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Ley de Glaciares: 4 claves para que entiendas su relevancia y qué quiere cambiar el Gobierno

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • La Cámara de Diputados de la Nación convocó a audiencias públicas para tratar las modificaciones a la ley, que ya cuentan con media sanción del Senado.
  • Para el Gobierno, la reforma busca “ordenar el marco normativo vigente”, mientras que para organizaciones ambientalistas y de la sociedad civil “constituye un grave retroceso en materia de protección del agua”.
  • Según el Inventario Nacional de Glaciares del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales, en Argentina hay 16.968 cuerpos de hielo cuya superficie es cercana a los 8.484 kilómetros cuadrados.

La Cámara de Diputados de la Nación realizará audiencias públicas en el marco del tratamiento del proyecto de modificación de la Ley de Glaciares, que ya cuenta con media sanción del Senado.

La decisión se tomó durante un plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Recursos Naturales, que deben tratar el expediente antes de llevarlo al recinto para su sanción definitiva.

Las audiencias públicas se realizarán el 25 y 26 de marzo (el primer día presencial y el segundo día, virtual) entre las 10 y las 19 horas, y podrán participar organizaciones y personas interesadas de todo el país.

El proyecto de ley que modifica el Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial fue aprobado por el Senado con 40 votos afirmativos, 31 negativos y 1 abstención. 

Con las modificaciones a la ley, el Gobierno busca “ordenar el marco normativo vigente, poner fin a interpretaciones arbitrarias y consolidar un esquema de federalismo ambiental plenamente compatible con la Constitución nacional”.

Sin embargo, organizaciones ambientales y de la sociedad civil denuncian que la iniciativa es una “regresión ambiental inconstitucional” porque vulnera el Acuerdo de Escazú al cual Argentina adhirió, y advierten que avanzar con esta reforma constituye un grave retroceso en materia de protección del agua.

Qué dice la Ley de Glaciares

La ley -sancionada en 2010- define como glaciar a toda masa de hielo, estable o que fluye lentamente, con o sin agua en su interior. Según la norma, en alta montaña, el ambiente periglacial comprende áreas con suelos congelados que actúan como reguladores del recurso hídrico, y en media y baja montaña a las zonas con suelos saturados en hielo que también cumplen funciones de reserva del agua. 

En el artículo 6, la ley impide la exploración y explotación minera e hidrocarburífera, la instalación de industrias, la construcción de obras o infraestructura que pueda modificar la dinámica natural del hielo o la calidad del agua, y el almacenamiento o manejo de sustancias tóxicas. 

Además, con el objetivo de individualizar todas las reservas hídricas existentes, la norma creó el Inventario Nacional de Glaciares, que debe actualizarse cada 5 años como máximo. Esta tarea es del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla), un organismo que depende del Conicet. 

Cuántos glaciares hay en Argentina 

Según el Inventario Nacional de Glaciares del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales, en Argentina hay 16.968 cuerpos de hielo cuya superficie es cercana a los 8.484 kilómetros cuadrados, lo que equivale a 41 veces a la Ciudad de Buenos Aires. La inmensa mayoría se encuentra en la Cordillera de los Andes y solo 890 en las Islas del Atlántico Sur. 

El documento es de 2018 y la primera actualización se presentó en 2024, pero solo con datos de la región Andes Desérticos (Jujuy, Salta, Catamarca, La Rioja y el norte de San Juan) y se espera que en el corto plazo se den a conocer los datos de la región Andes Central (sur de San Juan, Mendoza y norte de Neuquén). 

El inventario relevó solo glaciares mayores a una hectárea y, dentro del ambiente periglacial, únicamente a los glaciares de escombros (cuerpos de hielo cubiertos por fragmentos de roca) porque son los que pueden identificarse mediante imágenes satelitales y verificación en campo.

