre las que se excluyen Córdoba, San Luis y Santa Fe- transfirieron sus cajas jubilatorias a la Nación. En 2006, la Ley 26.078 extendió el acuerdo hasta que se sancionara una nueva ley de coparticipación federal, como exige la reforma de la Constitución nacional de 1994.

3. Qué dijo la Corte. En los fallos sobre los casos de Santa Fe y San Luis, la Corte consideró que el artículo 76 de dicha ley es inconstitucional “por tratarse de una modificación unilateral del derecho intrafederal”. Es decir que el Gobierno sancionó esta ley sin llegar a un acuerdo con las provincias y sin obtener de ellas el “respaldo necesario”, como demanda la Constitución.

4. Qué dijo la Corte II. Otro de los puntos del fallo recuerda que la situación en la que se estableció que las provincias debían destinar el 15% a la ANSES se había modificado. El fondo para Seguridad social pasó a ser superavitario en estos años con un fondo que, “en noviembre de 2009, ascendía a $135.972.000.000 y con una rentabilidad del 35%”. Así, según la Corte, la ANSES se desempeña actualmente como un “inversor institucional” con fondos de las provincias.

5. Qué dijo la Corte III. El fallo exige que haya un diálogo institucional para que se reglamente un nuevo Pacto Federal Fiscal, y así se llegue a un nuevo régimen de distribución de recursos entre el Gobierno nacional y los gobiernos provinciales. La nueva ley de coparticipación federal, exigida en el artículo 75 inciso 2 de la Constitución nacional, se viene postergando desde hace más veinte años. Para poder modificar el regimen actual de coparticipación,  que data de 1988, es necesario que todas las provincias aprueben la modificación.

El fallo de la Corte implica que el presidente electo, Mauricio Macri,  deba sentarse a negociar con los gobernadores de las 24 provincias un nuevo sistema de distribución de recursos, algo que hasta el fallo de la Corte parecía un escenario casi imposible.

