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ARCA: suben los montos a partir de los cuales las billeteras virtuales y los bancos deben informar las operaciones de sus clientes

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • A través de un comunicado, la agencia de recaudación indicó que a partir del 1º de enero las billeteras virtuales y los bancos deberán informar las operaciones de sus clientes que superen los $ 600 mil.
  • Se trata de un procedimiento que comenzó en 2018, y los montos se actualizan automáticamente cada 6 meses, según la inflación. 
  • El régimen no afecta a los clientes ni las operaciones, pero en caso de que ARCA encuentre inconsistencias podrá iniciar fiscalizaciones para determinar el origen de los fondos.

El gobierno de Javier Milei (La Libertad Avanza) aumentó los montos mínimos a partir de los cuales los bancos y billeteras virtuales deben informar a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)  las transferencias de sus clientes. 

A través de un comunicado, el organismo indicó que a partir del 1º de enero las billeteras virtuales deberán informarle cuando los clientes realicen transferencias superiores a los $ 600 mil, mientras que los bancos deberán hacer lo propio cuando los consumos con tarjetas de débito superen ese monto. 

En esta nota te contamos qué implica este procedimiento, quiénes deben cumplirlo y qué otros límites de operaciones se actualizaron. 

¿Qué datos deben informar los bancos y las billeteras virtuales?

El procedimiento de información de operaciones por parte de bancos y billeteras virtuales comenzó a aplicarse en 2018, a partir de la Resolución 4298 de ARCA (en ese momento denominada Agencia Federal de Ingresos Públicos -AFIP-).

La normativa alcanza a entidades bancarias, fondos comunes de inversión (categoría en las que se encuentran las billeteras virtuales) y agentes de bolsa, entre otros. 

Entre otras cosas, las entidades deben informar a ARCA las altas, bajas y modificaciones de cuentas y los movimientos que realizan a partir de ciertos montos que son actualizados automáticamente cada 6 meses en función de la inflación. 

En el caso de las transferencias, las entidades y billeteras virtuales deben informar a ARCA las operaciones realizadas, los montos y tipo de movimiento, y la cuenta de emisión y destino, entre otros datos. 

¿Cuáles son los nuevos montos de transferencias alcanzados por el régimen de información de ARCA?

Según informó ARCA, las billeteras virtuales deberán informar los ingresos y egresos que realicen sus clientes cuando la operación superen los $ 600 mil. En el caso de los bancos, en tanto, deberán hacer lo propio en caso de que los consumos con tarjetas de débito superen ese monto. Antes de las modificaciones, el tope era de $ 400 mil. 

En el caso de las operaciones bancarias, también se estableció un nuevo tope de $ 1 millón (anteriormente cifrado en $ 700 mil) para los siguientes casos: 

  • Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
  • Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
  • Extracciones en efectivo en el país o en el exterior.
  • Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
  • Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.

Finalmente, se actualizó en $ 2 millones el tope mensual de transferencias desde y hacia billeteras virtuales. 

¿Qué efectos tiene esta medida de ARCA sobre los clientes?

Según indicó ARCA, este régimen no afecta “en nada” a los clientes bancarios y de billeteras virtuales. “Simplemente, es un régimen de información que deben cumplir las entidades”, indicó el organismo. 

Gabriela Russo, presidenta del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires señaló en esta nota que “se pueden recibir transferencias por cualquier importe. En caso de superar las sumas contempladas en el Régimen de Información serán reportadas a la AFIP”.

La especialista aclaró además que los clientes no deberán realizar ningún trámite, dado que “la información respecto de las transacciones están a cargo de las administradoras de billeteras virtuales”. 

No obstante, advirtió que si los movimientos no son consistentes con la situación patrimonial del cliente (es decir, si se realizan transferencias que no se puedan justificar con los ingresos declarados ante el fisco) “se inicia un proceso de fiscalización”. 

ARCA posee distintos tipos de fiscalizaciones y pueden iniciarse a través de 3 maneras: citaciones, verificaciones o inspecciones.

En el primer caso, se cita al contribuyente para que brinde las respuestas y exhiba la documentación que respalde su situación patrimonial. En el segundo caso, se envía al contribuyente un requerimiento por escrito, en donde se le otorga un plazo para que responda sobre inconsistencias detectadas a fin de aportar la documentación requerida. Y en el caso de una inspección, se inicia un proceso de revisión, control y verificación que recae sobre los contribuyentes y, generalmente, ocurre en su domicilio. 

Fecha de publicación original: 02/01/2025

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