Estudios científicos registraron retrocesos en los glaciares en la última década, según datos del Ianigla de 2024. En el noroeste argentino, por ejemplo, se registró una reducción del 17% de hielo descubierto y una contracción del 23% en los manchones de nieve perenne.  El principal factor señalado por la comunidad científica es el cambio climático.

Por qué importan los glaciares

Los glaciares constituyen una de las reservas de agua dulce — apta para el consumo humano— más importante de nuestro país, ya que alimentan las cuencas hidrográficas del territorio. Tanto los glaciares y el ambiente periglaciar cumplen un rol estratégico para la conservación de la biodiversidad y el funcionamiento de los ecosistemas en todo el país.

Un informe de las organizaciones Aves Argentinas, Fundación Vida Silvestre Argentina, WCS Argentina y Fundación Humedales/Wetlands precisa que los glaciares actúan como “tanques de agua” naturales, almacenando agua en forma de hielo y liberándola gradualmente a lo largo del año, especialmente en períodos de sequía.

“Los glaciares cubren menos del 0,25% de la superficie continental de Argentina, pero el agua que proveen alimenta ecosistemas y comunidades a cientos de kilómetros, siendo claves para la conservación de la biodiversidad argentina. Esta dependencia se está volviendo más crítica aún en un contexto de mayores temperaturas y menores precipitaciones que ya están afectando a gran parte del país”, señaló Mariano González Roglich, director de WCS Argentina.

Qué cambia con el proyecto de ley del Ejecutivo

Uno de los puntos claves de la reforma es la redefinición del objeto de protección. Mientras que la ley vigente ofrece un resguardo amplio a todos los glaciares y al ambiente periglacial como reservas estratégicas, el nuevo proyecto acota esta tutela a aquellos cuerpos de hielo que cumplan una “función hídrica efectiva” y relevante para la recarga de cuencas hidrográficas. 

El proyecto propone que cada provincia determine qué glaciares protege y en cuáles se pueden habilitar actividades extractivas, como la minería.

Lo que dicen los expertos es que esto atenta contra el artículo 41 de la Constitución. Este artículo le da al Congreso la potestad de generar leyes de presupuestos mínimos ambientales como es la Ley de Glaciares. Es decir, de fijar una protección mínima y nacional que las provincias no pueden achicar. 

Con estos cambios, se revertiría la lógica de los presupuestos mínimos porque el piso lo fijarán las provincias en función de si consideran importante el aporte de agua dulce que hace ese glaciar a su territorio. Esto podría generar conflictos entre jurisdicciones por el acceso al agua.

Los defensores de modificar la ley sostienen que la protección actual del ambiente periglacial es demasiado amplia e “indefinida”, lo que habilita bloqueos a proyectos mineros aún en zonas donde no habría verdaderos recursos hídricos.

Actualización 04/03/2026: esta nota fue actualizada con la convocatoria a una audiencia pública para tratar el proyecto. 

