Skip to content
Esta nota tiene más de un año

“Dólar futuro”: claves de la causa en la que están acusados CFK y Kicillof

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • La Vicepresidenta declaró ante la Cámara de Casación Penal, que debe definir sobre los pedidos de sobreseimiento de los imputados antes del juicio oral.
  • La causa se inició en 2015 por una denuncia de los diputados opositores Federico Pinedo y Mario Negri, y en 2016 el juez Claudio Bonadio procesó a Fernández de Kirchner.
  • Las defensas se concentran en un informe elaborado por los peritos de la Corte Suprema, aunque el Tribunal Oral sostiene que las pruebas se deben analizar en el debate oral y público.

La vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, declaró hoy ante la Cámara Federal de Casación Penal en la causa conocida como “Dólar futuro”, un expediente en el que está procesada por presunta administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. Este tribunal debe resolver sobre los pedidos de sobreseimiento de los imputados. En esta nota, te contamos el origen de la causa y su situación.

El origen

Los entonces diputados nacionales Federico Pinedo (PRO) y Mario Negri (UCR) denunciaron en octubre de 2015 al entonces presidente del Banco Central de la República Argentina (BCRA), Alejandro Vanoli, y a su directorio por “defraudación por infidelidad en perjuicio de la administración pública”. Se los denunció por un perjuicio al BCRA por una mala instrumentación de las operaciones de venta de dólar futuro.

La operatoria denunciada por los legisladores fue la siguiente: se acusó al Banco Central de vender dólares a futuro a precios por debajo de la cotización ($ 10,65 a cobrar en marzo) que tenían estos mismos contratos en el mercado de Nueva York, donde se vendían en el momento de la denuncia a un precio de entre 14 y 15 pesos. El valor acordado por el Central era incluso, según la acusación de Pinedo y Negri, más bajo que la cotización del “dólar ahorro” (el dólar oficial, que en ese momento se encontraba a $ 9,55, más el 20%).

¿Qué es el dólar futuro?

Se trata de un contrato en pesos donde 2 partes fijan el valor de un activo, en este caso del dólar, en una fecha futura determinada. Cuando llega esa fecha, el vendedor o el comprador pueden obtener una ganancia o una pérdida, según la cotización oficial de la divisa sea mayor o menor al precio del contrato.

Vale aclarar que cuando el acuerdo vence no se paga en dólares sino en pesos. En la Argentina, este tipo de “contratos de futuros” (además de los contratos de dólares, también existen los de materias primas) operan en el Mercado de Rosario o ROFEX o en el Mercado Abierto Electrónico o MAE, 2 sociedades anónimas autorizadas para realizar este tipo de operaciones financieras por la Comisión Nacional de Valores (CNV). El BCRA opera a través de ambos mercados.

El avance de la causa

El caso tramitó en el Juzgado federal N° 11, que ocupó hasta su muerte Claudio Bonadio. En mayo de 2016, el magistrado procesó a la actual vicepresidenta y a otros funcionarios del área económica de su Presidencia, como Axel Kicillof (ex ministro de Economía), Alejandro Vanoli (ex titular del Banco Central) y Cristian Girard (ex presidente de la Comisión Nacional de Valores).

El procesamiento fue confirmado por la Cámara Federal porteña y en marzo de 2017 Bonadio elevó la causa a juicio oral. Desde entonces, interviene el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1. Este tribunal está integrado por José Michilini y Antonio Basílico, mientras que María Gabriela López Iñíguez interviene en calidad de subrogante por la excusación del magistrado Adrian Grunberg.

¿Empezó el juicio?

Aún no. El Tribunal Oral realizó una instrucción suplementaria y, a pedido de los imputados, solicitó al Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) un peritaje para determinar si la operatoria investigada ocasionó un verdadero perjuicio para el Banco Central. 

Tras la realización del informe, las defensas de algunos de los imputados solicitaron al Tribunal el sobreseimiento antes de que comenzara el debate oral y público. Según los letrados, el peritaje mostraba que no había ningún perjuicio para el erario público ni para el Banco Central y los resultados reflejaban la inexistencia de delito.

El Tribunal Oral, por 2 votos a 1, rechazó el pedido. “No nos adentraremos en la valoración de los argumentos vertidos por las partes, pues (…) versan sobre cuestiones de hecho y prueba que cuyo análisis es propio de la etapa de debate oral y público; debiendo ser esa la oportunidad en que sean ventilados, con la amplitud propia de dicha etapa procesal”, señaló la mayoría.

Grunberg, por su parte, señaló que el peritaje “constituye la prueba novedosa que, sin margen de duda alguna, echa por tierra la acusación e impone concluir en la inexistencia de delito en el marco de la presente causa y la innecesariedad de la celebración del debate”. Tras el fallo, este magistrado se excusó de intervenir en el juicio.

Las defensas apelaron el fallo del Tribunal y ahora la Sala I de la Cámara de Casación, ante la que hoy declaró la vicepresidenta, debe definir el futuro del expediente.

Temas

Comentarios

Valoramos mucho la opinión de nuestra comunidad de lectores y siempre estamos a favor del debate y del intercambio. Por eso es importante para nosotros generar un espacio de respeto y cuidado, por lo que por favor tené en cuenta que no publicaremos comentarios con insultos, agresiones o mensajes de odio, desinformaciones que pudieran resultar peligrosas para otros, información personal, o promoción o venta de productos.

Muchas gracias

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *