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¿Qué es un DNU?

Última actualización: 20/12/2023.

El presidente de la Nación, Javier Milei (La Libertad Avanza), anunció por cadena nacional la firma de un decreto de necesidad y urgencia (DNU) que dispone una masiva reforma de leyes y la desregulación de numerosos regímenes económicos. Pero, ¿qué es un DNU?

Un DNU es una herramienta prevista en el artículo 99 inciso 3 de la Constitución nacional para casos excepcionales. Si bien el texto constitucional establece que el Poder Ejecutivo Nacional no puede “emitir disposiciones de carácter legislativo”, aclara que “cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios” para la sanción de las leyes “podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia”. Es decir que en casos excepcionales se habilita al Ejecutivo a legislar sin pasar por el Congreso.

El DNU fue incorporado en la reforma constitucional de 1994, aunque ya se utilizaba en presidencias anteriores sin un marco regulatorio. En la práctica tiene carácter de ley, aunque para conservar su vigencia debe ser validado por el Congreso o no ser tratado por las cámaras. La Ley 26.122 estableció que el Parlamento no puede introducir modificaciones al decreto y la única manera de derogarlo es con el rechazo de ambas cámaras. Si el decreto no es rechazado automáticamente se presume su vigencia.

Los constituyentes, además, establecieron en la reforma que los DNU no pueden ser utilizados para temas penales, fiscales y electorales. Sin embargo, hay casos donde existe un debate al respecto. En 2019, por ejemplo, el entonces presidente de la Nación, Mauricio Macri, creó por decreto de necesidad y urgencia (DNU) un régimen de extinción de dominio, una herramienta para facilitar el recupero de bienes vinculados con delitos complejos, como los de corrupción y narcotráfico. El nuevo régimen fue anunciado en la Casa Rosada por el Presidente, quien destacó que “su aprobación es urgente y los proyectos del Congreso están estancados hace años”.

Tras el anuncio de Macri, el ex ministro de Justicia de la Nación, Germán Garavano, aclaró que la extinción de dominio no era una reforma penal sino un avance en materia civil, aunque la oposición y varios especialistas (ver acá y acá) sostuvieron lo contrario y cuestionaron la validez constitucional de la medida.

 

Actualización 20/12/2023: se agregó el anuncio del presidente Javier Milei por cadena nacional.

Fecha de publicación original: 22/01/2019

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Comentarios

  • Verónica18 de mayo de 2021 a las 10:35 amPerdón, Uds no se actualizan? hoy 18 de mayo tenemos un presidente que firmó 76 DNU, en un año más que el presidente anterior en 4 años e ilustran una nota que se llama ¿Qué es un dnu con la foto del presidente anterior? Es difícil considerarlos objetivos y confiables.
  • Alex5 de noviembre de 2021 a las 6:52 pmEn caso de ser así.¿Que se puede argumentar legalmente para ni acatar el DNU del PEN?
  • Oliva pablo javier20 de mayo de 2024 a las 12:01 amPobre pais dios mio cualquiera es presidente

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