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El Centro Cultural Néstor Kirchner, entre la ley porteña y la nacional

Se quebró la ley de la Ciudad, que exige que haya diez años entre el uso del nombre para un lugar público y el fallecimiento”, respondió el futuro titular del Sistema de Medios Públicos de la Nación, Hernán Lombardi, cuando en una entrevista en radio Del Plata le consultaron si durante el gobierno de Mauricio Macri buscarían cambiar el nombre del Centro Cultural Néstor Kirchner.

La Ley 83/1998 de la Ciudad es la que regula las condiciones que se deben cumplir para modificar o imponer nuevos nombres a los espacios públicos porteños. En su artículo 5, específicamente, establece que “en ningún caso deberán designarse calles o lugares públicos con nombres de personas antes de haber transcurrido diez años de su muerte”.

Sin embargo, como el edificio es de propiedad nacional (allí funcionaba el antiguo Correo Argentino) y no hay regulación específica a nivel nacional, a fin de 2012 el bloque del Frente para la Victoria (FpV) logró aprobar la Ley 26.794, que rebautizó con el nombre de “Presidente Dr. Néstor Carlos Kirchner” al Centro Cultural del Bicentenario. En este sentido, en la misma entrevista Lombardi anunció que el PRO enviará un proyecto al Congreso para restaurar “lo que el mismo Néstor Kirchner propuso, que se llamara Centro Cultural del Bicentenario”.

