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Cómo funciona el sistema de adopción en la Argentina

En el marco del debate por la legalización del aborto, figuras políticas que se oponen al proyecto que tiene media sanción de la Cámara de Diputados señalaron que la adopción puede ser una alternativa a la interrupción voluntaria del embarazo, y presentaron proyectos de reforma del actual sistema. ¿Cómo funciona hoy el sistema de adopción de niños en la Argentina?

En la actualidad, un chico puede ser adoptado cuando un juez declara su “situación de adoptabilidad”, según señala esta guía informativa del Ministerio de Justicia de la Nación. Es el resultado de un proceso que comienza cuando se determina que un niño, niña o adolescente no puede seguir viviendo con su familia de origen (por riesgo para su integridad o por que sus padres no pueden hacerse cargo), porque fue abandonado, porque la familia manifestó su deseo de no hacerse cargo o porque los progenitores murieron. Es entonces cuando el niño, niña o adolescente es llevado a un hogar o a una familia sustituta.

Es un paso transitorio para proteger al niño mientras se intenta reanudar el vínculo con su familia de origen, incluyendo a abuelos y hermanos. Si esto no es posible, el juez busca otra familia entre los inscriptos en el registro de postulantes para la adopción del mismo lugar de residencia del chico, y si no se encuentra se amplía la búsqueda al Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, que incluye todos los postulantes a nivel nacional.

Hay que tener en claro que la adopción es una medida muy excepcional que se decide cuando un niño, niña o adolescente ya no tiene posibilidad de permanecer con su familia. La Convención de los Derechos del Niño señala que antes de considerar la adopción deben agotarse todas las posibilidades de revinculación”, explicó a Chequeado Mariángeles Misuraca, oficial nacional de Protección y Acceso a la Justicia de Unicef Argentina.

Si se avanza con la adopción, el juez selecciona y entrevista a los postulantes, teniendo en cuenta el orden de inscripción, la proximidad geográfica y las necesidades del niño, niña o adolescente, y establece cuál de ellos es el más indicado. Luego de un período de “guarda con fines adoptivos”, se inicia el juicio de adopción mediante el cual se le otorga al chico la condición legal de hijo.

¿Quiénes pueden adoptar? Cualquier persona mayor de 25 años que tenga nacionalidad argentina o que cuente con cinco años de residencia en el país, y que esté inscripto en el registro de aspirantes. Puede ser postulante una única persona, un matrimonio o los integrantes de una unión convivencial.

En la actualidad, este registro cuenta con 5.464 postulantes. La mayoría de estos manifestaron su voluntad de adoptar niñas o niños de hasta un año, seguidos por los de cuatro años, mientras que solo 820 se anotaron para adoptar chicos de hasta ocho años y 44 para jóvenes de hasta 12 años.

Así se puede ver que los deseos de los adultos que quieren ser padres no siempre se alinean con la realidad de los chicos. De acuerdo con un relevamiento realizado por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y Unicef, en 2014 en la Argentina había más de nueve mil niños y adolescentes sin cuidados parentales, es decir que fueron separados de su familia de origen y se encontraban en instituciones o familias de tránsito, pero la mayoría de estos chicos tenía entre 6 y 17 años y solo el 24% de los chicos tenía entre 0 y 5 años.

Además, según señala el mismo informe, la mayoría de los chicos que salieron de esta situación lo hicieron porque fueron revinculados con su familia de origen y solo un 8% fueron adoptados. También en gran medida los adolescentes abandonaron las instituciones de cuidado cuando alcanzaron la mayoría de edad.

La legislación actual, por su parte, promueve que los grupos de hermanos no sean separados. Sin embargo, poco más de la mitad de los postulantes aceptan adoptar a dos hermanos y solo un 5% acepta tres o más hermanos.

También se presenta el desafío de encontrar una familia para los chicos que no están sanos o que requieren cuidados especiales porque solo un 15% de los postulantes acepta adoptar a un niño/a o adolescente con una discapacidad y/o enfermedad.

Si no se encuentra una familia adecuada en el registro, generalmente para los casos mencionados anteriormente, se realiza una convocatoria pública a la que se pueden presentar postulantes inscriptos y personas que no lo estén, según señala la guía informativa nacional. En el sitio oficial “Buscamos familias” del Ministerio de Justicia se pueden ver los distintos perfiles y los datos de contacto de los respectivos juzgados.

El nuevo Código Civil, promulgado en 2014, incluyó entre sus modificaciones al sistema de adopción. “El cambio más importante es la nueva perspectiva que pone al niño en el centro de la escena. Antes se tenía una mirada más ‘adultocéntrica’ en donde se ponderaba más la voluntad de los mayores de ser padres. Ahora se prioriza el derecho del niño a tener una familia”, explicó Misuraca.

Para lograr que el proceso no sea tan largo -una crítica común al sistema de adopción- la nueva legislación fijó plazos máximos para que se dicte la “situación de adoptabilidad”: 30 días para los casos en que los padres hayan fallecido y/o no se pueda encontrar la familia de origen; 45 días después del nacimiento en los casos de que los padres decidan que el niño sea adoptado; y 180 días para los casos en los que el Estado intervino para que el chico permanezca con su familia pero las medidas tomadas no tuvieron resultado (por ejemplo, medidas de orientación y apoyo a los padres, asistencia económica y/o tratamiento médico o psicológico para los integrantes de la familia).

“Es esencial que los organismos de protección y el Poder Judicial cumplan con los nuevos plazos que fija la legislación”, destacó Misuraza, algo que no siempre ocurre, y agregó: “Uno de los principales desafíos es lograr que los organismos administrativos tengan los recursos económicos y humanos necesarios para poder hacerlo”.

El Código vigente también prohibe que alguno de los padres biológicos pueda entregar directamente al niño a una persona en particular, por fuera del sistema, y garantiza que el niño sea oído durante el proceso. Es más, a partir de los 10 años es obligatorio que el chico dé su consentimiento para ser adoptado.

Desde la perspectiva de quienes quieren adoptar, los desafíos por delante todavía son muchos. “Es necesario que se unifiquen los criterios de evaluación de los postulantes porque hay mucha heterogeneidad entre los distintos juzgados y organismos alrededor del país”, indicó a este medio Silvana Bloch, coordinadora de grupos preadoptantes de la Fundación Anidar, una ONG que “brinda asistencia familiar y comunitaria durante todo el proceso de la adopción”, según señala en su sitio web.

Además, Bloch concluyó que “entendemos que el Estado actúa en el rol de evaluador de los hogares postulantes pero se requiere que refuerce su presencia a través del acompañamiento previo y posterior a la adopción, algo que en la actualidad hacen principalmente las ONG”.

 

Si querés dar en adopción a un hijo y vivís en la Ciudad de Buenos Aires podés dirigirte al Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (Juan Domingo Perón 3175) o a los Centros Integrales de la Mujer para recibir asesoramiento jurídico. Desde todo el país, podés comunicarte telefónicamente con la Dirección Nacional del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos al (011) 5300-4090, que podrán orientarte. 

Fecha de publicación original: 23/07/2018

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Comentarios

  • Cecilia23 de abril de 2020 a las 10:10 pmHola estoy de 7 meses y lo quiero dar en adopción no soy de bs. Me cuidaba con pastillas pero fallaron y no lo quise abortar pensé que no era la solución que seria mejor dar en adopción para que sea feliz con todo lo que yo no le puedo dar
    • Giuliano DC24 de abril de 2020 a las 10:36 amHola, Cecilia! ¿Cómo estás? Si querés dar en adopción a un hijo y vivís en la Ciudad de Buenos Aires podés dirigirte al Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (Juan Domingo Perón 3175) o a los Centros Integrales de la Mujer para recibir asesoramiento jurídico. Desde todo el país, podés comunicarte telefónicamente con la Dirección Nacional del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos al (011) 5300-4090, que podrán orientarte. Esperamos que la información sea de utilidad. Saludos, El equipo de Chequeado
  • Jorgelina25 de abril de 2020 a las 11:29 amHola quisiera saber cuánta edad tengo que tener para adoptar un bebé
  • Dani28 de abril de 2020 a las 9:24 amHola como estan!? Yo soy adoptada y quiero saber sobre mi familia biologica o porlomenos saber mi verdadera identidad. Donde me puedo dirigir? Saludos
  • Vanina Sottana12 de mayo de 2020 a las 9:22 pmHola! En qué momento del año abren las inscripciones para ser familia adoptante? Es por medio de una plataforma? Como nos anotamos? Gracias
  • Alejandra14 de mayo de 2020 a las 6:59 pmBuenas tardes!! Tengo 36 años quisiera adoptar un bebe o criatura de la edad que seas!!!
  • Jeesi19 de mayo de 2020 a las 2:01 amHola soy johan quisiera dar en adopción a mi bebé estoy de 6 meses si alguno sabe de una buena familia

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