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¿La Justicia debe ser independiente de la mayoría?

Existen en el Derecho dos concepciones acerca de la posición de la Justicia en relación a los demás poderes del Estado. Una plantea para ella un rol contramayoritario, independiente del voto popular, justamente para poder asegurar el derecho de las minorías. La otra postura considera que el único mandato válido es el de la mayoría, por lo que la Justicia tendría que estar sometida también a elecciones. En esta línea se incluyó la diputada Diana Conti (FpV) al decir que “en las democracias las mayorías gobiernan en los tres poderes”.

Los países más estables de Occidente adoptaron el primer modelo [N. de. R.: donde la Justicia es contramayoritaria]. En América Latina también prevalece el modelo republicano tradicional, con algunas excepciones, como Ecuador, Venezuela y Bolivia”, asegura un informe del Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC), publicado la semana pasada.

Roberto Gargarella, constitucionalista y autor del libro “La Justicia frente al gobierno: Sobre el carácter contramayoritario del Poder Judicial”, explicó: “Existe un entendimiento compartido de que la Justicia es un poder contramayoritario porque sus miembros no son electos ni removidos por votación popular. La idea era la de reservar a las ramas políticas para la representación de las mayorías, y a la Justicia para asegurar una protección especial a las minorías vulnerables”.

El especialista es, de todas maneras, crítico del sistema actual. “Debe reforzarse el vínculo entre la Justicia y la sociedad, lo que de ningún modo es lo mismo que partidizar a la Justicia, tornándola dependiente del partido gobernante, que es lo que pretende el oficialismo”, observó Gargarella.

Desde la postura opuesta, se argumenta que no es legítimo en una sociedad democrática la existencia de un poder no electo por el voto popular que confirme o no la validez de los actos y las leyes apoyados por los representantes de la mayoría (Ejecutivo y Legislativo). Sería un límite al autogobierno, a la capacidad del pueblo de gobernarnse a sí mismo.

“La dificultad fundamental consiste en que el control judicial de constitucionalidad es una fuerza contramayoritaria en nuestro sistema (…). Cuando la Corte Suprema declara inconstitucional un acto legislativo frustra la voluntad de los representantes de las personas aquí y ahora, ejerce el control, no en representación de la mayoría prevaleciente, sino en su contra”, argumentó en 1961 Alexander Bickel, uno de los principales intérpretes de la Constitución estadounidense.

Es lo que la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) denomina en su informe sobre la reforma de la Justicia, la visión “mayoritarianista” de la sociedad. Bajo esta concepción, según tal informe, “la democracia es canalizar el autogobierno colectivo de modo tal que refleje las preferencias y aspiraciones de la mayoría del pueblo. Para dicha visión, en principio, los límites a la voluntad mayoritaria son antidemocráticos. Pueden existir, y pueden ser justificables en un estado complejo y plural, pero lo serán en todo caso a pesar de su intrínseco carácter antidemocrático”.

En línea con esta concepción, el argumento de algunos miembros del espacio Justicia Legítima, como Alejandro Alagia, fiscal y coautor junto a Eugenio Zaffaroni y Alejandro Slokar del “Manual de Derecho Penal. Parte General”, es que “la Corte gobierna. Para gobernar un país y estar legitimado hace falta el voto popular. Hay una falla de origen. Incluso en la teoría política el gobierno judicial se piensa como un ‘gobierno contramayoritario’, a favor de las minorías, para que las mayorías no las priven de sus derechos. Pero esa naturaleza contramayoritaria es posible que haya colocado siempre al Poder Judicial a espaldas de la población”. La solución propuesta por el mismo fiscal sostiene que “ciertos cargos o funcionarios judiciales puedan ser elegidos democráticamente”.

“El sistema de frenos y contrapesos que nuestra Constitución hereda de la norteamericana, y ésta toma de Montesquieu, ha llevado en nuestro país a la creencia de que no se puede ‘contaminar’ a los jueces con la política, y se ha preferido adoptar los modelos europeos (consejos de la magistratura más o menos corporativos) frente a la clara opción norteamericana por jueces elegidos por el Ejecutivo (eso sí, con una muy exigente audiencia pública) o la elección por el sufragio directo de los ciudadanos (cerca del 80% de los cargos de jueces se eligen por votación). Es un error creer que la independencia judicial es opuesta al voto popular”, detalló Guillermo Nicora, abogado penalista y miembro de la junta directiva del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP).

