Skip to content

El blanqueo de capitales del gobierno de Javier Milei: 5 preguntas y respuestas

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • Es una medida que busca regularizar bienes y activos que no están declarados a través del pago de una penalidad, también llamado impuesto especial de regularización.
  • Una de las claves de este blanqueo tiene que ver con las escalas progresivas de alícuotas, la creación de un mínimo imponible y la estabilidad fiscal para quienes decidan adelantar el pago del impuesto a los Bienes Personales.
  • De acuerdo con el texto de la norma, el blanqueo va dirigido a personas humanas, sucesiones indivisas y empresas, sean o no personas fiscales, como así también personas que no son residentes fiscales argentinos.

El gobierno de Javier Milei (La Libertad Avanza), a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), reglamentó recientemente el Régimen de Regularización de Activos, más conocido como “blanqueo de capitales”, uno de los artículos clave del paquete fiscal.

En tanto, en las últimas horas prorrogó hasta el 8 de noviembre de 2024 el plazo para quienes deseen ingresar al blanqueo pagando la alícuota más baja.

Pero, ¿en qué consiste este blanqueo y cuáles son las diferencias con anteriores? Te lo contamos en esta nota.

1- ¿Qué es el blanqueo de capitales?

Es una medida que busca regularizar bienes y activos que no están declarados a través del pago de una penalidad, también llamado “impuesto especial de regularización”. Cabe aclarar que, una vez regularizados, dichos bienes y activos tienen los efectos fiscales según corresponda, como cualquier otro bien. 

Para los especialistas, la medida busca generar recaudación y también dinamizar la economía. En este sentido, Fernando López Chiesa, socio de Impuestos en Litvin y Asociados, explicó a Chequeado que “la idea con el blanqueo es dinamizar el dinero no declarado y que está inactivo para poder invertirlo, comprar un bono, comprar o alquilar un inmueble o tener dinero en blanco para aportar a una actividad comercial, un negocio o un capital de trabajo, entre otras”.

Para Carlos Fernández Berisso, CEO de Grupo IEB, uno de los aspectos más importantes del blanqueo son las oportunidades de inversión que el régimen ofrece, ya que abriendo una cuenta comitente especial en un Agente de Liquidación y Compensación (ALyC [N. de la R.: conocidos como agentes de bolsa]), el contribuyente que ingresó al blanqueo puede invertir sus bienes en casi todos los activos bursátiles disponibles en el país y disponer de esos fondos a partir del 1º de enero de 2026 libremente sin pagar impuestos”.

2- ¿Cuáles son las principales características del blanqueo de Javier Milei?

Una de las claves de este blanqueo tiene que ver con las escalas progresivas de alícuotas que se deberán pagar en concepto del impuesto especial de regularización. En este sentido, cuanto antes se ingrese al régimen, menor será la alícuota a abonar. Las alícuotas se dividen en 3 etapas, cuyas fechas fueron recientemente modificadas por el Gobierno:

  • Etapa 1: hasta el 8 de noviembre de 2024, se abona una alícuota del 5% sobre el excedente de US$ 100 mil.
  • Etapa 2: hasta el 31 de enero de 2025, la alícuota es del 10%.
  • Etapa 3: hasta el 30 de abril de 2025, la alícuota asciende al 15%.

Para Fernández, “se trata de uno de los puntos distintivos del blanqueo, ya que el impuesto que el contribuyente debe pagar es considerablemente bajo frente a todos los impuestos y eventuales cargas y procesos que se ahorra”.

Otro aspecto de este régimen es la incorporación de un mínimo no imponible. Sobre este punto, el decreto destaca que los contribuyentes que regularicen bienes por un monto de hasta US$ 100 mil, incluyendo dinero en efectivo, no deberán ingresar el impuesto especial de regularización. Mientras que quienes excedan el mínimo no imponible, deberán pagar las alícuotas sobre los montos excedidos.

Otro aspecto del mínimo no imponible es que los mínimos no son acumulables entre ciertos bienes e inmuebles. Sobre este punto, López Chieza explicó a Chequeado que existen “2 mínimos: hasta U$S 100 mil de dinero en efectivo no se paga el mínimo no imponible, mientras que en caso de tener una propiedad en un monto menor al mínimo no imponible, tampoco se paga la alícuota”.