Fecha de publicación original: 27/11/2015

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Comentarios

  • irene27 de noviembre de 2015 a las 2:17 pmPerdón, pero debería hacerse mención al momento en que la Corte Suprema saca este fallo. El acuerdo fue en 1992. 23 años se toma la corte y ustedes ni lo mencionan.
    • Nicolás27 de noviembre de 2015 a las 5:16 pmEl fallo de la Corte hace referencia a la quita del 15% hecha a partir del 2006 a las provincias de Santa Fe, San Luis y Córdoba. La presentación a la justicia debido a este tema se hizo recién en 2009 (cosa que la nota no menciona). Así que, entre que se inició la presentación judicial y la Corte Suprema se expidió pasaron 6 años, no 23. Saludos.
      • iuli28 de noviembre de 2015 a las 5:31 pmel reclamo judicial se hizo en 2011, la Corte se tomó 4 años, no 23
      • Fernando28 de noviembre de 2015 a las 5:33 pmY eso no es mucho?
        • Alicia30 de noviembre de 2015 a las 1:20 amDepende, para un tramite judicial no es mucho. Menos ante la Corte, que ha sabido tardar dècadas, que ahora esta con menos jueces y que resuelve miles de asuntos diarios, judiciales de todo tipo, y de adminsitracion del Poder Judicial. Pensa que el esquema bàsico de cualquier contienda judicial es: el actor presenta la demanda, se notifica a la otra parte, la otra parte contesta demanda, se ve si hay que abrir a prueba, se hacen todas las pruebas, se alega y se llama a sentencia. Cada una de esas etapas tiene sus plazos y sus formalidades, cuyo incumplimiento puede invalidar el juicio, los plazos son mas amplios cuando son estados nacional o provinciales, y encima puede haber planteos en el medio que obligan a hacer otros pasos mas... No es que sea lo ideal, pero la Justicia puede ser mucho mas lenta de lo que tardo la Corte en este caso. (y es obvio que la oportunidad no es casual)
  • Martín28 de noviembre de 2015 a las 6:58 pmMe parece que el tema tiene dos aspectos: las posibles implicancias financieras del fallo, y la cuestión de derecho de fondo. Y me parece que todos los que paniquean, ni entienden mucho del primer aspecto, ni les importa en absoluto el segundo.
  • fsr29 de noviembre de 2015 a las 4:13 pmPara entender eso, tiene que explicar en idioma no-abogado lo siguiente: "Se acordó, entonces, una detracción del 15% a los impuestos coparticipables de las provincias para que, con esta suma, el déficit del organismo previsional". Yo entiendo con esto que el gobierno le sacó un 15% de guita que les devolvía a las provinicias, es así? "En los años siguientes once provincias -entre las que se excluyen Córdoba, San Luis y Santa Fe- transfirieron sus cajas jubilatorias a la Nación". Esto que significa? Las provincias mandaron la guita que tenían para el pago de jubilaciones, y ahora el gob nacional se encarga de eso? También veo que en el 2006 se extendió el acuerdo hasta que se sancione la ley de coparticipación, como dice la constitución de 1994 (nunca la sancionaron). Ahora, lo que me extraña es que se diga que fue unilateral, habiendo pasado por el congreso. Hay representantes de las provincias en el congreso, por qué no se opusieron? Igual entiendo que no es lo mismo hablar con el ejecutivo de cada provincia, a que decidan diputados o senadores, pero no se supone que estos ultimos deberían haberse opuesto si era injusto para las provincias?
    • Sol Minoldo30 de noviembre de 2015 a las 12:15 pmRespecto de esta pregunta: "Yo entiendo con esto que el gobierno le sacó un 15% de guita que les devolvía a las provinicias, es así?". "Se acordo" no es lo mismo que "les quitaron": las provincias lo cedieron a ese 15%. Fue un acuerdo en un contexto muy complicado. Para poder financiar las jubilaciones de todos los viejos que no fueron empleados públicos, o sea los jubilados de la Anses (que son jubilados de todas las provincias, porque los jubilados nacionales no habitan en un territorio "nacional" abstracto), no había recursos. Estábamos con emergencia previsional, o sea que de por si el financiamiento que había no alcanzaba (un financiamiento basado mas que nada en contribuciones y aportes). Pero encima, el proyecto de privatizar implicaba que el Estado ya no iba a recibir esos recursos, pero tenia que seguir pagando las jubilaciones de los que aportaron al sistema publico, por mucho tiempo. En ESE contexto se acordó ceder ese 15% de impuestos co participables. Las provincias aceptaron porque era necesario para poder pagar las jubilaciones de los jubilados que habitaban en TODAS las provincias. El contexto cambio cuando se estatizó el sistema, y es cierto que se debió haber renegociado en ese entonces. Pero eso no significa que el sistema pueda solventarse sin ese 15%, porque antes de la privatización ese modelo de financiamiento ya no bastaba. Respecto de esta pregunta: "Esto que significa? Las provincias mandaron la guita que tenían para el pago de jubilaciones, y ahora el gob nacional se encarga de eso?" Las cajas provinciales son las pagan las jubilaciones de los empleados públicos de cada provincia. Cuando se acuerda lo de ese 15%, a cambio de esa plata Anses se hacía cargo de las cajas provinciales o, si no las transferian, de sus deficits. 