Y agregó: “Pero sí está en contra de nuestra Constitución que quien gane una elección pase a gobernar los tres poderes del Estado. Los sistemas de representación proporcional, y las normas que procuran jueces independientes del poder político (como la inamovilidad o la intangibilidad de las remuneraciones) apuntan justamente a evitar que un gobierno carezca de frenos y contrapesos”.

Arturo Sampay, el constitucionalista de la reforma realizada bajo el primer gobierno de Juan Domingo Perón en 1949, explicó en su informe de ese año que la larga vigencia de la Consitución de 1853 estuvo dada por la organización de los poderes del Estado, con “un Poder Judicial que salvaguardó la supremacía de la Constitución y que, empleando con mesura sus facultades y tratando de contemporizar con la orientación gubernativa de los órganos políticos, fue también un factor que contribuyó al robustecimiento de la autoridad del Estado y evitó que padeciéramos lo que en Occidente se denominara ‘crisis de autoridad de las democracias’, tan bien aprovechada por el totalitarismo para la implantación de sus dictaduras personales”.

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Comentarios

  • Perez25 de abril de 2013 a las 4:52 pmuds. creen que las mayorías marcharían sobre los homosexuales, o contra los pueblos originarios.. las mayorías incorporan a esos otros sectores...
    las mayorías siempre van a buscar sumar, incorporar gente.. el vulnerable no es el que tiene mayor o menor cantidad... el vulnerable es el que está sujeto a lo que le impongan otros.. la mayoría de la ciudadanía porteña es vulnerable a la influencia de lo que decida la mesa directiva de Clarín.. y esa mesa directiva, como la de cualquier empresa, es un grupo reducido de personas con mucho poder... la justicia no puede defender sus intereses... ni siquiera tiene sentido discutirlo.. o tienen acciones en clarín? porque si no, no entiendo qué es lo que defienden?
    independencia de los poderes del estado, para qué? para que se le filtren más fácil los intereses de los verdaderamente poderosos de esta sociedad?
    miran al que agarra el sobre y no miran al que lo llena de billetes...
    • AK19 de junio de 2013 a las 3:58 pmPerez, las mayorías también se equivocan. A Hitler en el 33 lo votó el 90% del pueblo alemán. Es un ejemplo, no estoy comparando al gobierno con Hitler.
      La muletilla de Clarín es falsa. Que Clarín miente? Claro que si! Como cualquier medio inclusive los oficiales. No compro el diario, no consumo sus productos y listo.
      Para el caso, a Clarín lo lee la mayoría, y según tu postura, no puede ser entonces que Clarín esté equivocado, porque tiene una mayoría que lo avala.
      Otro tema, basta de tratar a la gente como estúpida. Clarín no puede plantarte ideas en la cabeza, no sos un zombie. Podés hacer un juicio crítico y propio de la realidad nutriendote de diversas opiniones.
      Porque tiene que haber independencia de poderes? Porque lo contrario es el absolutismo, que una sola persona o partido decida todo. Funciona bien la independencia de poderes? No creo, pero la solución no es eliminar la independencia.
  • Mariano T.26 de abril de 2013 a las 3:42 pmLa Constitución no dice que el Consejo lo integran "abogados y jueces". Sino que dice "representantes de los abogados y de los jueces". Es obvio que solo los abogados(y no los dentistas) pueden elegir los representantes de los abogados, y solo los jueces (no la gente en general) los representantes de los jueces. Si ellos no los eligen, no serían los representantes, así como los diputados no serían los representantes del pueblo si en vez de ser elegidos fueran nombrados por el PE.
  • mariosca28 de abril de 2013 a las 11:12 amme parece que se desviaron de la cuestión. En un primer momento las constituciones (Carta de los ingleses) se hicieron para limitar el poder de los Monarcas. Luego vino la división de los Poderes (Locke) con el mismo fin. Eso con la democracia y el Estado de derecho porque todo debía estar dentro del derecho, incluso la decisión de la democracia. Se sumaron los derechos fundamentales y así apareció el Estado constitucional de derecho. A lo que se agregaron, después de la segunda guerra mundial los derechos sociales. Entonces tenemos un Estado constitucional social de derecho. La única que puede romper el derecho es la mayoría porque la minoría es la no ganadora. Entonces, cuando se dice que es contramayoritario no se quiere decir que se protege a la minoría sino que es la mayoría la única que necesita control. La experiencia de los abusos de la mayoria es abundante, desde las antiguas Grecia y Roma hasta el nacismo y el fazismo.
  • fghi_dclxvi3 de junio de 2013 a las 8:59 amAsí como la práctica y no la teoría dice si es estable el parlamentarismo; habrá que ver el efecto de la nueva conformación del Consejo (y estaremos a tiempo de cambiarlo dentro de no mucho).
    Por lo pronto parece claro que hay mucho anquilosado representante de grupos de poder o con lealtades e intereses ajenos a la justicia entre los jueces (cualquiera que conozca algún tribunal lo sabe). Estamos llegando a un punto donde reformas a todas luces necesarias y legítimas son excesivamente retardadas en un movimiento de gravedad institucional que acerca el curso de las cosas al lado de los golpes suaves combinado con la manipulación mediática cartelizada que justamente nos ha prevenido de que el camino lógico de reformar la justicia (la reforma constitucional) es inmoral y de consecuencias desastrosas.
    Así que siendo o no que se abuse de la posibilidad de designar y suspender, prefiero ver si cambia algo.
    Luego ajustamos detalles y números.
  • fghi_dclxvi3 de junio de 2013 a las 9:02 amEs claro comparando con el sistema USAno (que son del republicanismo laberíntico ultracompartimentalista que permite que cada lobby tenga su parcela garantizada)que no es anatema escandaloso para la gente de bien un poco de votos por aquí y un poco de partido por acá en el poder judicial. Aparte está por verse si los candidatos van a ser más o menos partidistas que los actuales.
  • fghi_dclxvi3 de junio de 2013 a las 9:11 amAdemás la situación de guerra psicológica provocando la parálisis del órgano supone la necesidad de destrabar de algún modo la situación.
    Alegar inconstitucionalidad es no notar que el constituyente fue laxo e indefinido porque no hubo consenso. Capaz a nadie se le había pasado por la cabeza esto, pero tampoco lo habían prohibido.
    Si la gente "vota siempre lista completa", pues a hacer pedagogía. Que si lo votás a Macri no quiere decir que le tengas que regalar la mayoría absoluta en la Legislatura. Bien podés ponerle un control que te parezca confiable.
  • J. B. Alberdi19 de junio de 2013 a las 5:04 amCuando los poderes ejecutivos y legislativos cumplan sus funciones sin enriquecimiento ilícito y tráfico de influencias, podemos sentarnos a debatir sobre el rol del poder judicial (si es que presentan un proyecto que no sea un mamarracho). Es poco creíble robar durante una década y de repente rasgarse las vestiduras por la democracia.
  • BAbsurdos K29 de abril de 2022 a las 1:16 pmConsidero prudente agregar que si fuese un gobierno maduro, sin intereses personales, y con objetivos para todos los ciudadanos que habitan esta gran Nación entiendo la elección de jueces. Ahora bien, aquí no podrá no considero un hecho real debido a que siempre la intención de nombrar jueces refiere a una situación de acomodar situación personal judicial, ya sea para mejor gobernabilidad sin impedimentos y con superpoderes o bien para no ser juzgado por personas a las que considera inferior… algún día todo nuestro sistema político llegará a madurar pero hasta el momento por favor indicar que otro país desarrollado y con democracia activa tiene un sistema diferente a Bolivia, Venezuela, Cuba, Salvador, Nicaragua, (gran parte del continente Africano), etc, donde la justicia está subordinada al poder político y ya sabemos que no funciona ni la Corte suprema de esos países mencionados
  • XLuis MP17 de abril de 2023 a las 2:25 pmLa democracia no es sólo votar, aunque esto es básico. También debe significar el respeto a los derechos y libertades fundamentales, esos derechos y libertades que los humanos nos hemos atribuido más allá de lo meramente natural. Por lo tanto, en cualquier caso, las mayorías ganadoras tienen que respetar también los derechos y libertades de las minorías. En cuanto a la Judicatura no lo tengo muy claro pero al final todo se reduce a hacer cumplir la Ley, democrática, y a actuar con honestidad.

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