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Publicidad de planes sociales y una ley de acceso a la información

La Corte Suprema de Justicia ordenó al Estado, a través del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, a difundir los datos de transferencias a beneficiarios de planes sociales a partir de un pedido de acceso a la información realizado por el Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC) en 2008. Los principales diarios coincidieron en la cobertura y titularon de manera similar. La principal diferencia radicó en uno de los mandatos de la Corte: “Dictar urgentemente una ley que (…) regule de manera exhaustiva el modo en que las autoridades públicas deben satisfacer” el derecho de acceso a la información, sostiene el fallo. Clarín y La Nación priorizaron este pedido del máximo tribunal y lo mencionaron en la bajada de sus respectivos titulares, mientras que Página 12 y Tiempo Argentino no lo incluyeron en sus notas. El acceso a la información “ha sido objeto de regulación en casi 90 países“, sostiene el Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información. En la Argentina este derecho fue regulado con el Decreto 1172/03, que no alcanza al Poder Legislativo y al Poder Judicial, y 16 provincias han sancionado normas al respecto.

Comentarios

  • Mónica Baumgratz28 de marzo de 2014 a las 9:07 pmEsta acción de CIPPEC fue patrocinada por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC).

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