El tercer aspecto distintivo del blanqueo es lo que se conoce como estabilidad fiscal a partir del pago por adelantado del impuesto a los Bienes Personales. En este sentido, la norma reglamenta la posibilidad de adelantar el pago de dicho impuesto de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% por año, lo que beneficia al contribuyente al quedar exento de presentar la declaración jurada hasta 2028 y lograr estabilidad fiscal que, en rigor, implica que no se podrán cobrar mayores alícuotas durante ese período sobre su patrimonio. 

Sobre este punto, López Chiesa aseguró, además, que a partir del sexto año “la tasa del impuesto se va a mantener hasta el 2038 en el 0,25% y no va a aumentar, por lo que la persona que entre en el blanqueo sabe cuáles van a ser las reglas de juego y que se van a mantener hasta el 2038”.

3- ¿A quién va dirigido el blanqueo?

De acuerdo con el texto de la norma, el blanqueo va dirigido a personas humanas, sucesiones indivisas y empresas, sean o no personas fiscales, como así también personas que no son residentes fiscales argentinos.

Para López Chiesa, el blanqueo “puede ser una buena opción para argentinos que cambiaron su domicilio fiscal a otro país, como así también freelancers que trabajan de forma remota para alguna compañía del exterior, que cobran en dólares y reciben sus fondos a través de una billetera virtual”. 

Por otra parte, el especialista destacó que el decreto establece la posibilidad de blanquear “todos los bienes e inmuebles en el país o en el exterior, tales como dinero en efectivo, cuentas bancarias, inmuebles, automóviles, criptomonedas y créditos”. También aclaró que “la persona que tiene una cuenta en el exterior no está obligada a repatriarla, ya que puede mantenerla pagando el impuesto correspondiente una vez blanqueada”.

Cabe mencionar que, en el artículo 39, la ley establece que quedan excluidos del presente régimen los sujetos que hayan desempeñado funciones públicas en los últimos 10 años desde la fecha de entrada en vigencia del blanqueo, entre los que destaca: el presidente y vicepresidente, gobernador vicegobernador, jefe y vicejefe del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, senadores y diputados nacionales, provinciales y municipales, magistrados del Poder Judicial, defensor del Pueblo, ministros del Ejecutivo, embajadores o funcionarios en el exterior y los familiares de todos estos funcionarios, como así también personas condenadas o procesadas, entre otros.

4- ¿Cuáles son los pasos a seguir para realizar el blanqueo?

Si bien los requisitos varían según el tipo de bien o inmueble a declarar, Fernández destacó que en general “en una primera etapa se deberá comunicar una manifestación de interés por blanquear y luego realizar un pago a cuenta del 75% del valor estimado de los activos a blanquear”. Luego de esta primera etapa, agregó que “continúa una segunda en la que se deberá presentar la Declaración Jurada (DDJJ) y cancelar el resto del impuesto”.

Cabe mencionar que en un reciente comunicado la AFIP aclaró que los activos declarados por pequeños contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado (Monotributo) no serán tomados en cuenta como antecedentes para su exclusión o recategorización en períodos anteriores a la declaración

Para los que tienen dólares en efectivo sin declarar, López Chiesa destacó que primero se deberá disponer de CUIT y la clave fiscal, abrir una cuenta especial en un banco comercial, que se llama Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA) y que se puede abrir de forma electrónica, a través del home banking o en una sucursal bancaria. 

En el caso de quienes quieran declarar dinero en efectivo, una vez concretados estos pasos, “se deberán llevar los pesos o dólares que se vayan a blanquear y depositarlos antes del 30 de septiembre, ya que después de esa fecha no se podrá blanquear más el dinero en efectivo” según López Chieza. Al finalizar, el especialista aclaró que se deberá completar una DDJJ.

Para el especialista de Litvin y Asociados, “más allá de los datos a completar, es importante tener una estrategia fiscal, financiera o económica, patrimonial e incluso de planificación familiar sucesoria, ya que esta decisión tiene impacto en su declaración jurada, y es necesario planificar qué efectos va a tener a posteriori desde la carga fiscal”.

5- ¿Qué diferencia tiene con otros blanqueos?

De acuerdo con Lopez Chiesa, este blanqueo ofrece ventajas y desventajas en comparación con otras propuestas de gobiernos anteriores. “Entre las ventajas, es un poco más económico que otros anteriores, pero también tiene algunas desventajas, ya que a diferencia del blanqueo que realizó Mauricio Macri, no se puede blanquear bienes a nombre de terceros”, dijo. 

Fernández también destacó “que es más barato que otros, como el impulsado por el gobierno de Macri, ya que en aquel entonces se empezaba por un 10% y en una segunda etapa un 15%, mientras que en este blanqueo la primera etapa arranca en un 5%”. 

