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Fallo de la Corte: el “2×1” se aplicó a cuatro represores

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) rechazó la aplicación del cómputo del “2×1” a un condenado por delitos de lesa humanidad. De esta manera, el tribunal revirtió la jurisprudencia que había sentado un año y medio atrás, cuando permitió la aplicación de este beneficio a Luis Muiña, un civil condenado por la desaparición de trabajadores del Hospital Posadas. Qué es el “2×1”, qué argumentos utilizó la Corte para cambiar su propia decisión y qué había pasado con la aplicación del “2×1” desde el fallo “Muiña”.

En mayo de 2017 la Corte Suprema, con los votos de Carlos Rosenkrantz, Elena Highton y Horacio Rosatti, convalidó la aplicación del “2×1” para Muiña. En disidencia votaron Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda. Luego de ese fallo -y en respuesta a él-, el Congreso sancionó una ley en la que declaró que no era aplicable este cálculo para condenados por delitos de lesa humanidad. Con este nuevo escenario, Rosatti y Highton se sumaron al criterio de Lorenzetti y Maqueda y se opusieron al “2×1”.

Qué es el “2×1”

Este beneficio surge de la Ley 24.390, sancionada por el Congreso en 1994. La norma determinó que la prisión preventiva no podía extenderse por más de dos años (con la posibilidad de solicitar una prórroga de un año en investigaciones complejas). La prisión preventiva es un recurso al que puede acudir un juez cuando considera que un imputado que está siendo investigado (pero no tiene condena) puede fugarse o entorpecer la investigación.

Con esta ley, los legisladores buscaron dar un plazo razonable a los procesos penales y, a su vez, limitar el impacto de la prisión preventiva. Por eso, en su artículo 7 se estableció que luego de los primeros dos años de prisión preventiva “se computará por un día de prisión preventiva dos de prisión o uno de reclusión”. Es decir que hasta la condena, este período de exceso en la prisión preventiva se contabilizaba doble y como una parte de la pena impuesta. Esta ley, sin embargo, fue derogada en 2001.

El año último, la mayoría de la Corte declaró que Muiña tenía derecho a que se le aplicara la ley penal más benigna, aunque no estuviera vigente en el momento del delito ni de su detención. Y esa ley era la del “2×1”, que había estado vigente entre 1994 y 2001.

Cuáles fueron los argumentos del tribunal

La Corte falló ahora sobre Rufino Batalla, un agente civil de inteligencia durante la última dictadura que fue condenado en diciembre de 2014 a 13 años de prisión por haber sido partícipe secundario del delito de privación ilegítima de la libertad en 55 oportunidades. Batalla solicitó que se le aplique el cómputo del “2×1”, como a Muiña. Esto fue rechazado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de La Plata y la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal.

Ahora, la Corte logró mayoría (con Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Elena Highton y en disidencia votó Carlos Rosenkrantz) para cambiar su jurisprudencia gracias a la Ley 27.362, sancionada por el Congreso una semana después del fallo Muiña. Esa ley estableció que el “2×1” no es aplicable a delitos de lesa humanidad. “Así como el juez no puede reemplazar al legislador creando una ley que no existe, tampoco puede ignorar la consideración de una ley que el Congreso ha dictado y cuyo contenido juzga compatible con la Constitución”, declaró la mayoría de la Corte sobre la ley sancionada por el Parlamento en 2017. Por eso aceptó su aplicación y declaró que no es válido el cómputo del “2×1” en casos de delitos de lesa humanidad.

Los tribunales inferiores no siguieron a la Corte

Desde el fallo Muiña, muchos condenados por delitos de lesa humanidad pidieron que se les aplicara el mismo precedente. La Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, que depende de la Procuración General de la Nación, realizó en septiembre de 2017 un informe sobre qué había pasado en los tribunales inferiores a la Corte con los pedidos de aplicación del 2×1.

El informe analizó 118 planteos presentados y resueltos entre enero y agosto de 2017. La conclusión es que la gran mayoría de los tribunales inferiores no siguieron el criterio del máximo tribunal. De los 118 casos, sólo en tres (los tres en La Plata) se declaró aplicable el cómputo del 2×1, además de Muiña. No existe un informe con datos actualizados a 2018, pero desde la Procuración confirmaron a Chequeado que no existe ningún otro planteo en que se haya aceptado la aplicación del “2×1”. “Hay una tendencia clara hacia el rechazo”, señala el informe.

Fecha de publicación original: 05/12/2018

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