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FrasesFalso
La afirmación ha demostrado ser falsa, al ser contrastada con las fuentes y datos más serios y confiables.

Peña: “En la Ciudad de Buenos Aires la litigiosidad cayó el 85% [después del cambio en la ley de ARTs]”

En el marco del último almuerzo del Consejo Interamericano de Comercio y Producción, el jefe de Gabinete de Ministros, Marcos Peña, se refirió a los desafíos y los logros del Gobierno de Cambiemos en sus primeros dos años de gestión. En relación a este último aspecto, mencionó la nueva Ley Complementaria del Régimen de Riesgos de Trabajo y señaló: “En aquellas provincias que adhirieron ya se ven los resultados, como la Ciudad de Buenos Aires, con una caída del 85% de la litigiosidad”. Pero, ¿qué dicen los datos?

Desde febrero de 2017 rige la nueva ley de Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART), que establece una instancia previa obligatoria al juicio laboral -las comisiones médicas-, en donde se plantean los reclamos y se puede llegar a un acuerdo entre el trabajador y su empleador y/o la ART, y evitar el proceso formal en la Justicia.

De acuerdo con los datos oficiales de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT), de los tres mil casos que pasaron por la comisión médica en la Ciudad, un promedio del 90% se resolvió antes de llegar a juicio. Sin embargo, entre marzo y octubre de 2017 (último disponible) en la Capital también se presentaron más de 35 mil reclamos que fueron directamente a la Justicia.

La cantidad de juicios laborales  que se iniciaron el año pasado en la Ciudad desde la sanción de la ley son menos que en el mismo periodo del año anterior, aunque la caída fue del 13% y no del 85% como dijo Peña.

Al mismo tiempo, en la Provincia de Buenos Aires, que no adhirió al nuevo sistema hasta 8 de enero de 2018, los juicios laborales entre marzo y octubre de 2017 fueron 51% más que en el mismo periodo del 2016.

Es que la nueva legislación requiere que los Estados provinciales se adhieran al régimen nacional y hasta la publicación de esta nota, sólo 10 de las 23 provincias lo habían hecho, entre ellas Buenos Aires, aunque solo desde enero último. En la Ciudad de Buenos Aires, por su parte, también está vigente desde la sanción de la ley a nivel nacional.

Consultado por Chequeado, el equipo de Comunicación de la Jefatura de Gabinete señaló que, de acuerdo con datos oficiales de la SRT, con la implementación del nuevo sistema, entre marzo y el 13 de diciembre en la Ciudad se atendieron más de tres mil trámites. Al pasar por las comisiones médicas, los trámites de valoración de daño de un accidente o enfermedad laboral se aprobaron en un 97% y en los casos en los que el accidente puede haber causado algún grado de incapacidad, se convalidaron el 85%. Esto quiere decir que en la mayoría de los casos, como las partes acordaron en esta instancia, no fueron a juicio.

Sin embargo, estos tres mil trámites son solo una parte del total de los reclamos iniciados por trabajadores, ya que en más de 35 mil casos los trabajadores acudieron de todas maneras directamente a la Justicia, sin pasar por las comisiones médicas, de acuerdo con datos de la misma SRT.

Esto se debe a que, a pesar del cambio de legislación, no todos los reclamos se iniciaron en las comisiones médicas. “Hay un número muy importante de juicios que en la Capital Federal se inician directamente ante la Justicia del Trabajo planteando la inconstitucionalidad del procedimiento diseñado por la Ley 27.348”, señaló a este medio Mario Ackerman, profesor emérito y director de la Maestría en Derecho del Trabajo de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.

Por su parte, Miguel Ángel Maza, juez de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de la Capital Federal, señaló a Chequeado que “además de los reclamos que pasaron por las comisiones médicas, se iniciaron miles de juicios en tribunales por distintas razones”.

Entre algunos de esos motivos, el magistrado indicó que se apeló directamente a la Justicia “por desconfianza (fundada o no) en las comisiones médicas, para buscar informes médicos en juicio que pueden dar más incapacidad o porque la Ley 27.348 no es obligatoriamente aplicable a los accidentes ocurridos antes de que la ley entrara en vigencia”.

“Otros, que buscan que se reconozca un daño psicológico, apelan a los tribunales porque la mayoría de los jueces lo aceptan con más amplitud que las comisiones médicas”, agregó Maza.

Los datos señalan que la litigiosidad en la Ciudad se redujo mes a mes entre febrero – último mes antes de la entrada en vigencia de la nueva legislación – (6.383 juicios) y octubre (3.481 juicios) de 2017, un 45%. Sin embargo, este cambio tuvo repercusiones en otros distritos.

