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Los laberintos de la Justicia: cuál es el recorrido de una causa penal

Una causa penal, de acuerdo con el Código Procesal Penal de la Nación, se inicia cuando una persona presenta una denuncia o por una investigación policial. La primera etapa es la de instrucción, en la que el juez o el fiscal recolectan pruebas e investigan (cuando se implemente el nuevo Código Procesal será sólo el fiscal quien estará a cargo de la investigación). En caso de que el juez tenga motivo suficiente para sospechar que el imputado cometió un delito, lo llamará a indagatoria.

La indagatoria es un acto de defensa, en el que el imputado tiene que presentarse, aunque puede negarse a declarar o puede dar su versión de los hechos, y puede luego decidir si contesta o no a las preguntas del juez y del fiscal.

En el plazo de diez días desde la indagatoria, el juez tiene tres posibilidades: dictar el sobreseimiento, la falta de mérito o el procesamiento.

  • El procesamiento corresponde cuando el juez tiene elementos suficientes para estimar que el imputado es culpable de haber cometido el delito.
  • Se establece la falta de mérito cuando el juez considera que no hay pruebas suficientes para ordenar el procesamiento ni tampoco para sobreseer al imputado. Esta no es una medida definitiva, ya que, en caso de recolectarse pruebas suficientes en el futuro, el imputado puede ser indagado otra vez y procesado.
  • El juez sobresee cuando se da por terminada la causa. Puede ser por la prescripción del delito, es decir, cuando se vencieron los plazos para perseguirlo; por la muerte del imputado; si el hecho investigado no existió o no se trata de un delito; o el delito no fue cometido por el imputado, de acuerdo con las pruebas recolectadas.

Cuando el juez decide terminar la etapa de instrucción, consulta al querellante y al fiscal para que estimen si corresponde sobreseer al imputado o elevar la causa a juicio. Si requieren la elevación a juicio, se notifica al defensor para que pueda oponer excepciones u oponerse al juicio. Finalmente, es el juez quien decide elevar la causa a juicio o no.

Esta etapa debería durar cuatro meses desde la indagatoria pero, en la práctica, muchas veces el plazo no se cumple. El juez puede solicitar a la Cámara de Apelaciones una prórroga de hasta dos meses y excepcionalmente puede exceder el plazo en casos de “suma gravedad y de muy difícil investigación”, según lo establece el Código Procesal Penal.

Apelación

En caso de que la causa se eleve a juicio, la decisión será inapelable. En cambio, si se decide el sobreseimiento, tanto el fiscal como el querellante pueden apelar, es decir, pedir una revisión de la decisión en el plazo de tres días. La apelación se hace ante el juez que dictó la sentencia y, en caso de que el juez la acepte, la causa continuará en la Cámara de Apelaciones, que deberá revisar la decisión. En caso de que el juez niegue el recurso de apelación, se puede presentar un recurso directamente ante la Cámara.

El tribunal debe decidir si confirma o revoca la decisión del juez de instrucción. Aunque formalmente tiene un plazo de hasta cinco días para hacerlo en los casos más complejos, las resoluciones suelen tomar más.

Juicio oral

Una vez que el juez decide el procesamiento y se eleva a juicio la causa, comienza la etapa del juicio oral, en la que intervienen tres jueces como tribunal. Primero se realiza la citación al juicio, donde se notifica a todas la partes para que preparen los documentos, testigos y todo tipo de pruebas que puedan presentar. Luego se hace el debate oral y público, donde los jueces evalúan las pruebas presentadas por cada parte. Una vez terminado el proceso, se lee la sentencia del juicio donde se condena o absuelve al imputado.

El tribunal oral puede sobreseer al acusado en cualquier momento del proceso, si encuentra pruebas que lo desvinculan del hecho investigado.

Este proceso puede llegar a durar meses, incluso años. El juicio oral por la tragedia de Once, que provocó 51 muertos el 21 de febrero de 2012, por ejemplo, duró casi dos años (entre el 18 de febrero de 2013 y el 29 de diciembre de 2015), y se continúa investigando a algunos funcionarios como el ex ministro de Planificación Federal, Julio De Vido.

