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¿Qué es el factor de potencia y cómo adecuar la instalación eléctrica para evitar multas de Edesur y Edenor?

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) autorizó a Edenor y Edesur a que multen a aquellos clientes que no adapten sus instalaciones eléctricas al nuevo valor del factor de potencia (0,95).
  • Se trata de un indicador que mide cómo aprovechas la energía eléctrica. Cuanto más bajo sea, mayor es el desperdicio de energía. Esto puede provocar daños en las instalaciones y sobrecargar la red eléctrica. 
  • La medida no alcanza a usuarios residenciales monofásicos como casas, departamentos o PH. Pero sí a comercios, usuarios residenciales con sistemas eléctricos trifásicos (3 canales) y la parte común de los edificios administrados por consorcios.

El gobierno de Javier Milei (La Libertad Avanza), a través de una resolución publicada por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), autorizó a las empresas distribuidoras de energía del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), Edenor y Edesur, a que multen a aquellos clientes que no adapten sus instalaciones eléctricas al nuevo factor de potencia, quienes deben contar con medidores que registren ese indicador.

Pero ¿qué es el factor de potencia y qué usuarios están alcanzados por esta medida? Te lo contamos en esta nota.

¿Qué es el factor de potencia?

Se trata de un indicador que mide qué tan eficiente es el uso de la energía en una instalación eléctrica, utilizando una escala que va de 0 a 1. Mientras que 1 representa un aprovechamiento óptimo de energía, cuanto más baja el factor hacia 0 mayor es la pérdida de energía.

El factor de potencia se calcula entre la diferencia de la energía activa, que es aquella utilizada para la iluminación, electrodomésticos y aparatos periféricos, y la energía reactiva, que es la que se usa en dispositivos que utilizan campos magnéticos para su funcionamiento, como motores de un lavarropas, bombas de agua, ascensores, etc. 

De acuerdo con la Empresa Provincial de Energía de Santa Fe (EPE), una parte de la energía de estos últimos dispositivos se transforma en energía mecánica, frío, luz o movimiento, que es la energía activa, y otra parte es necesaria para su propio funcionamiento, que es la llamada energía reactiva.

Para el EPE, en caso que el factor de potencia sea inferior a 0,95, implica que los artefactos tienen elevados consumos de energía reactiva respecto a la energía activa, situación que se puede dar por su calidad, antigüedad y la tecnología que emplean. Esto puede producir una circulación excesiva de corriente eléctrica en sus instalaciones y en las redes de la empresa distribuidora. 

La circulación excesiva puede producir daños por efecto de sobrecargas, aumento de las pérdidas por recalentamiento y alteraciones en las regulaciones de la calidad técnica del suministro (variaciones de tensión), entre otras. Esto, entre otras consecuencias, empeora el rendimiento y funcionamiento de los artefactos eléctricos.

¿Cuál es la nueva medición que estableció el ENRE respecto al factor de potencia?

Hasta ahora el factor de potencia aceptable era de 0,85, un parámetro que, según un comunicado del ENRE, fue fijado hace más de 60 años. La nueva resolución establece un valor de 0,95 que, continúa el comunicado, “se condice con normas internacionales vigentes algunas de ellas aplicadas en jurisdicciones provinciales y municipales de la Argentina”. 

Consultado por Chequeado, el vicepresidente del Instituto Argentino de la Energía “General Mosconi”, Gerardo Rabinovich, aseguró que “en países como Brasil, Uruguay o Chile el factor de potencia regulado es 0,92”.

Con el nuevo factor de potencia el ENRE autorizó a las empresas distribuidoras Edenor y Edesur a cobrar un recargo por exceso de energía a los usuarios del AMBA que tengan un factor de potencia menor a 0,95.

 Las multas se aplicarán de forma progresiva siguiendo el siguiente cronograma:

  • Desde el 1 de octubre de 2024: se cobrará el 30% del valor total del recargo. Esto quiere decir que los usuarios que se podrían ver afectados lo verían reflejado en su factura de noviembre. 
  • Desde el 1 de mayo de 2025: el recargo aumentará al 60%.
  • Desde el 1 de diciembre de 2025: se comenzará a cobrar el 100% del recargo.

