Jubilaciones y Ganancias: qué dijo la Corte y a cuántos beneficiarios afecta
- El máximo tribunal declaró inconstitucional la ley que establece que los jubilados paguen este impuesto.
- Pidió al Congreso que sancione una nueva norma que contemple la vulnerabilidad de los jubilados y no sólo su capacidad contributiva.
- Cerca de 300 mil jubilados pagan este impuesto en todo el país.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) declaró inconstitucional el pago del impuesto a las Ganancias por parte de jubilados y pensionados. Por cuatro votos contra uno, el máximo tribunal destacó que la Constitución nacional protege a los jubilados como grupo vulnerable, que deben recibir un trato diferenciado y que, por eso, no deben ser alcanzados por el impuesto.
El caso que resolvió hoy la Corte se inició en 2015 con una jubilada, María Isabel García, que inició una causa contra la AFIP para que se declarara inconstitucional el pago de Ganancias por parte de jubilados y pensionados. El Juzgado Federal de Concepción del Uruguay le dio la razón en primera instancia y luego hizo lo mismo la Cámara Federal de Paraná. La AFIP apeló y el caso llegó a la Corte, donde hay otros expedientes similares a este originados en distintos lugares del país.
¿Qué dice la ley?
La Ley de Impuesto a las Ganancias establece en su artículo 79 qué sujetos son pasibles de pagar este tributo. En el inciso c incluye a los jubilados y pensionados. A través de una reforma aprobada por el Congreso en 2016 se estableció que los jubilados no deben pagar Ganancias a partir del mismo piso que los trabajadores activos sino de uno especial: la suma de seis haberes jubilatorios mínimos.
En la actualidad, pagan Ganancias los jubilados con ingresos mensuales superiores a 62.462 pesos.
¿Qué dijo la Corte?
En el fallo de hoy, con el voto de Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda y la disidencia de Carlos Rosenkrantz, el tribunal sostuvo que la Constitución nacional establece que los jubilados son un grupo vulnerable y que por eso deben recibir “respuestas especiales y diferenciadas con el objeto de asegurarles el goce pleno y efectivo de todos sus derechos”.
Por eso, la Corte explicó que no se puede utilizar sólo la capacidad contributiva como parámetro para establecer impuestos a los jubilados y deben tenerse en cuenta otros factores. Es decir, el máximo tribunal no resolvió que el impuesto a las Ganancias sobre jubilados es inconstitucional en cualquiera de sus formas: sostuvo que la actual redacción de la ley es inconstitucional e instó al Congreso nacional a que dicte una nueva norma que contemple las especificidades de los jubilados.
¿A cuántos jubilados podría beneficiar?
Por ahora, el fallo sólo se aplica a García, la jubilada entrerriana que litigó en este caso, y a los otros jubilados que tenían causas idénticas ante la Corte. Es decir que la mayoría de los jubilados que pagan Ganancias continuarán haciéndolo a menos que hagan un juicio y obtengan una sentencia judicial favorable.
Según informaron a Chequeado desde la AFIP, son alrededor de 300 mil los jubilados en todo el país que tienen ingresos superiores a los seis haberes mínimos y que pagan Ganancias. Esto incluye tanto a los que cobran jubilaciones de la ANSES, alrededor de 176 mil, como al resto que perciben un haber de parte de cajas de jubilaciones provinciales.
Todos estos beneficiarios tendrán a partir de ahora la posibilidad de iniciar demandas a la AFIP para que se les aplique este precedente de la Corte Suprema y se les deje de retener el impuesto a las Ganancias. Esto será así, al menos, hasta que el Congreso dicte una nueva norma, en cumplimiento del fallo del máximo tribunal.
¿Cuál es el costo fiscal?
Por ahora el fallo tendrá efecto sobre pocos beneficiarios y por eso tendrá poco impacto sobre las cuentas públicas. Si los casi 300 mil jubilados que pagan Ganancias iniciaran reclamos judiciales y se les aplicara el precedente “García”, el Estado dejaría de percibir en 2019 entre $7 mil y $8 mil millones, según explicó a Chequeado Rafael Flores, ex presidente de la Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera Pública (ASAP).
Sin embargo, Ganancias es un impuesto coparticipable. Por lo tanto, la mitad de esas pérdidas son de las provincias. En definitiva, el Estado nacional dejaría de percibir entre $3,5 mil y $4 mil millones. “Si bien este monto por sí solo no es significativo, la sucesión de fallos desfavorables por parte de la Corte le suma presión a una situación fiscal muy compleja”, concluyó Flores.
Fecha de publicación original: 26/03/2019
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