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La Rioja: el caso del anestesista y los límites de la objeción de conciencia

En los últimos días, después de la media sanción del Proyecto de Ley de interrupción voluntaria del embarazo, circuló en las redes sociales un posteo de Facebook de Facundo Segovia Barcena, médico anestesista de la provincia de La Rioja, donde anunció: “En mi guardia los abortos de haran SIN ANESTESIA” (sic).

Esta posición generó el rechazo del Ministerio de Salud provincial, que anunció que Segovia Barcena fue desafectado de su trabajo en el Hospital de la Madre el Niño.

En la actualidad, en esa provincia se cumplen los requisitos mínimos para realizar abortos legales en el marco de las causales fijadas por el Código Penal, ya que La Rioja adhirió al protocolo nacional de aborto no punible.

En relación a la objeción de conciencia, el proyecto de ley que obtuvo media sanción la semana última en la Cámara de Diputados determina que la/el profesional de la salud que no quiera practicar abortos deberá manifestar previamente su objeción, de manera individual y por escrito, ante la máxima autoridad del establecimiento en el que trabaje. Sin embargo, no podrá objetar la práctica en caso de que la mujer requiera atención médica inmediata e impostergable.

Para quienes dilaten u obstaculicen un aborto, el proyecto fija una pena de tres meses a un año de prisión e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena. Si por esas barreras la mujer no puede acceder a un aborto legal, la pena contra el profesional de la salud se elevará de uno a tres años.

Por otra parte, el proyecto determina que cada establecimiento deberá llevar un registro de profesionales objetores; y prohíbe la objeción institucional, es decir, que un establecimiento de salud entero se niegue a hacer abortos.

Este último ítem es resistido por una serie de clínicas privadas, entre las que se encuentran San Juan de Dios, San Camilo, Bazterrica, Santa Isabel, Del Sol, Fleni, Austral y Mater Dei. Estas instituciones “advirtieron que no practicarán abortos”, según informó la Agencia Informativa Católica Argentina (AICA).

Fecha de publicación original: 19/06/2018

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Comentarios

  • Walter Escalante19 de junio de 2018 a las 7:18 pmEse proyecto es una aberración jurídica, legal, moral y ética
  • Ignacio Gómez Garay23 de junio de 2018 a las 7:23 pmQuizás podamos discutir "aberración moral" si nos referimos a la moral cristiana. Discrepo en el caso jurídico, legal, y ético.
  • Noelia28 de junio de 2018 a las 8:16 pmPorque no se reducem los sueldos ustedes y asi si va a tener plata para pagar a todos den el ejemplos!!!!
  • MARCOS RODOLFO LILO29 de junio de 2018 a las 7:56 pm¿NO SERÍA ADECUADO QUE LOS POLÍTICOS SE SAQUEN LAS CARETAS Y TERMINEN CON LA HIPOCRESÍA DE SUS COMPORTAMIENTOS MORALES, CUANDO NO SE PUEDE, DESDE LOS CONTRIBUYENTES, SANCIONAR A LOS FUNCIONARIOS QUE INCUMPLEN DEBERES, DESCONOCEN LEYES, PRODUCEN LATROCINIOS INCONMESURABLES Y SE AUTOPROTEGEN EN UN FORMATO CORPORATIVO MISERABLE Y DESPRECIABLE? LA OBJECION DE CONCIENCIA ES UN DERECHO HUMANO Y ADEMAS CONSTITUCIONAL Y NO PUEDE SANCIONARSE AL GUSTO DE UNA BURRADA PARLAMENTARIA.

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