Fecha de publicación original: 26/02/2026

Comentarios

  • Daniel cesrna27 de febrero de 2026 a las 7:39 amEso sería lo mismo que privatizar los Glaciares. Desaparecer los Glaciares por una montaña de dólares a cambio de seguir secando el planeta en perjuicio de la naturaleza y el bienestar de las personas... No es negocio para el ser humano a mediano plazo....
  • Alejandro Carrizo27 de febrero de 2026 a las 7:44 amQué significa " función hídrica efectiva " ??? Una vez que el agua-hielo está en el glaciar, puede ir a otro lado ? Desaparece ? Definición política y no científica. Vergüenza.
  • Paula27 de febrero de 2026 a las 8:56 amVa quedando claro ,no, qué leyes se botaban en 2010 y cuáles ahora? Glaciares, humedales,... Y tb hay que ver quiénes aprobaron está ley nefasta ayer y quiénes se opusieron. No todo es igual.
  • Cris Zabalza Riveiro27 de febrero de 2026 a las 9:54 amMi preocupación y duda es:los Diputados y Senadores se reunieron o informaron con científicos a políticos para interiorizarse de la importancia delo que tienen que votar. ??? O solo sus asesores recaudan información??? Me preocupa !! Quiero saber cómo ciudadana!! Son tantos los intereses en juego que no se a quien creer!!!es muy importante que nos informen esto para recibir sus votos y respetarlos!!!
  • Pablo Gonzalez Juana, ing. Geodesta-geofisico, agrimensor, esp. Desarrollo Sostenible27 de febrero de 2026 a las 12:28 pmExcelente análisis e información. Aunque me gustaría contar con el proyecto de modificación de la ley para entender mejor que es lii ok que se propone. En la letra pequeña seguramente está el asunto de fondo. Pero me pregunto si la discusión no debería llevarse hacia el código de minería y su legislación, porque es allí donde reside el conflicto de uso. Destaco dos puntos que creo importante defender: 1. Los glaciares no pueden quedar en manos de las provincias exclusivamente. Al igual que cuencas hidrográficas, aguas subterráneas, acuíferos en general, el uso o intervención tiene implica vías que van más allá de su delimitación. Ya se trate de un periglaciar o un glaciar, el mismo puede ser fuente de agua más allá de los límites de la jurisdicción donde se encuentra. 2. La explotación minera debería ser exclusiva de empresas argentinas y debería beneficiar directamente a ciudadanos argentinos, con prioridad a las comunidades locales. Por años, empresas canadienses y de otras banderas han explotado los recursos mineros dejando poco y nada en el país. Restringir la explotación, asegurando mano de obra y profesional, beneficios directos a las comunidades y exportación de productos mineros, no sólo aseguraría que los mismos no son explotados por extranjeros sin beneficios a la Argentina, sino que promovería una explotación racional y sostenible. Agradecería sus observaciones sobre estos puntos. Muchas gracias nuevamente.
  • Maximiliano Javier Sanchez27 de febrero de 2026 a las 12:52 pmLa mina Veladero es operada por Minera Argentina Gold SRL (MAGSRL), una empresa de riesgo compartido de la empresa canadiense Barrick Gold y la empresa china Shandong Gold. Hasta la fecha, la empresa ha sido responsable de al menos cinco derrames tóxicos [email protected] exigencia de cerrar la mina Veladero tras derrames no proviene directamente de la Ley de Glaciares, sino del Código de Minería de la Nación (Art. 264, inciso c) si se cometen mas de tres derrames.
  • Carmen27 de febrero de 2026 a las 2:30 pmCreo que la ley de 2010 es explícita en la protección de la fuente de agua dulce y al conocer el contenido de la misma estoy muy de acuerdo y su cumplimiento es responsabilidad de la nación sin discusión.Mientras que si ello dependiera de cada provincia , cada una hará según convenga y no se protegería muy bien el total.amen de discusiones y resultados dudosos .
  • Liliana27 de febrero de 2026 a las 2:42 pmComo pasa siempre los gobernadores considerarán no relevante al glaciar que les convenga para su beneficio sin pensar en las consecuencias para el resto de la humanidad y del planeta.Asi el presidente consigue aprobaciones de los cambios que quiere hacer. Cuándo los argentinos miraremos el bien común, no la quinta propia y no solo exijamos respeto por los derechos si no también no seamos cómplices de la corrupción aceptando una migaja y mirando para otro lado. Un pueblo informado,que piense y esté unido es lo único que va a sacar adelante un país soberano e independiente.
  • Horacio27 de febrero de 2026 a las 4:55 pmEsta agresión desmedida a la naturaleza nos está haciendo pagar caro con la calidad de vida La ambición de unos pocos por el poder y lo material no les permite ver en que se está transformando el medio ambiente y que poco les queda para disfrutar sus logros La naturaleza se transforma,para mal, y eso será el futuro Cuando el destino nos alcance.....
  • hector27 de febrero de 2026 a las 5:59 pmeste gobierno siempre con negociados con las grandes multinacionales en perjuicio del medio ambiente y la ecologia

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