“Se observa una merma de los juicios, aunque no del 85%, exclusivamente en las demandas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Sin embargo, no es una reducción real: en rigor, migraron a los Tribunales de la Provincia de Buenos Aires, donde se registra un aumento de la litigiosidad más o menos equivalente a la merma de Capital Federal”, agregó Maza.

Efectivamente, en la Provincia de Buenos Aires, en febrero de 2017 se iniciaron 1.649 juicios y en octubre del mismo año, 3.450; un 109% más. Porque, si bien la ley rige en la Ciudad desde su sanción a nivel nacional, en la provincia gobernada por María Eugenia Vidal recién se entró en vigencia el 8 de enero de 2018.

Por último, especialistas señalan que el impacto de esta nueva legislación en los trabajadores es ambiguo. “Por un lado, puede considerarse que se beneficiaron con la mayor celeridad que genera el nuevo sistema para el acceso a las prestaciones del sistema”, consideró Ackerman, y agregó: “Por el otro, esa mayor celeridad suele venir acompañada por una limitación para discutir el monto de sus acreencias porque, de no aceptar el ofrecimiento que le haga la ART ante las comisiones médicas, que le asegura un cobro inmediato, su única alternativa es la vía judicial.”

 

La frase de Marcos Peña que impulsa esta nota fue buscada de manera automática por Chequeabot, el nuevo sistema de automatización en el que trabaja Chequeado, y luego elegida por periodistas.

Fecha de publicación original: 25/01/2018

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Comentarios

  • Bernardina26 de enero de 2018 a las 12:09 amSiempre el trabajador gana,nunca se recibe un beneficio el trabajador,lo empleadores hacen lo que quiere con los empleados,no ven el dr.Triaca lo tenía en negro a su empleada no fue ejemplo.
  • carlos27 de enero de 2018 a las 5:47 pmClarisimo, Bernardina.
  • carlos27 de enero de 2018 a las 6:12 pmPeña se empeña en beber Peñaflor...
  • Carlos5 de febrero de 2018 a las 7:37 pmEste sitio pretende presentar una mirada objetiva sobre las declaraciones de las diferentes figuras políticas. Pero existe una moralidad implícita en rescatar algunas afirmaciones como ciertas o no. Se valora positivamente si la afirmación resulta "verdadera". Imaginemos que Hitler hubiese afirmado en algún momento "Mejoramos un 20% la efectividad de nuestros campos de exterminio respecto del año pasado". Chequeado hubiese verificado esa información con un artículo? Para qué? O para quiénes? A quién le sirve que deje de existir "litigiosidad" en los juicios laborales? (por no mencionar que ya existe un sesgo al decir "litigiosidad" en lugar de "ejercicio de derechos laborales"). Qué porcentaje de la población económicamente activa se beneficia si esta afirmación de Peña resultase cierta?
  • Juan16 de febrero de 2018 a las 1:21 amEl sistema Laboral Argentino, donde se consagra como una figura sacrosanta al trabjador es el cáncer del propio sistema. Vale decir que detrás de aparente consigna buena -como bien puede ser los derechos del trabajador- se esconde y escuda toda la escoria, como el total del sindicalismos, que debería desaparecer para avanzar hacia agrupaciones mixtas, para garantizar el primer derecho del trabajador que es a trabajar. En esta línea de ideas basta decir como cabal ejemplo el partido NAZI se llamaba "Partido Nacional Socialista DE LOS TRABAJADORES". Debe acabarse de una vez y para siempre con el verticalismo normativo que igual a un comercio con una transnacional para el tratamiento legal del derecho laboral así como como establecer mínimos, pues es perfectamente razonable que el sueldo se pacte entre empleador y empleado, y que los empleados más capaces sean los mejores pagados, esto equivale a exaltar una "meritocracia" laboral. También debe aceptarse sin reparaos un registro público de litigiosidad Laboral del mismo modo que hay registros financieros públicos sobre cualquier persona, ya que todo empleador debe tener la plena libertad y certeza del historial litigioso de toda persona, llevando el sistema a una reforma similar a la realizada en Brasil, pero con implementaciones más a fondo, lo que redundará en que más gente quiera contratar y desde luego en la drástica del desempleo. También deberían limitarse las indemnizaciones a no más de 2 sueldos por todo concepto, para exterminar la industria del juicio laboral y la voluntad de un gran sector que no quiere trabajar y sólo busca "salvarse" con un juicio a costa de todo el patrimonio de su empleador, obligando a ese pobre comerciante a tener que llevar todo tipo de acciones para evitar -por cualquier medio- el pago de un juicio laboral, lo que debe considerarse como una acción patriótica. De esta manera Argentina comenzará a dar los primeros pasos para ser un país serio y terminar de una vez por todas con el populismo.

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