Además, destacó que “los fondos depositados en una cuenta comitente pueden ser invertidos en casi cualquier inversión bursátil en la Argentina, algo que el blanqueo de Macri no ofrecía con tanta amplitud”.

 

Actualización 11/09/2024: se actualizó la nota con el comunicado de la AFIP sobre los activos declarados por monotributistas

Actualización 31/10/2024: se actualizó la nota con la decisión del Gobierno de prorrogar los plazos para el ingreso de personas al blanqueo. 

Fecha de publicación original: 29/08/2024

Temas

Recursos utilizados

  • Parte de este texto fue escrito por Chequeado con asistencia de herramientas de inteligencia artificial (IA) y supervisión de nuestros editores.

Comentarios

  • Matias16 de septiembre de 2024 a las 10:45 pmCómo monotributista si blanqueo menos de USD100.000, puedo disponer libremente de los fondos pasado el 30/09/24? Gracias
  • Carlos Alberto Poleri18 de septiembre de 2024 a las 8:13 pmEstimados: observo que es más el ocultamiento de información que la esperada claridad para los potenciales blanqueadores acostumbrados a ser timados en este vendito país. Ej. hay dudas sobre si en la CABA cobrarán el SIRCRED, que puede escalar hasta el 5%, sin que recibamos explicaciones. No se sabe si el 2 de octubre si blanqueamos hasta cien mil , podemos retirar el dinero y llevarlo a nuestra caja. Toda la legislación está labrada para compeler al ahorrista a rifar su trabajo de una vida. Todo huele a fraude en perjuicio del ahorrista como cuando nos despojaran de todos nuestros ahorros y nos dieran compullsivamente bonos a cambio, que vencían luego de nuestro deceso. Saludo cordial!
  • Pablo Colli19 de septiembre de 2024 a las 12:05 pmHola si entré al blanqueo anterior no tengo problema en entrar a éste. Gracias
  • Mario Torres Tejerizo20 de septiembre de 2024 a las 10:52 amHola. Buen día. La consulta es sobre si blanqueo U$S 100.000 antes del 30/9/2024. Cuando los tengo disponibles para efectuar una inversión inmobiliaria y si al retirar o transferir los fondos se respeta la moneda o los pesifican. Desde ya muchas gracias Mario Torres
  • juan manuel Garbarini23 de septiembre de 2024 a las 12:02 pmHola ; tengo que justificar el blanqueo en efectivo depositados en la cuenta cera a parte de hacer la declaracion jurada, me piden documentacion respaldatoria del capital depositado en efectivo?
  • Javier Armando Kenyo Quispe Sam24 de septiembre de 2024 a las 11:19 amSi yo estoy casado y blanqueo primero yo y luego mi señora, esto es valido no?
  • Maria Elena Lucero24 de septiembre de 2024 a las 3:10 pmMi contadora presentó la baja de bienes personales porque no me daba a pagar impuesto. Si ahora blanqueó dólares (menos de 100000) afecta mi declaración jurada de bienes personales? Es decir, se tienen en cuenta para la declaración de Bs personales? De qué manera incide? Gracias
  • Jo27 de septiembre de 2024 a las 1:17 pmMi duda es yo tengo trabajo en relación de dependencia. Tengo unos dolares guardados creo que no llego ni a 2000 tengo que blanquear?? Los tgo que depositar en la cuenta que hay que generar? Es real que después te los dejan sacar????? Y me dejarían sacar los dolares o me encajan pesos? Gracias!!!
  • Maria30 de septiembre de 2024 a las 4:27 pmSi yo soy ex funcionario con menos de 10 años puedo entrar al blanqueo por una sucesión indivisa?
  • MARIA INES11 de octubre de 2024 a las 11:09 pmsi blanqueo los dolares, cunado puedo disponer y retirar de la cuenta esos dolares? Los dolares y bienes blanqueados, se los incluye en las DDJJ de ganancias o Bienes personales, del 2023 o recien en la DDJJ 2024?

Valoramos mucho la opinión de nuestra comunidad de lectores y siempre estamos a favor del debate y del intercambio. Por eso es importante para nosotros generar un espacio de respeto y cuidado, por lo que por favor tené en cuenta que no publicaremos comentarios con insultos, agresiones o mensajes de odio, desinformaciones que pudieran resultar peligrosas para otros, información personal, o promoción o venta de productos.

Muchas gracias

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *