Veto a la Emergencia Tarifaria: ¿cuántas leyes rechazó Macri y qué puede hacer el Congreso?
El presidente, Mauricio Macri, vetó el proyecto de Ley de Emergencia Tarifaria que fue aprobado por el Senado ayer por la madrugada. La iniciativa proponía retrotraer las tarifas de agua, luz y gas al valor que tenían en noviembre de 2017. Además, impulsaba que las tarifas de los usuarios residenciales se actualizaran de acuerdo con el Coeficiente de Variación Salarial.
El rechazo del Ejecutivo a este proyecto ya había sido anunciado por el jefe de Gabinete de Ministros, Marcos Peña. Pero, ¿cuántas leyes rechazó el Presidente desde que llegó a la Casa Rosada y qué puede hacer el Congreso?
El veto es una atribución del Poder Ejecutivo Nacional a través del cual puede rechazar total o parcialmente los proyectos de ley sancionados por el Congreso de la Nación. El Presidente tiene hasta 10 días hábiles después de la sanción legislativa para usar esta herramienta y su pronunciamiento debe contar con la firma de uno o más ministros del gabinete.
“Es un mecanismo de frenos y contrapesos, una herramienta en manos del Ejecutivo para evitar cambios que no son de su preferencia”, explicó a Chequeado Ana María Mustapic, directora del Departamento de Ciencia Política y Estudios Internacionales de la Universidad Torcuato Di Tella.
Con este nuevo decreto, Macri lleva vetados ocho proyectos de ley aprobados por el Parlamento. Se trata de cinco vetos totales y tres vetos parciales, que sólo incluyen algunos artículos de la norma controvertida.
En su primer año como presidente, Macri dejó totalmente sin efecto la emergencia ocupacional (que preveía, entre otras cosas, la llamada “doble indemnización” por despido), una modificación a la Ley de Contrato de Trabajo, que incorporaba la figura del salario mínimo profesional; la declaración de interés nacional de la protección de las personas portadoras de trombofilia, y la expropiación del Hotel Bauen. Además, vetó parcialmente un proyecto de ley que establecía un régimen jubilatorio especial para los ex combatientes de la Guerra de Malvinas.
Mientras que en 2017 Macri vetó parcialmente la Ley de Honorarios Profesionales de Abogados, Procuradores y Auxiliares de la Justicia Nacional y Federal; y el Régimen de Promoción de la Industria Naval. Por su parte, durante los dos mandatos de Cristina Fernández de Kirchner, la ex presidenta vetó totalmente tres leyes y 18 de manera parcial. Vale la pena destacar que Cambiemos no cuenta con mayoría en ninguna de las Cámaras, mientras que durante ambos mandatos de la ex presidenta -salvo en 2009- el kirchnerismo tuvo mayoría oficialista en el Congreso.
Qué es el veto parcial y qué puede hacer el Congreso tras un veto
El veto parcial fue incorporado en la Constitución nacional después de su última modificación en 1994 y permite que el Ejecutivo pueda objetar una parte de la norma y no su totalidad. De esta manera, el Presidente puede promulgar parcialmente la parte no vetada, siempre y cuando esta no desvirtúe el espíritu del proyecto sancionado por ambas Cámaras.
“Por lo tanto, el (veto) total suele funcionar como un termómetro de la relación Gobierno-Congreso. En cambio, los vetos parciales llevan a equívocos, porque se debe tener en cuenta el contexto y exactamente qué fue lo vetado y porqué”, explicó en esta nota María Barón, directora ejecutiva global de la ONG Directorio Legislativo.
Así, según la metodología de medición señalada por las especialistas, la ex jefa de Estado es la que presenta menos vetos totales como porcentaje de las leyes sancionadas desde la restauración de la democracia, seguida por Néstor Kirchner (Frente para la Victoria) si sólo se consideran los mandatos cumplidos. Los presidentes que encabezan este ranking son Fernando De la Rúa (Alianza) y Eduardo Duhalde (Partido Justicialista).
Pero, ¿qué pasa después del veto? Como establece el artículo 83 de la Constitución nacional, después del veto el proyecto regresa a la primera Cámara donde comenzó su debate en el recinto (en este caso de tarifas, fue Diputados). Si se aprueba con dos tercios de los votos, pasa a la Cámara de revisión (si se introdujo en la Cámara de Diputados, la cámara de revisión es el Senado y viceversa).
En estos casos las votaciones son “nominales”, por sí o por no. Entonces, si en las dos Cámaras la mayoría de los presentes vota sí, el proyecto pasa al Ejecutivo para ser promulgado. En cambio, si las Cámaras difieren, el proyecto no podrá volver a debatirse en las sesiones de ese año. Por su parte, el Presidente no puede usar su poder de veto cuando el Congreso insiste con un proyecto previamente vetado.
A pesar de contar con la herramienta de la insistencia parlamentaria, el Parlamento raramente insiste en el tratamiento de los proyectos vetados. Según calculó el sitio El Parlamentario, en base a un relevamiento del Centro de Estudios Nueva Mayoría que dirige Rosendo Fraga, desde el regreso de la democracia hasta el 2016 sólo en 36 oportunidades el Congreso aprobó una ley que había sido vetada previamente.
“El porcentaje de las insistencias es siempre bajo porque se necesita de una mayoría calificada de los dos tercios de los miembros presentes en cada una de las Cámaras”, concluyó Mustapic.
Fecha de publicación original: 01/06/2018
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