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Verificaciones FacebookFalso
La afirmación ha demostrado ser falsa, al ser contrastada con las fuentes y datos más serios y confiables.

No, no se puede circular únicamente con la cédula verde vencida sin ser el propietario del automotor

Circula por redes sociales un video en donde Rubén Tamis, técnico en seguridad vial e instructor de agentes de tránsito en la provincia de Misiones, afirma durante un programa del Canal 6 de Posadas que no se le puede impedir la circulación a un tercero a pesar de que esta persona no posea la cédula azul ni la cédula verde vigente del vehículo que maneja. Sin embargo, esto es falso. Según la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA) y el Observatorio Vial Latinoamericano (OVILAM), la ley vigente determina que los terceros deben portar la cédula azul como condición obligatoria para circular cuando la cédula verde del propietario del automotor se encuentre vencida.

El video fue compartido más de 100 mil veces en Facebook y tiene más de 300 mil reproducciones -según los datos de las publicaciones-. También circuló entre los usuarios de Whatsapp, que lo enviaron al número de Chequeado (+1136790690).

Chequeado se contactó con Tamis para conocer la fuente de sus dichos. Su error proviene de la lectura de un artículo antiguo de la Ley Nacional de Tránsito y de una incorrecta interpretación de las normas vigentes, según las fuentes especializadas a las que consultó este medio.

El artículo 40 de la anterior Ley de Tránsito -sancionada en 1994- en “requisitos para circular” ordenaba que era necesario portar la cédula de identificación del vehículo estuviese la misma “vencida o no”. Sin embargo, esta última expresión fue vetada por el Decreto N°179/95.

Por otro lado, en la última modificación de la Ley de Tránsito, realizada en 2018, se destaca que la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA) posee las facultades para establecer distintos tipos de cédulas de identificación de automotores y fijar sus respectivos plazos de vencimiento.

En su página oficial, la DNRPA publicó un recordatorio sobre los usos de ambas cédulas (verde y azul). Además, allí se pueden consultar los artículos que regulan sus características (ver acá y acá). En ellos se destaca que, para el titular del vehículo, la cédula verde no tiene vencimiento pero que, si el automotor es conducido por una persona que no es la titular, esta cédula verde tiene vigencia de un año y, a partir de ese momento, el tercero podrá seguir circulando siempre y cuando tenga una cédula azul.

Esta información fue también confirmada a este medio por el área de Comunicación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), organismo creado en 2008 con la finalidad de reducir la tasa de siniestros viales en todo el territorio nacional mediante la aplicación de políticas de promoción, coordinación, control y seguimiento en materia de seguridad vial.

Finalmente, ante la consulta de Chequeado, Fabián Pons, director del OVILAM, destacó que la cédula verde sirve para que uno pueda demostrar quién es legítimo poseedor del bien automotor. Si alguien roba un auto junto con la cédula verde vencida del propietario y la policía le pide los documentos (cédula azul) y no los tiene, debe detener el vehículo porque el conductor no posee autorización para manejarlo. De otra manera, cualquier persona con un auto robado podría circular libremente.

 

Este chequeo es parte de la iniciativa Third Party Fact-checker de Facebook en la Argentina. En los casos de fotos y videos trabajamos con imágenes trucadas o sacadas de contexto y siempre analizamos en conjunto las imágenes junto con el texto con el que fueron presentadas.

Fecha de publicación original: 08/02/2019

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Comentarios

  • Susana22 de septiembre de 2022 a las 1:09 amTengo tarjeta verde vencida título y 08 firmado. Pero no puedo hacer la transferencia . Hasta que lo termine de pagar Puedo circular
  • Manuel Alfredo16 de octubre de 2022 a las 11:13 pmAquí registro Andalgala,Catamarca,compro el auto de contado hago todos los papeles el registro no me los entrega si no voy y pago la patente.
  • Manuel Alfredo16 de octubre de 2022 a las 11:19 pmOtra,! compro la moto en prov.Entre Ríos y hacemos la transferencia,para ello el dueño vendedor paga todo el año la patente. Llega al registro de Andalgala Catamarca no me entregan la documentación sino pago aquí nuevamente la patente es decir este año mi moto pago 2 veces la patente la explicación del registro es que rentas es provincial no esta globalizada ..realmente vergonzoso
  • roberto carlos12 de enero de 2023 a las 10:45 ambuenas .el titular no quiere firmar porque otro le quedo deviendo plata .entonces yo selo compre a otro y haora no quiere firmar .la cedula del auto vencio a se 2 meses .yo quiero tranferir pero el titular no quiere firmar asta que el otro no le pague .yo ne secito tranferirlo como siguiria esto sino firma
  • Jorge15 de enero de 2023 a las 9:53 amHola buenos días el viernes me pararon en quilmes con la camioneta de la empresa que figura a nombre de la empresa como titular y me informa la persona que me para que si la cédula verde está vencida y no tengo autorización para circular me podrían sacar la camioneta. ¿Cómo puede circular un coche de alquiler entonces?
  • Marcelo30 de enero de 2023 a las 4:28 pmNO LE BUSQUEN LOGICA A ESTE TEMA... LE PUSIERON VENCIMENTO PARA TENER OTRA CAJA CON MILLONES DE PESOS.
  • Manuel fernandez7 de junio de 2023 a las 5:24 pmHola compré una moto hace una semana tiene la cédula vencida dice 2018 vencida y tengo que hacerle la policial mí pregunta es tengo todos los papeles de la moto la cédula vencida y mí registro de conducir vigente si llevo la moto en un transporte como camioneta con remolque de moto me lleva un amigo o sea no círculo igual me multan ? Si no estoy andando en el vehículo o así llegue caminando solo lo estoy remolcando al lugar para hacerle un trámite sin romper las reglas....se puede hacer o igual me sacan plata con multa o el vehículo ???
  • Diego16 de julio de 2023 a las 3:15 pmBuenas tardes. ¿Con los vehículos de alquiler cómo se hace? Gracias.
  • Matias12 de marzo de 2024 a las 5:56 pmHola lo mío sería una queja no? Osea q el estado me condiciona a mi... A quien puedo o no prestarle o darme mi vehículo? Ose q si llega un amigo o pariente q hace mucho q no veo no le puedo prestar un bien mío? Un bien q c considera propiedad privada? Me parece q estamos errados no? Es lo mismo q le pidan una escritura a todos los q quieran entrar a mi casa q cosa no? Todo para facturar más!!! Es fácil mientras tenga seguro y carnet el q maneja ta todo bien.... La policía tiene medios para saber si es robado o no!!! Ya somos grandes con el mismo celular lo saben

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