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Ley de etiquetado: la mitad de los chicos compra alimentos poco saludables tras ver sus publicidades

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • El dato surge de una investigación realizada por Unicef sobre la exposición de niños, niñas y adolescentes de la Argentina al marketing digital de alimentos.
  • El informe se divulga mientras la Cámara de Diputados debate un proyecto que obliga a las empresas a indicar en los paquetes si sus productos tienen alto contenido en azúcar, sodio y grasas.
  • Unicef, la OPS/OMS y la FAO piden medidas para fortalecer el derecho a la alimentación saludable. Por ejemplo, con “advertencias sanitarias en el frente de los envases”.

Última actualización: 13/06/2021.

Mientras la Cámara de Diputados de la Nación debate un proyecto de ley (ya aprobado por el Senado) que obliga a la industria alimenticia a colocar etiquetas de advertencia en los envoltorios y paquetes cuyos productos tengan alto contenido en azúcar, sodio y grasas, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) publicó una investigación en la que se destaca que uno de cada 2 chicos y chicas en la Argentina reconoce haber comprado un alimento poco saludable porque lo vio en una publicidad en los últimos 3 meses.

Según el informe, cuyo eje es la exposición de niños, niñas y adolescentes al marketing digital de alimentos y bebidas en la Argentina, nuestro país se ubica en el primer puesto de la región en sobrepeso en menores de 5 años. En América Latina son el 7,5% de la población (3,9 millones) de niños y niñas de ese mismo rango de edad con sobrepeso u obesidad.

“La prevención de la obesidad en la infancia es crucial porque es la etapa en donde se construyen los hábitos que continúan en la edad adulta”, dice el documento de Unicef.

Indica que “el promedio de edad en que los niños y niñas adquieren su primer dispositivo con acceso a internet en el país es a los 9 años”; que “8 de cada 10 dicen ver publicidades con mucha frecuencia cuando navegan en sus redes sociales preferidas” (81% en YouTube, 48% en Instagram, 47% en Tik Tok); y 1 de cada 4 (28%) recuerda haber visto publicidades sobre alimentos y bebidas.


Fuente: Unicef Argentina.

“El incremento en los niveles de obesidad se debe fundamentalmente a cambios en el patrón alimentario de la población, que ha pasado de consumir alimentos naturales y comidas caseras a desplazarlos por productos procesados y ultraprocesados, que son envasados listos para consumir, y bebidas azucaradas. Esta conducta, en muchos casos, responde a la influencia de estímulos que alientan el consumo de productos que tienen exceso de azúcar, grasas y sal añadidos, con escaso valor nutricional”, dijo Fernando Zingman, especialista en Salud de Unicef Argentina.

Qué muestra el estudio

El informe dice que en el caso de las publicidades de productos alimenticios, la mitad son sobre productos altos en azúcares y 4 de cada 10 son altos en grasas saturadas y/o grasas totales. Ninguno de ellos estaría permitido si se aplicaran los criterios del perfil nutricional de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), por ser altos en algún nutriente crítico, como azúcar, grasas o sal.

“Algunas de las técnicas que utilizan estas publicidades para que los chicos y las chicas quieran comprar los productos son: mostrarlos fuera del envase, técnica utilizada para generar tentación; asociar la palabra diversión a la palabra sabor; utilizar jingles pegadizos; contratar a celebridades con bastante exposición vinculadas al mundo del deporte y la música para promocionarlos; y/o crear personajes de ficción que refieran a la marca”, señala el informe.

 
Fuente: Unicef Argentina.

Unicef, al igual que la OPS, la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), propone una serie de medidas regulatorias que mejoren el acceso a la información de los productos alimenticios y bebidas para contribuir a la prevención de la obesidad infantil y con el fin de fortalecer el derecho a la alimentación saludable.

Entre ellas, “advertencias sanitarias en el frente de los envases”, ya que “el etiquetado busca entregar información nutricional clara, veraz y sencilla, que posibilite una toma de decisión de compra informada”.

Qué se debate en el Congreso

El 13 de noviembre de 2020, la Cámara de Diputados empezó a debatir la media sanción del proyecto de ley de “Promoción de la alimentación saludable”. Desde entonces y hasta abril de este año, se realizaron reuniones informativas de comisiones para escuchar visiones de especialistas y referentes de la industria alimenticia sobre la iniciativa.

El martes 13 de julio último, el plenario de las comisiones de Legislación General, Salud, Defensa del Consumidor e Industria de la Cámara baja emitió dictámenes y el de la media sanción del Senado sin cambios fue el que obtuvo más acompañamientos. ¿En qué consiste la propuesta?

En que, como en Chile, en los supermercados y almacenes de la Argentina los alimentos y bebidas que tengan altos contenidos de azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y/o calorías tengan una etiqueta negra en sus envases.

Además, el proyecto establece que un ídolo futbolístico o un personaje popular de dibujos animados no podrá figurar en publicidades de consumo positivo de estos productos, cuya ingesta excesiva se considera perjudicial para la salud.

Los que contengan edulcorantes además deberán llevar la inscripción “contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as”; y aquellos con cafeína deberán tener la leyenda “contiene cafeína, evitar en niños/as”.

El texto establece que los alimentos y bebidas sin alcohol envasados, “en cuya composición final el contenido de nutrientes críticos exceda los valores establecidos, deberán incluir en la cara principal del envase un sello de advertencia”.

Ese sello será similar al que se observa en las góndolas del país trasandino: octógonos de color negro con borde y letras de color blanco en mayúsculas con las leyendas “Alto en azúcar”, “Alto en sodio” o “Alto en grasas saturadas”.

El tamaño del sello no podrá ser nunca inferior al 5% de la superficie de la cara principal del envase ni estar cubierto (parcial o totalmente) por ningún otro elemento.

La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud de la Nación, pero los valores máximos de calorías, azúcares totales, grasas saturadas y sodio deberán cumplir con el perfil de nutrientes de la OPS.

El Senado le dio media sanción por 64 votos afirmativos y 3 negativos el 29 de octubre de 2020. Tras las reuniones informativas, el plenario de las comisiones de Legislación General, Salud y Defensa del Consumidor e Industria de la Cámara baja aún no se volvió a reunir para avanzar con el trámite parlamentario.

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Última actualización, 13/06/2021: esta nota se actualizó después de que la media sanción del Senado sin cambios recibiera 91 acompañamientos en un plenario de comisiones de la Cámara de Diputados, contra 2 firmas al rechazo; 12, a un dictamen alternativo de Carmen Polledo (PRO) y 5, a otro alternativo de Pablo Yedlin (Frente de Todos). Con esta decisión institucional, el asunto quedó habilitado para ser discutido en sesión de la Cámara baja. 

Fecha de publicación original: 17/05/2021

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