11 provincias se desprendieron de sus cajas, o sea que sus jubilados pasaron a ser jubilados de Anses (o sea, del sistema nacional), y los gobiernos de esas provincias ya no tenian que pagar las jubilaciones de sus ex empleados públicos con recursos de la provincia. A las demás, las que NO QUISIERON transferir sus cajas, Anses les pagaba cada año el dinero de deficit que tuvieran (tambien como retribucion a ese 15% cedido). Pero a cambio debían armonizar las condiciones de jubilación de sus cajas a las de Anses (para que Anses no financiara "privilegios" para los jubilados de algunas provincias). La discusión con Córdoba fue justamente porque Anses dejo de pagar el deficit cordobés, alegando que no habían trabajado en esa armonización. Pero el Estado Nacional hacia a la vez de juez y parte, y es lógico que tuviera que entrar un tercero en la discusión. (como cuando una empresa te echa porque dice que cometiste una falta, vos decís que no, y entonces un juez evalúa si la falta existió y si el despido fue con o sin causa). "También veo que en el 2006 se extendió el acuerdo hasta que se sancione la ley de coparticipación". Exacto, el problema fue que NO se avanzo en esa ley de co participación, y se mantuvo una situación "irregular" demasiado tiempo. Pero tal como vos decís, es cuestionable lo de la "unilateralidad" cuando se trata de algo que paso por el congreso. De todos modos la ley de coparticipación, entiendo, se acuerda con los gobernadores, y no solo en el congreso. Creo que tiene que ser unánime la aceptación, y no por mayoría. Entonces en el congreso los diputados y senadores de 3 provincias no van a alcanzar para parar un proyecto, porque no son mayoría, y no todos son del mismo partido que el gobernador. Lo que es "injusto para las provincias" depende en gran parte de una perspectiva política que no todos los partidos tienen por igual. El tema es que la corte con este fallo pone a las provincias en un lugar de mucho poder en la negociacion de una ley de coparticipacion, respecto de la que habrian tenido sin ese fallo. Y de un lado estan los intereses de las finanzas provinciales. Pero del otro los intereses de los adultos mayores, tanto los que pueden jubilarse como los que accederían por eventuales moratorias (por ejemplo trabajadores informales que no pudieron aportar). Están los recursos para todas las políticas sociales (como la AUH). Y hasta los fondos para los créditos hipotecarios, ya sea procrear o el que anuncio Macri. Toda la viabilidad y calidad política social depende en gran parte de esos recursos. La negociación es política e ideológica. Y las consecuencias pueden ser eventualmente un desfinanciamiento del sistema jubilatorio que nos lleve, de nuevo, a pensar "soluciones" que empeoren todo... Saludos!
      • Martín30 de noviembre de 2015 a las 10:42 pmGracias Sol
      • Nicolás7 de diciembre de 2015 a las 9:25 amSol, gracias y felicitaciones
  • Monica29 de noviembre de 2015 a las 8:21 pmLa provincia de San Luis paso su sistema previsional a la orbita nacional, no asi, Cordoba y Santa Fe.
  • DIEGO PASSERINI2 de diciembre de 2015 a las 12:54 pmLas Provincias dejaron de percibir el 15 % motivo del trabajo y las que no transfirieron sus Cajas Previsionales suscribieron con la Nación convenios de armonización donde la Nación compensaba a las Provincias. Para el caso Córdoba se omite lo sucedido a partir del conflicto de 2008, con el nuevo convenio y la interrupción de las transferencias desde la Nación a la Provincia. Fue un hecho muy importante este conflicto, que incluyó una audiencia ante la Corte entre las partes. La Nación discriminó a Córdoba al no enviar los fondos y las razones fueron políticas. Si bien el fallo de la Corte impacta en el futuro flujo de fondos coparticipables está claro que hay muchos resortes para que no sea tan dramático como muchos quieren que sea. Opino que el fallo será objeto de estudio ya que sentará precedentes y que la oportunidad elegida para su sanción es muy justa. Les dejo un sitio donde encontrarán información más amplia sobre el caso Córdoba; " La relación de la Provincia de Córdoba con el Gobierno Nacional en el financiamiento del sistema previsional" http://www.cajajubilaciones.cba.gov.ar/portal/cms/docs/20150527142252_Presentaci__n_ante_la_CSJN_2012.pdf
    • MARIO DI BONA5 de diciembre de 2015 a las 8:14 pmLos errores del pasado tarde o temprano se pagan y la factura llega para todos. La fiesta que hizo De la Sota cuando irresponsablemente aumentó los haberes jubilatorios sin ningún sustento financiero que lo permitiera, pensando que ANSeS se iba a hacer cargo de la "fiesta" para pocos cordobeses, puesto que esta Caja es privilegiada, ya que solo acoge a empleados públicos, fuerzas de seguridad y de otros estamentos del estado provincial. (amen de permitir jubilar a personas que no estaban en condiciones de hacerlo).Ahora los cordobeses quieren que con plata de los hambreados jubilados nacionales les banquemos la fiesta. En el 2009 la relación entre ambas cajas era: Jubilación promedio: Cba: 2.220$ ANSeS: 950$. El 13.5 % de los jub.de Cba ganaban mas de 5.000$ los de ANSeS solo el 0.4% más de 4000$. Por eso en su momento apoyé la decisión de Boudou cuando presidía el ANSeS en no darle un $ a la caja de Córdoba. Saludos.
