Alejandra Monteoliva habló del caso Agostina como un “homicidio”: por qué existe la figura del “Femicidio” y qué dice la ley
- La ministra de Seguridad presentó las estadísticas criminales de 2025 y fue consultada por el caso de Agostina Vega, al que se refirió como un “homicidio”. En 2025 Javier Milei había anunciado que su Gobierno buscaría eliminar la figura del “Femicidio”.
- El concepto fue impulsado en Argentina por la Corte Suprema, primero con la creación en 2009 de la Oficina de la Mujer y luego en 2014 con la implementación del Registro Nacional de Femicidios.
- En 2012 el Congreso sancionó la ley que estableció agravantes para los homicidios dolosos cometidos por hombres contra mujeres en contextos de violencia de género.
La ministra de Seguridad Nacional, Alejandra Monteoliva, brindó una conferencia de prensa en la que dio a conocer las estadísticas criminales de 2025. Consultada por el caso de Agostina Vega -la niña de 14 años asesinada en Córdoba-, la ministra se refirió a su muerte como un “homicidio”, aunque en las horas posteriores el fiscal del caso, Raúl Garzón, caratuló el hecho como un “Femicidio”.
“Nosotros, como Ministerio de Seguridad Nacional, no hacemos el seguimiento de los femicidios como tal, la categoría “Femicidio” la realiza la Justicia. (…) En concreto, en el último año 279 mujeres fueron víctimas de homicidio, de las cuales 200 son consideradas y caratuladas como femicidio”, señaló la ministra.
El presidente Javier Milei ya había deslizado, en su discurso de 2025 en Davos, que su gobierno buscaría eliminar la figura penal del femicidio. “Llegamos al punto de normalizar que en muchos países supuestamente civilizados si uno mata a la mujer se llama femicidio, y eso conlleva una pena más grave que si uno mata a un hombre solo por el sexo de la víctima. Legalizando, de hecho, que la vida de una mujer vale más que la de un hombre”, dijo el mandatario.
Pero, ¿por qué se implementó esta figura jurídica en la Argentina y qué dicen los tratados internacionales y la legislación argentina?
Cómo surgió la figura del “Femicidio” en Argentina y qué dice la ley
En junio de 2009 la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) creó la Oficina de la Mujer con “el desafío de lograr la equidad de género tanto en relación a quienes utilizan el sistema de justicia como para los empleados, funcionarios y magistrados del Poder Judicial”. Cinco años después, el máximo tribunal le encomendó a esa oficina la elaboración del Primer Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina.
“Se carecía de una palabra para expresar la forma más extrema de violencia contra las mujeres, producto de las relaciones inequitativas entre los géneros, por eso, fue necesario acuñar un nuevo término: Femicidio”, explicó la CSJN.
Y agregó: “Concebir de esta forma los asesinatos de mujeres por razones de género permite una comprensión más profunda del fenómeno y sus causas, entre ellas un componente social que pone el eje en el hecho de que todas las expresiones de violencia contra las mujeres están arraigadas en construcciones de poder que ordenan las relaciones sociales entre hombres y mujeres”.
En 2012 el Congreso sancionó lo que se conoce como la “Ley de Femicidio”, aunque la ley no utiliza explícitamente ese término. Es una reforma del Código Penal que agrava las penas de los homicidios dolosos cuando son cometidos por hombres contra mujeres y mediara violencia de género o cuando el crimen fuera cometido contra la pareja o ex pareja, entre otras variables.
El documento “Asesinatos de mujeres y niñas por razones de género (femicidio/feminicidio)” de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) revela que, si bien el 81% de los homicidios en todo el mundo se cometen contra varones y niños, las mujeres y las niñas se ven afectadas por la violencia homicida en el ámbito privado. “Aproximadamente el 56% de todos los homicidios de mujeres son cometidos por sus parejas íntimas u otros miembros de la familia, mientras que sólo el 11% de todos los homicidios de hombres se cometen en el ámbito privado”, señala.
Natalia Gherardi, directora del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), dijo a Chequeado en esta nota: “Los datos de homicidios muestran que, si bien los hombres son la mayoría de las víctimas en las muertes violentas (8 de cada 10), la forma, las circunstancias y los perpetradores respecto de las víctimas mujeres son muy diferentes. A los hombres los matan personas desconocidas en espacios públicos, y a las mujeres las matan personas de su entorno en sus hogares”.
Y agregó: “No existe en Argentina un privilegio para las mujeres. La pena por homicidio es la misma, de 8 a 25 años. Cuando se da entre personas vinculadas, se aplica independientemente del sexo de la persona agresora y agredida”.
Consultado para esta nota, el presidente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, Ricardo Gil Lavedra, explicó: “Lo que se hace es castigar con mayor severidad cuando esto se produce en un contexto de violencia de género respecto de la mujer. Esto tiene que ver con la cantidad de hechos. En Argentina, prácticamente tenemos un femicidio por día; y la mayor severidad es no solamente para castigar el hecho pasado, sino también para prevenir los hechos futuros, como cualquier sanción penal”.
Qué dicen los tratados internacionales a los que el país suscribe
La Argentina suscribe los principales tratados internacionales en materia de los derechos de las mujeres. La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer establece el desarrollo de mecanismos de protección y defensa de los derechos de las mujeres. Y solicita a los Estados adoptar medidas legislativas de índole penal que “sean necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres”
Por su parte, las recomendaciones del Comité para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) señalan: “El derecho de las mujeres a una vida libre de violencia por razón de género es indivisible e interdependiente respecto de otros derechos humanos”.
Además de la Argentina, todos los países de América Latina -excepto Cuba y Haiti-, aprobaron leyes que penalizan el femicidio/feminicidio.
“Hoy, más de una docena de países de América Latina aprobaron reformas en sus códigos penales para crear la figura penal del femicidio o feminicidio, que definen de maneras similares pero no del todo coincidentes”, señaló Gherardi.
Fecha de publicación original: 02/06/2026
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