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Qué es y cuáles son los límites del derecho de admisión

El derecho de admisión que cada local se reserva implica que pueden decidir bajo criterios objetivos a quiénes se les permitirá la entrada a un lugar, pero en ningún caso ello habilita la discriminación. Un repaso de las leyes y la situación actual.

La Ley 26.370, sancionada en mayo de 2008, regula el derecho de admisión en los eventos y espectáculos públicos, que ocurren en espacios privados destinados al uso público: bares, locales bailables, restaurantes y locales de espectáculos, entre otros.

La ley establece en su cuarto artículo que el derecho de admisión y permanencia es “el derecho en virtud del cual, la persona titular del establecimiento y/o evento, se reserva la atribución de admitir o excluir a terceros de dichos lugares siempre que la exclusión se fundamente en condiciones objetivas de admisión y permanencia”.

A su vez impone un límite para el ejercicio de ese derecho al indicar que “no deben ser contrarias a los derechos reconocidos en la Constitución Nacional ni suponer un trato discriminatorio o arbitrario para las personas, así como tampoco colocarlas en situaciones de inferioridad o indefensión con respecto a otros concurrentes o espectadores o agraviarlos”.

La norma también regula la actividad de los controladores de admisión y permanencia, conocidos en la jerga como “patovicas”. En ese sentido, el secretario general del Sindicato Único de Trabajadores de Control y Admisión y Permanencia de la República Argentina (Sutcapra), Leandro Nazarre, consideró que es una herramienta elemental para evitar que el dueño del boliche “haga lo que quiera”.

El personal de control podrá impedir la admisión y permanencia en los casos exclusivos enumerados en el artículo once de la ley, como cuando existan personas que manifiesten actitudes violentas, porten armas, tengan evidentes síntomas de haber consumido sustancias alucinógenas o estupefacientes, o por condiciones objetivas. Por ejemplo, el dueño podrá impedir que entren personas con ojotas o camisetas de fútbol, pero esto deberá ser igual para todos.

El problema de esta norma es que al tratarse la seguridad de una facultad no delegada por las provincias, cada jurisdicción debe adherir y reglamentar la ley nacional para que tenga vigencia en su territorio. Las únicas provincias que adhirieron son Buenos Aires, Chaco, Chubut, Río Negro, Salta, Santa Cruz y Santa Fe pero las dos últimas aún no reglamentaron la ley. La Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el único distrito que adhirió a la Ley en 2011, no la reglamentó y en 2013 derogó la Ley 4010, por la que se adhería a la nacional.

En la única que se cumple es en la provincia de Buenos Aires”, explicó a Chequeado Oscar Castellucci, fundador de la Asociación Civil Martín Castellucci, que lleva el nombre de su hijo asesinado por un “patovica” en diciembre de 2006. Nazarre coincidió con Castelluci, aunque agregó que falta profundizar y mejorar la implementación.

Qué otras normas protegen contra la discriminación

-La Constitución Nacional, en su artículo 16, establece la igualdad ante la ley.

-La ley contra actos discriminatorios, sancionada en 1988, establece que se consideran actos u omisiones discriminatorios los determinados por motivos de raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos.

-La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, que tiene jerarquía constitucional desde 1994, dispone en su artículo quinto que los Estados partes se comprometen a garantizar el derecho de toda persona a la igualdad ante la ley, sin distinción de raza, color y origen nacional o étnico en el goce del derecho de acceso a todos los lugares y servicios destinados al uso público, tales como los medios de transporte, hoteles, restaurantes, cafés, espectáculos y parques.

Ver recuadro: “Dónde denunciar en caso de ser discriminado en eventos públicos“.

Fecha de publicación original: 25/05/2015

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Comentarios

  • Diego4 de agosto de 2017 a las 3:22 amBuenas... Pregunto! hay alguna ley que me ampare si fui agredido en un bar sin razon alguna y que luego no me dejen entrar siendo que conozco el lugar desde su inauguración? Tengo testigos de que fui agredido y he intentado hablar con el encargado pero nunca quiso conversar conmigo a pesar de que en ese lugar se hacen cosas ilegales las cuales he visto y denunciado pero nunca tuve respuestas y ademas he recibido la una respuesta denigrante por parte del encargado ... ( mientras yo este aca este no va a volver a entrar) ( encargado de origen colombiano) Posiblemente con antecedentes y actualmente impidiendo me el ingreso a un bar que esta ubicado frente a mi domicilio y al cual fui prácticamente desde mi mayoría de edad! Espero por favor puedan darme un asesoramiento de que es lo mas conveniente ya que tengo un grupo de personas con las cuales compartiamos momentos y situaciones sociales y hoy no lo puedo hacer por esta razon... Creo que es suoer injusto y que seria bueno que eduquemos a los extranjeros que vienen de afuera a respetar a las personas propias de cada barrio siempre y cuando seamos honrados y honorables!
  • Mary Bel Prada Medina24 de agosto de 2017 a las 5:08 pmMe gustaria saber si esta ley es aplicable a los Gimnacio Debido a que allí están discriminando a las personas con limitaciones físicas Como personas con paraplejia que asisten en sillas de ruedas
  • susana29 de septiembre de 2017 a las 4:42 pmbuenas tardes queria saber si en los shoppings es valido el derecho de admision y en que ley y articulo figura de ser asi. gracias
  • Ramon Scromeda8 de octubre de 2017 a las 12:05 ampueden en una heladeria prohibirme la entrada porque les pido tiket? ahora dicen que les cae mal mi personalidad.
  • IRISARRI Mabel Beatríz20 de noviembre de 2017 a las 4:08 pmsoy discapacitada, dias pasados concurrí a una fiesta en la ciudad de Bahia Blanca, el evento era un el piso superior y lo unico que tenían para ascender, era un monta carga, el cual sus dimensiones eran reducidas, presente mi queja y me dijeron QUE ELLOS SE RECERBAN EL DERECHO DE ADMISION.Esto es correcto
  • dario13 de diciembre de 2017 a las 1:26 pmHOLA QUISE ENTRAR AL BOLICHE AMERICA Y NO ME DEJARON SUESTA MENTE XQ NO TENIA DOCUMENTO ME FUY ASTA MI CASA TRAJE EL DOCUMENTO Y ME APLICARON LA PERMANENCIA X MAS Q NO ME AYAN DICHO NADA ME SENTI DISCRIMINADO XQ TODOS ENTRAVAN DELANTE MIO Y YO NO PUDE ENTRAR XQ NO ME DEJARON LOS PATOVICA
  • MIRTA7 de febrero de 2018 a las 10:44 amESTIMADOS , EN NUESTRO COMERCIO TENEMOS UN CLIENTE QUE CONTINUAMENTE VIENE , COMPRA, AL MES DE USAR LA MERCADERIA VUELVE PARA QUE LE REINTEGREMOS EL DINERO DE LA COMPRA ADUCIENDO QUE TENIA UNA FALLA. ANTE LAS RAZONABLES EXPLICACIONES DEL PERSONAL , EL, SE PRESENTA ANTE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y HACE EL RECLAMO , NOSOTROS ACUDIMOS, PAGAMOS Y ASI SIGUE LA RUEDA. QUE PODEMOS HACER?? PONER EL CARTEL Y TENIENDO EL ANTECEDENTE TIENE VALIDEZ O SE TOMA COMO DISCRIMINACION? ADEMAS DE PAGARLE SE QUEDA CON LA MERCADERIA QUE SEGUN EL TIENE UNA FALLA. (ESO ES RESPONSABILIDAD DEL PERSONA)
  • Federico15 de marzo de 2018 a las 4:57 pmTengo una duda. En mí local público, de entretenimiento, puedo negarles el acceso a personas con antecedentes de robo? O cuenta como discriminación? Pregunto porque ya no se sabe a ciencia cierta que está bien y que está mal
  • adriana19 de marzo de 2018 a las 8:19 pmcomo puede ser entonces que el los boliches donde concurren adolescentes todavia sigan dejando a chicos afuera sin ningun motivo , porque no se hace algo? esto pasa mycho en los boliches de Ramos mejia
  • Clari30 de marzo de 2018 a las 6:57 amBuenas.. Tengo una consulta.. Yo trabaje para una empresa de supermercado 2 años 1 un mes.. Mi despido fue por que yo me queje en recuersos humanos por el hostigamiento laboral que está recibiendo.. Ahora yo trabajo para otra para una empresa que es asociada con el súper mercado en el que antes trabajaba, cuando llegue a aser una degustación de los productos que obtiene la empresa a la cual trabajo, el jerente del super mercado no me permite el acceso.. Dice que no puedo entrar al super mercado por que yo antes trabajaba ahí.. Si yo trabaje en el súper mercado pero mi despido fue legal no cometí ningún delito en ese super mercado.. El está en todo el derecho de prohíberme el acceso???

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