¿A quiénes alcanza la medida?

Consultado por Chequeado, el jefe de la División de Estudios Especiales del ENRE, Víctor Agüero, especificó que “aproximadamente el 95% de los usuarios quedarán excluidos de esta obligación por tratarse de hogares de Tarifa T1 monofásicos”

En rigor, estos hogares, quedaron excluidos en la última actualización de la resolución y son aquellos hogares cuya  electricidad es suministrada a través de una única vía y son la mayoría de casas, departamentos o PH residenciales. 

Estos hogares se diferencian de los trifásicos que tienen un sistema de 3 canales y que están asociados a hogares o comercios que al tener más habitaciones requieren un sistema más grande. 

De esta forma, los usuarios que quedan alcanzados por la resolución son los de tarifa T1 trifásicos, que consumen hasta 10 kilovatios de potencia, los de T2, que son aquellos que consumen entre más de 10 y 50 kw, y los de T3, que son usuarios cuyo consumo está por encima de 50 kw. 

Agüero indicó que quienes quedan alcanzados por la nueva normativa son “usuarios residenciales con sistemas eléctricos trifásicos, usuarios generales, como comercios, la parte común de los edificios administrados por consorcios y el alumbrado público”.

Respecto a la parte común de los edificios, Agüero aclaró que alcanzará solamente a aquellos edificaciones que dispongan de medidores digitales o bien que las empresas administradoras de energía decidan medirlo puesto que consideran que es de consumo excesivo. “Ni el consorcio ni los residentes tienen que hacer nada en estos casos,  ya que se trata de una gestión que es opcional por parte de las empresas distribuidoras”, aclaró. 

En su artículo 6, la nueva reglamentación establece que Edenor y Edesur no podrán cobrar el exceso en el factor de potencia a los inmuebles de propiedad horizontal o conjunto inmobiliario hasta que las mismas empresas distribuidoras instalen medidores que registren tanto la energía activa como la reactiva. 

Consultado por este medio, el gerente técnico de la empresa Startrekarg y especialista en instalaciones eléctricas domésticas y comerciales, Luis Carvillo, especificó que los hogares trifásicos “son de usuarios de ingresos medios altos, ya que se tratan de hogares de muchos ambientes que para no tener problemas de baja tensión utilizan 3 líneas por separado, de manera que pueden conectar diferentes dispositivos en cada una de ellas”.

¿Dónde chequear el factor de potencia y qué debo hacer si es menor a 0,95?

Se puede conocer el factor de potencia en la factura de electricidad. Si el valor es inferior a 0,95, tenés que llamar a un electricista matriculado que realice las readecuaciones eléctricas que sean necesarias en tu domicilio, entre ellas la colocación de un tablero con capacitores. Este dispositivo contribuye al uso eficiente de la energía y evitar multas. No es necesario que pidas ningún cambio de medidor, según Edesur.

Los capacitores, entre otras características, deberán ser del tipo antiexplosivo y ser ubicados en lugares secos, bien ventilados y con una temperatura ambiente máxima de 40 grados. 

Sobre este punto, Agüero aclaró que “si la empresa distribuidora le notifica al usuario que está excedido, tendrá que darle 60 días para que se pueda corregir el exceso según el indicador que le corresponda”

Carvillo, por su parte, afirmó que los capacitores con regulación automática que sugiere la resolución “cuestan entre US$ 2.000 y US$ 2.500 según el tipo de corrección que se necesite hacer. Sumado a eso, cada electricista le pondrá su valor por instalación que puede oscilar entre $ 50 mil y $ 100 mil”. Para el especialista, lo recomendable es “esperar a la primera factura para ver qué montos van a tener que pagar y recién ahí evaluar si se justifica o no hacer el trabajo de corrección”.