Comentarios

  • Roberto Alsina25 de noviembre de 2015 a las 3:37 pmNo es muy complicado... Lombardi, al decir que "viola la ley" estaba equivocado y/o mintiendo. Uno de los principios jurídicos básicos es que las leyes nacionales tienen prioridad sobre las locales. Si la ley nacional dice que se llama Nestor Kirchner, la ley municipal que dice lo contrario no se aplica.
    • Francisco26 de noviembre de 2015 a las 2:07 pmEh? te llevaste jurisdicciones a marzo, no?
    • Tito27 de noviembre de 2015 a las 1:22 pmArt 121 de la CN, las provincias conservan todo el poder no delegado. Art 126 de la CN nombra los poderes delegados, y no está el de dictar leyes locales. Ergo, la ley nacional no tiene valor.
      • Roberto Alsina27 de noviembre de 2015 a las 2:27 pmNO es una ley local. Es una ley nacional que dice que esa cosa se llama así.
        • Simon1 de diciembre de 2015 a las 12:06 pm"La Ley 83/1998 de la Ciudad"
        • Nacho1 de diciembre de 2015 a las 12:15 pmRoberto, si bien yo quiero que conserve el nombre de Nestor Kirchner, tu apreciación es incorrecta. La supremacía de leyes nacionales sobre las de caracter provincial requieren que existan dos regulaciones para que puedan ser comparadas. En este caso no hay regla específica en la legislación nacional, por ende la norma de la Ciudad no vulnera ninguna de ellas. En realidad la cuestión es si un edificio de propiedad nacional esta sujeto a las normas de caracter municipal.
      • Juan1 de diciembre de 2015 a las 12:10 pmEl terreno sobre el que se edificó el Centro era del dominio del Estado nacional, por expresa cesión de CABA (lo que ahora es CABA). Ergo, la ley nacional tiene valor y el terreno no está sometido a las leyes del municipio (salvo las de policía sanitaria, etc.). Las citas que hacés a artículos de la CN no tienen ningún sentido en este caso. PD: Igualmente, opino que el Centro debería tener otro nombre (se va a tener que cambiar por ley del Congreso).
    • Tinchopato1 de diciembre de 2015 a las 12:24 pmla ley nacional de transito no aplica en provincias con su porpia ley de transito ( ej Cordoba) tu principio basico juridico mepa que no va.
  • Alejandro25 de noviembre de 2015 a las 4:19 pm¿Cómo se sabe que ley aplicar? ¿Será de acuerdo a la ubicación del edificio o de quién es el propietario?
    • Pablo27 de noviembre de 2015 a las 9:34 amEn principio, al promulgarse la ley nacional 26.794, es legal llamarlo como se lo llama actualmente. El problema es que dicha ley viola o contradice una ley anterior, sin hacer referencia a ella como excepción. Desconozco la mecánica en el tema leyes. Pero si los nombres de las calles y los monumentos se establecen con fuerza de ley, para qué hay una ley "general" que indica el cómo?. Una ley contradice a otra (y estaría incorrecta) o establecería una excepción. Algún jurista que aclare?
      • Tito27 de noviembre de 2015 a las 1:24 pmNi es legal porque no es un poder delegado. La regla es el federalismo: las provincias conservan todo el poder no delegado, y nadie delegó dictar leyes locales.
        • Juan1 de diciembre de 2015 a las 12:12 pmTe equivocás: el edificio fue construido en un terreno que pertenece a la jurisdicción del Estado nacional, por expresa cesión del Estado municipal (CABA). La ley es legal. Es la misma situación en la que se encuentran los Parques Nacionales y los terrenos que pertenecen al ejército o a las universidades nacionales.
    • Tito27 de noviembre de 2015 a las 1:23 pmLa ley que vale en este caso es la local, según art 121, 126 y concordantes de la CN.
      • Roberto Alsina27 de noviembre de 2015 a las 2:28 pmSegun tu criterio, si un municipio saca una ordenanza diciendo que la esclavitud es legal, la esclavitud es legal. No funciona de esa manera. Si hay una ley nacional que contradice una ley local, la ley local no se aplica y punto.
        • Simon1 de diciembre de 2015 a las 12:07 pmLa esclavitud no puede ser legal porque es anti constitucional
        • martin1 de diciembre de 2015 a las 12:18 pmen transito no pasa eso, la ley nacional de transito no se aplica en las provincias que tienen su propia ley de transito ( ej Cordoba )
        • fsr1 de diciembre de 2015 a las 1:00 pmNo es del todo así. Hay atribuciones delegadas al gobierno nacional, que se rigen por leyes nacionales. Todas las demás, se rigen por leyes provinciales y/o municipales. PERO hay un detalle: ninguna constitución provinicial puede contener artículos que contradigan a la constitución nacional, ni se pueden redactar leyes que vayan en contra de la constitución. En este caso, sin embargo, el edificio es del estado nacional, por lo que estimo que se aplica la ley nacional, sin importar que esté dentro de la CABA. Personalmente me parece un absurdo total que se le ponga el nombre de un presidente recién fallecido. Encima el nombre del mismo presidente en miles de lugares distintos. Que aflojen un poco... Deberían renombarse muchas de las cosas que actualmente se llaman Nestor Kirchner.
      • Chelo28 de noviembre de 2015 a las 4:18 pmEs un edificio Nacional y es el Estado Nacional (ya sea mediante el poder ejecutivo y/o legislativo) determinar como denominarlo. El que este emplazado en la CABA es solo un mero detalle
    • Enrique de la Viña30 de noviembre de 2015 a las 3:20 pmEl edificio era del Correo Central, o sea nacional, por tanto la ley porteña no tiene jurisdicción sobre el edificio
  • NicoAA26 de noviembre de 2015 a las 1:41 amAmbos links llevan a la misma ley (la nacional). La ley 83/1998 de la Ciudad es esta: http://www.cedom.gov.ar/es/legislacion/normas/leyes/ley83.html
  • Jorge26 de noviembre de 2015 a las 2:10 pmSres de Chequeado. No es cierto que no existe ley nacional que establezca los Díez años mínimo para imponer un nombre a un lugar público. Sí existe dicha ley. Existe desde los años 1940 del siglo pasado. Habría que buscar en un Digesto de leyes nacionales vinculadas a los monumentos y lugares históricos. Vean a partir de la creación de la Comisión Nacional de Monumentos y Lugares Históricos Nacionales creo que es 1936 y que funciona en la sede del Cabildo.
    • Leonardo16 de agosto de 2018 a las 2:13 pmHabría que buscar el número de ley.
  • Francisco27 de noviembre de 2015 a las 9:45 amAsí como bajaron los KK los cuadros, monumentos, y demás instrumentos en general de los gobiernos dictatoriales; al no ser ningún procer Néstor Kirchner, deberán dejar sin efecto el nombre impuesto a cada centro cultural nacional, provincial y municipal, además, ni San Martín tiene tantos nombres impuestos cuando lejos está el primero de serlo, como se dice en el campo "lejos está el sombrero de la alparjata"...es una cuestión cultural. Más cuando su muerte le salvara de ser enjuiciado por los numerosos actos de corrupción al Sr. Kirchner , sin dudas deberán cambiar el nombre del Centro Cultural Néstor Kirchner, pues hoy no nos representa a más del 54 % de los Argentinos.-
    • Juan27 de noviembre de 2015 a las 1:41 pmSi quieren cambiarle el nombre, que lo hagan por ley, no por decreto. Sino me suena a proscripción.
  • Tito27 de noviembre de 2015 a las 1:25 pmSon horribles, Chequeado, lean la Constitución Nacional .
    • Juan1 de diciembre de 2015 a las 12:13 pmNo alcanza con sólo leer, hay que entenderla también.
  • Silvia27 de noviembre de 2015 a las 2:31 pmLa ciudad de bs as no es una prov es un Distrito Federal x eso no tiene constit si estatuto para cambiar el nombre necesitan derogar una ley los 2/3 de votos NK es un presidente democrático q es el responsable del resurgimiento del país de la peor crisis económica de su histórica si vienen a unir acepten al otro sino vienen a vengarse
    • Jorge27 de noviembre de 2015 a las 4:19 pmPor si estuviste en un tupper desde 1994, te cuento que ya no es más un distrito federal desde la reforma constitucional de ese año que la transformó en Ciudad Autónoma. Pasaron 21 años ya de eso; viene siendo hora de notarlo.
    • Leonardo16 de agosto de 2018 a las 2:19 pmDe hecho, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene Constitución propia.
  • Damián27 de noviembre de 2015 a las 4:16 pmTito, no delires. Tenés todo el derecho a que no te guste el nombre "Kirchner", pero no le hagas decir a las leyes lo que las leyes no dicen. Ni Lombardi utiliza el argumento (falso) de la ilegalidad del nombre. Justamente, lo que Lombardi dice es que el cambio, o no, del nombre lo deberá decidir el Congreso Nacional, con lo cual reconoce, implícitamente, que la cuestión no es competencia de ciudad.
    • Juan1 de diciembre de 2015 a las 12:14 pmCoincido.
  • Martín28 de noviembre de 2015 a las 3:27 amMe suena que hay interpretaciones diferentes de leyes, jurisdicciones, etc. Ergo, es materia judicial. Igualmente no veo el punto de la ley porteña de los 10 años. En USA se ha honrado a presidentes vivos con aeropuertos a sus nombres (Reagan y Bush) y no me parece mal.
    • Jp6 de enero de 2016 a las 10:13 pmSi la ley está vigente hay que respetarla aunque no se esté de acuerdo con su contenido
  • Enrique de la Viña30 de noviembre de 2015 a las 3:23 pmLa cuestión es tratar de sacar todo lo que recuerde a uno de los mejores presidentes de la Argentina porque los del prono van a llegar a nada de lo que hizo Kirchner

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