  • MARIO DI BONA5 de diciembre de 2015 a las 8:11 pmFestejo el fallo de la Corte Suprema a favor del Gobierno de Santa Fe y Córdoba..Pero.......Esta situación más que lamentable en la que arribamos con el fallo de la Corte Suprema y de difícil cumplimiento (la plata no está) jamás se debió llegar a esta circunstancia, a lo igual que la infinidad de juicios por jubilaciones mal liquidadas y el caso Badaro entre otros que el ANSeS los apela o bien no los paga directamente cuando hay sentencia firma. ¿quién paga semejante deuda? ¿Lo harán con bonos a 30 o 50 años? Considero que el principal responsable es el Congreso Nacional que jamás se digno a proponer o hacer la Reforma Previsional que reemplace a la actual (24241/94) con sus más de 825 parches. De mi parte siempre me opuse a que a todas las provincias le apliquen por igual el 15% de Coparticipación Federal Previsional a causa que la realidad de todas no es la misma, tal como se lo hice saber a la Corte Suprema de Justicia Con un cálculo sencillo se podría haber dilucidado provisoriamente cuanto se le debe descontar a cada provincia midiendo los siguientes parámetros.: a) Cuántos ciudadanos en sus respectivas provincias cobran beneficios (jubilados, pensionados y otros) pagados por la Anses y de cuánto son sus erogaciones mensuales para cada una de ellas. b) Cuántos ciudadanos en sus respectivas provincias están aportando al SIJP de la Anses mensualmente c) Las provincias que mantuvieron sus cajas deberían informar sobre los movimientos de flujo de caja y en qué condiciones se jubilaron los actuales jubilados que poseen y cómo les están liquidando a los que se van incorporando. Éste es un punto muy importante puesto que en casi todas ellas no lo hacen a través de los artículos 24, 25 y 26 de la ley 24241. d) En aquellas provincias que transfirieron sus cajas a la Nación, la Anses deberá evaluar de cuánto son los montos que les están restando a sus fondos a causa de haberle transferido jubilaciones mal habidas. Los dos ejemplos más emblemáticos fue el de La Rioja y la transferencia de empleados del Banco de Santa Cruz que se jubilaron sin tener los aportes y edad para hacerlo. Quizá pueda haber algunos parámetros más para medir. De querer tratarlo, tiene suficientes argumentos para medirlos, integrarlos e interpretarlos para desembocar en un reparto justo y equitativo que deje conformes a ambas partes. No me cabe la menor duda de que habrá muchas provincias a las que se les deberá seguir manteniendo el 15% actual y otras en que será menos o quizá, en algunas, cero, aunque esta sería una solución transitoria para salir de la coyuntura hasta tanto no se haga una reforma Previsional profunda Desde el 2004 vengo proponiendo desde la Asociación 50 a 60 que hasta que no encaremos una Reforma Previsional profunda, sobre la base de nuestra propia realidad política, económica y social, con la participación de todo el arco político con representación legislativa en el Congreso y de todas las fuerzas vivas de la comunidad, jamás arriba-remos a un sistema previsional integral, justo, transparente y equitativo que compatibilice las mejores opciones en beneficio de todos los ciudadanos. Los españoles lo hicieron en el llamado Pacto de Toledo en 1997....... ¿Nuestra clase política tendrá algún día la grandeza de obrar en consecuencia?. Espero que el presidente electo tome cartas en el asunto
  • juan maratta19 de octubre de 2017 a las 8:21 pmLa CSJN paso por alto ley convenio 24130 quwe ratificaba el acuerdo entre Nación y Provincias respecto al 15% de la masa coparticipable destinado a financiar el sistema previcion nacional- Leer la Clausula Octava. A mayor abundamiento leer los considerandos del Decreto 2635 del 30-11-2015 firmado por la presidenta Cristina Fernandez de Kirchner, que constituye una despejada interpretacion de las normas legales que el fallo de la CSJN omite tener en cuenta. Uno de los considerandos dice " Que, conforme lo ha sostenido la PROCURACION DEL TESOSO DE LA NACION, la Administracion Pública debe ajustar su conducta a los lineamientos doctrinarios establecidos por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, absteniendose de cuestionarlos o de entrar en polémica con ellos, aún cuando no comparta su contenido, principio que se funda en la Jerarquía del Tribunal...." Es decir el Poder ejecutivo no compartió la sentencia de la Corte y lo fundamenta con claridad en los considerandos del citado Decreto 2635; pero tuvo que acatarla.
  • Roberto Flamini16 de noviembre de 2017 a las 12:30 pmEL 50 % de los ingresos del Tesoro Nacional proviene de los impuestos que se pagan en la Provincia de Buenos Aires...Pregunto, las demás provincias no aportan nada...? Tenemos provincias que producen oro...provincias que producen petróleo, otras que producen metales gas Uranio cereales, productos ganaderos... DONDE ESTÁN LOS IMPUESTOS DE ÉSA PRODUCCIÓN...? las Provincias no aportan absolutamente NADA, y reclaman los impuestos que pagan los ciudadanos de la Provincia de Buenos Aires...y ésta recibe menos dinero porque el 90 % de sus ingresos es derivado al resto del país,...del mísmo modo sucede con los Fondos PrevisionalesSe reunifico para entregarlos a empresas extranjeras...las AFJP y una ves vaciados por completo el Estado "estatizó" las AFJP (estatizó deudas) que tuvo como consecuencia tres cosas, los juicios de las provincias al Estado por incumplimiento Fiscal, el endeudamiento para pogos "previsionales", y nuevos ajustes contra la población para salvar el rojo Fiscal, por Dios no se puede ser tan imbécil tan incapaz, y ahora lejos de solucionar los problemas de Fondo, lo que se intenta hacer es patear para adelante los mismos problemas...MISERABLES de MENTE SUBDESARROLLADA

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