 

Actualización 13/10/2024: se actualizó la nota con la última información disponible

Fecha de publicación original: 20/09/2024

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Comentarios

  • Eduardo21 de septiembre de 2024 a las 12:10 amPara mí forma de ver el problema,Edenor en mi caso, tendría que suministrar el capacitor correspondiente a cada cliente, porque la luz vale fortuna y encima en la boleta tenés la multa del cos fi,y cada cliente tendría que contratar un electricista matriculado para colocarlo,es mi forma de ver una solución más rápida.
  • Jose Manuel Corbato21 de septiembre de 2024 a las 8:55 amCómo siempre en este país las tintas se cargan sobre los que menos pueden defenderse. El valor del FP en 0,95 es excesivo se debería tender a el de manera gradual y no a través de multas del 100%. Por otra parte en la nota se expresa que no hay que cambiar el medidor es una mentira ya que el proveedor de la energía me debe demostrar por medio de un instrumento que deje registro permanente de la energía activa y de la reactiva ya que de ese cociente dale el Coseno de PHI que vincula vectorialmente bas potencias y dónde de coseno del ángulo que forman da el famoso valor. Obsérvese que el valor ideal es 1 o sea gráficamente es 90⁰ por lo que se entiende que la reactiva debe de ser igual a cero que es casi imposible de lograr. Le allanan el camino a las distribuidoras para que puedan aumentar sus márgenes de ganancias en base a intangibles como las penalidades como amenaza. Los Mega usuarios tienen como defenderse pero las PYMES siguen tan desprotegidas como siempre. No podemos dejar el cuidado de las ovejas a los lobos. Piénselo genios libertarios!
  • Armando Fabian Fernandez21 de septiembre de 2024 a las 10:49 amY como saco el factor porencia de mi domicilio
  • Silvia21 de septiembre de 2024 a las 10:50 amQue ganas de joderles la vida a la gente , no les alcanza con todo los aumentos , no estamos para estar gastando en cambios en todo caso que lo haga la empresa acá el administrador nos cobra por departamento una suma que no tenemos disponible , en verdad una locura todo .
  • Carlos21 de septiembre de 2024 a las 11:21 amUn nuevo Curro, de las empresas para recaudar más !! De hecho di e la resolución que no afecta a los consorcios ,lo cual no es cierto, Las facturas ya llegan con cargo por Bajo Factor de Potencia. ( El curro)
  • Stella Marys Nieto21 de septiembre de 2024 a las 11:32 amDonde se lee y como en la boleta el factor de potencia,o sea en qué parte de la boleta está?
  • Gabriel Hernando Castiñeira21 de septiembre de 2024 a las 12:52 pmOtra medida contra la casta, durante 60 años factor de potencia 0,85 ahora 0,95 para beneficiar a las empresas que argumentan que esos fondos en principio serán destinados a cambiar medidores analógicos por inteligentes osea que la inversión que les corresponde a ellos te la hacen pagar a vos..jajajaja son cabeza dura antes el gato ahora el leon dos felinos dos ajustes para los trabajadores y abundancia para los que más tienen pero la gente laburante piensa que lo ha en por ellos..
  • Roberto de Avellaneda21 de septiembre de 2024 a las 2:03 pmY a las "comunidades colgadas" que no pagan la energía consumida ?
  • Héctor Rabinovich21 de septiembre de 2024 a las 2:18 pmMas que una mejora en las instalaciones,es un aumento de tarifa encubierto , tambien los plazos de aplicaciin son inmediatos , no dan tiempo a la información , ni adecuacion de las instalaciones. Tampoco hay en el mercado capacidad ni abastecimiento de estos equipos . Para una instalación correcta es necesario previamente hacer un estudio del lugar y medición del tipo de equipos de correccion a instalarse Llama la atencion la desproporcion entre el costo del tablero de capacitores (2000/2500 u$s ) y la mano de obra del instalador ( 40/70 u$s) Por otro lado la mayoria de los consorcio tienen dificultades económicas débito al incremento de las tarifa y el resto de los gastos de mantenimiento y dificilmente puedan adecuarse en los planos otorgados )
  • Andrés Aguilar21 de septiembre de 2024 a las 3:22 pmBuenas tardes, la resolución del ENRE , que autoriza a las distribuidoras a cobrar estás multas, no aclara desde cuándo, porque si es reciente, hay que reclamar, ya que las multas que se vienen cobrando desde Marzo, no estarían autorizadas. Y uno se entera de esto en las noticias, porque la empresa jamás aviso sobre la corrección del factor. Cómo siempre, primero te cobran y después te avisan. Una vez más, todas a favor de las empresas. Saludos cordiales

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