Cámara de Casación

Las sentencias definitivas, es decir, las que ponen fin a un proceso, o aquellas en las que el paso del tiempo puede impedir que se haga Justicia (por ejemplo, en el caso de un aborto), pueden ser revisadas por la Cámara de Casación Penal de la Nación. En el plazo de diez días tanto la querella y el fiscal como el imputado y su defensor pueden presentar el recurso de Casación ante el mismo tribunal que dictó la sentencia.

En caso de que el tribunal niegue el recurso de Casación, se puede presentar un recurso de queja directamente ante la Cámara de Casación.

¿Sobre qué decide la Cámara de Casación?

A partir del fallo “Casal”, resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2005, la Cámara de Casación debe revisar tanto cuestiones de derecho -que los jueces hayan “aplicado correctamente” la ley- como cuestiones de hecho y prueba, es decir, establecer qué fue lo que sucedió y cómo. Además, se establece que toda persona tiene derecho a que su caso sea revisado por dos instancias para que no sea un sólo tribunal el que decida.

En el caso de la tragedia de Cromagnon, por ejemplo, en el que los miembros de la banda “Callejeros” fueron absueltos por un tribunal oral y condenados por la Cámara de Casación, al no tener una instancia superior ante la cual apelar, la Corte devolvió la causa a otra sala de la Cámara de Casación para que revisara la sentencia condenatoria.

¿Cuál es la diferencia entre la Cámara de Apelaciones y la de Casación?

La Cámara de Apelaciones sólo interviene en la etapa de instrucción, es decir, antes de que se decida elevar a juicio un expediente. En cambio, una vez que comenzó el juicio, la Cámara de Casación es la última instancia de revisión que existe antes de llegar a la Corte Suprema de Justicia.

Sin embargo, es posible que durante la etapa de instrucción se interponga un recurso de Casación contra una resolución que ponga fin al proceso. Por ejemplo, en caso de que se haya sobreseído al imputado y la decisión haya sido confirmada por la Cámara de Apelaciones.

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Es la última instancia y quien tiene la decisión final. Las causas llegan a la Corte mediante el recurso llamado extraordinario, luego de haber agotado todas las instancias anteriores, pero la Corte sólo se pronuncia en causas en las que está en discusión la interpretación de la Constitución o leyes federales. También se puede realizar un recurso de queja, en el que la persona tienen que hacer un depósito de dinero que pierde en caso de que la Corte no acepte el caso, si el tribunal cuya decisión se cuestiona no concede el recurso para llegar a la Corte.

Fecha de publicación original: 11/09/2017

Comentarios

  • carolina20 de septiembre de 2018 a las 9:53 pmbuenas noches .. queria hacerles una consulta ..tengo un conocido detenido en el penal de san nicolas ..el dia de hoy tuvo una audiencia donde le hicieron firmar un acuerdo para aceptar un cambio de caratula en la causa para que en el juicio no llegue a una condena mayor ... lo que quiero saber es si tiene derecho a una apelacion apesar de haber aceptado el cambio de caratula??
  • Jorge Garrido26 de septiembre de 2018 a las 5:59 pmEn el Fuero Penal, contravenciones y de faltas condenaron en diciembre de 2017 por una denuncia de julio de 2016 y sucesivas denuncias de que se acercaba a su domicilio, le mandaba mensajes con el móvil, que iba su casa -como 8 denuncias sin prueba de testigos ni oficio- y lo condenaron a dos años de prisión en suspenso pero con el sistema de algo que le ponen en el tobillo y lo ven por monitorio. Es taxista y cualquier cosa que ella se mueve de lugar lo pone en que esta en un radio que no son los 400 metros. El abogado era gratuito y no lo defendió en nada. Que se puede hacer? apelación no puede ser ya que pasaron 9 meses, se puede pedir tribunal de Casación? Gracias.
  • yo29 de septiembre de 2018 a las 2:47 pmmm me parece que tenes que dedicarte a lo tuyo abogaducha y no meterte en la educación de hijos que no son tuyos... demás no aplicarle un castigo correctivo a los menores tendrá como consecuencia que serán ladrones en el mañana donde abogaduchos penales se llenaran los bolsillos.
  • carlos oscar garcia tusso7 de octubre de 2018 a las 2:57 pmDesearia saber, cuanto tiempo tiene para expedirse la corte suprema de Justicia, en un caso que tiene para sentencia desde 2017. Puede demorar años? Puede demorar mas de 10 años? o puede tenerlo eternamente sin sentencia?
  • EMIIO11 de octubre de 2018 a las 9:08 pmMe gustaría saber, donde se archivan las denuncias penales efectuadas en fiscalia Y si las declaraciones de funcionarios públicos involucrados son de libre axceso al denunciante . deben figurar dentro del exte de la IPP.???
  • Fatima carolina12 de octubre de 2018 a las 1:33 amHola te consulto una chica de 18 años amiga de dos conocidos estuvo con ellos tomando y tuvieron relaciones.dsp ella les dice a unas chicas que fue violada y drogada. Uno de los chicos pide eximision de prisión dado que la flia de la chica lo publico en redes sociales acusando primero a los 2 dsp a uno solo xq dice q con uno fue relación consentida.Al que acusa a uno de mis amigos dice q no que ella fue al lugar bebieron y se dio tener relaciones.la pregunta es le denegaron la exsimicion de prision que significa¿? Que le creen a la chica esto paso hace mas de un mes.Igual ella primero dio una declaración dsp ella y su mama dicen otra.
  • cyntia12 de octubre de 2018 a las 3:43 pmhola buenas tardes mi nombre es cynthia. y me dirijo a ustedes para hacerles una pregunta. ya que es la primera vez q esto me sucede en mi familia. mi marido esta detenido por una causa armada. el esta en este momento detenido en marcos paz. ya con un juicio terminado. con una condena de 12 años. mi preocupacion es que a el le armaron tres causas . de esas tres que fue armada de la misma manera ..dos fueron absueltas ya que yo pude presentar que en las fechas q a el lo acusaban el estaba conmigo. en la fecha y hora. la cual la tercer causa no tenia pruebas suficientes y x eso lo dejaron detenido. teniendo como ultima prueba que pidio el defemsor de un audio de voz para verificar que el de la voz no era el. no se pudo concretar supuestamente porque los segundos de grabacion no eran suficiemtes.. el cual dude de eso. pero bueno la justicia es muy injusta. yo no se a que recurrir ahra para q esto se vea q el es inocente. ademas que mi vida aca es muy dura ya que estoy sola con mi hija de 4 años y viviemdo el dolor de la perdida de mi hijo q al nacer hace 9 meses el fallecio alos dias de nacido. quisiera que alguien me ayude. o me responda algo.
  • Lu14 de octubre de 2018 a las 7:21 amBuenas. Tengo mi hermano que estuvo detenido x violencia de genero y prohibicion de acercamiento al hogar d su mujer, el salio crel q cn un abreviado a los 4 meses d prision el iba a firmar. Le dieron un año pero ya era un año y 3 meses y el seguia firmando tdos los meses. Luego al año y 3 meses cae x resistencia a la autoridad, daños y amenazas al personal policial. Pero el no golpeal al movil sino los vecinos porq los policias le habian hecho 7 tiros de gomas y si el trata de defenderse pero solo pega a un policia una cachetada. Cuanto de minimo le pueden dar de condena? Cn la causa anterior el puede pedir libertad condicional en esta? Que se puede hcer para q reciba o salga lo mas pronto posible? Porq el no busca la pelea. Los policias hcen abuso de autoridad. Gracias
  • Miguel17 de octubre de 2018 a las 2:42 amTengo una falsa denuncia por amenaza con arma de fuego no.hay testigos ni fecha exacta ni llamado al 911 ni nada ninguna prueba contrate un abogado que en 3 años y medio no hizo nada la causa avanzo y ahora me llevan a juicio me quiero morir que puedo hacer necesito ayuda urgente soy inocente por Dios
  • Maria Teresa Fossati23 de octubre de 2018 a las 2:44 pmHola muy didáctica la nota, solo quiero saber si en algún momento a lo largo del procedimiento judicial los acusados están obligados a responder oralmente o siempre es por escrito, inclusive en los juicios orales Gracias Maria Teresa

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