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Nuevo Código Civil y Comercial: qué dice sobre las relaciones de pareja

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • En agosto de 2015 entró en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
  • Reemplazó al Código Civil que estaba vigente desde 1871.
  • Dos especialistas en Derecho de Familia analizan los principales cambios que introdujo la norma vigente, especialmente para las uniones convivenciales.

Última actualización: 22/09/2022

El Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN) establece los principios sobre los que se basan las relaciones familiares. Y ordena muchos temas que antes estaban dispersos en diferentes convenciones internacionales de Derechos Humanos de las que la Argentina es parte, como la Convención de los Derechos del Niño, por ejemplo. Uno de los mayores cambios que trajo el Código Civil es en las relaciones de pareja, especialmente para aquellas que no están casadas aunque tienen un proyecto de vida en común (llamados convivientes).

¿Qué establece el Código promulgado en 2015?

Una novedad es que da instrumentos legales a las parejas que no están casadas, con las consiguientes protecciones en caso de ruptura. El Código derogado en 2015 tenía muchas limitaciones porque el modelo de familia que protegía y regulaba era acotado a aquellas familias armadas bajo el matrimonio, con pocos o ningún derecho a aquellas parejas que no se casaban.

Actualmente, se reconocen efectos jurídicos a las uniones de personas de igual o distinto sexo que tengan un proyecto de vida en común y que mantengan la convivencia por  lo menos dos años. Estas parejas pueden realizar pactos sobre cómo se resolverán ciertos temas económicos entre ellos si la relación termina e incluso durante la convivencia.

A su vez, las parejas que se casan ya no solo tienen que aceptar el régimen de comunidad de bienes (sistema que básicamente hace que los bienes que ingresan al matrimonio sean de la sociedad conyugal y al divorcio se dividan por mitades los que queden para repartir), sino que ahora pueden optar por un régimen de separación de bienes (lo que tenga y gane cada uno permanece en su patrimonio).

Otra novedad legislativa importante desde la aprobación del nuevo Código es la figura de la compensación económica. Puede pedir esta compensación quien, por ejemplo, conviviendo con su pareja (casado o no) haya dedicado su tiempo a las tareas de cuidado de los hijos o familiares que vivían con ellos, o al conviviente, o a su negocio o emprendimiento. La persona que se ocupó en este trabajo sin valor económico pero en beneficio del proyecto familiar, al final de la relación puede encontrarse sin recursos materiales para hacerse cargo de sí mismo cuando el aporte del otro ya no esté y quizás se presente con dificultades para insertarse en el mercado laboral. La modalidad para esta compensación económica depende de cada caso, pero puede ser la posibilidad de disponer de una parte del sueldo del otro, la renta de un bien propio o una suma de dinero, o la entrega de un bien.

Esta figura se aplica también en el caso de los matrimonios, aunque no es tan novedosa puesto que con la legislación anterior ya existían ciertos derechos, mientras que no era así para los convivientes, que quedaban totalmente desprotegidos al final de la relación.

Por otro lado, con el nuevo Código las personas casadas pueden divorciarse sin tener que esperar años de separación o el acuerdo de ambos, o establecer quién es el culpable. Ya no le importa a la ley que estas cuestiones se debatan ante la Justicia. Lo que importa ahora es que las consecuencias del divorcio se puedan resolver de la manera más justa posible. Y esto es ocuparse de resolver aquello que seguirá vigente después de la ruptura: las cuestiones relacionadas con los hijos y los temas económicos.

El CCCN reconoce también que hay distintas maneras de tener hijos. Además de la adopción o la naturaleza, puede recurrirse a técnicas de reproducción humana asistida para tenerlos. Este es un cambio importante que introduce el Código para que las complejas situaciones que se presentan en este ámbito estén mejor cuidadas, siempre pensando en el futuro interés del niño o niña en cuestión.

Para finalizar esta enumeración, que no es exhaustiva, podemos mencionar que el nuevo Código reconoce la igualdad de la madre y del padre en la elección del apellido de los hijos. A partir de 2015, al momento de la inscripción de un hijo recién nacido, puede optarse por hacerlo con el nombre de una o de otro en forma indistinta y sin preferencias. En caso de que no logren ponerse de acuerdo, la decisión se somete a sorteo.

 

Actualización: esta nota fue actualizada el 22/09/2022.

Fecha de publicación original: 13/08/2015

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Comentarios

  • Analia Egea15 de mayo de 2020 a las 7:25 amEstuvimos como 20 años juntos
  • Mariana15 de mayo de 2020 a las 9:07 amTe comento mí papá quiere hacer la escritura de la casa,que en su momento compró estando casa , pero sin convivir , después de 25 años se divorcia ,su ex pareja se casa con otro hombre aún así le corresponde a ella firmar en la escritura??
  • diana15 de mayo de 2020 a las 10:02 pmEstoy muy emocionado de compartir mi testimonio de un verdadero lanzador de hechizos que me trajo a mi esposo. Mi esposo y yo llevamos casados ??unos 9 años. Estábamos felizmente casados ??con tres hijos, 2 niños y una niña. Hace 2 meses, comencé a notar un comportamiento extraño de él y unas semanas más tarde descubrí que mi esposo está viendo a otra persona. Comenzó a llegar tarde a casa del trabajo, ya casi no se preocupaba por mí ni por los niños, hice todo lo posible para rectificar este problema, pero todo fue en vano. Me preocupé mucho y necesitaba ayuda. Un día, mientras navegaba por Internet, me encontré con un sitio web que sugería que el hechicero puede ayudar a resolver problemas matrimoniales, restaurar relaciones rotas, etc. Entonces, sentí que debería intentarlo. Me puse en contacto con él y le conté mis problemas y él me dijo qué hacer y lo hice e hizo un hechizo por mí. 24 horas después, mi esposo vino a mí y se disculpó por los errores que cometió y prometió no volver a hacerlo. Desde entonces, todo ha vuelto a la normalidad. Mi familia y yo volvemos a vivir juntos felices. Todo gracias al Dr. hechicero Hechizo de amor poderoso que realmente funciona. Si tienes algún problema contacta con él y te garantizo que él te ayudará. Él no te decepcionará. Envíele un correo electrónico a [email protected]
  • Ana Paula17 de mayo de 2020 a las 8:59 amHola buen día, no estamos casados pero tenemos cuatros hijos en común uno menor de 4 y dos de 12 y una de 15. Llevamos hace un año y medio separados y yo a cargo de los peques. Tuve en todo este tiempo agresiones verbales y una vez me pegó. Ahora me dice que se va a llevar a mis hijos a vivir con él. Que es lo que tengo que hacer. Las nenas no quieren ir con el, el varón es menor de edad. Él me dice que la ley la va imponer él. Sea como sea. Espero una respuesta. Gracias. Necesito ayuda para saber cómo manejarme
  • Patricia17 de mayo de 2020 a las 12:19 pmHola soy Patricia, mi pareja hace 8 años q está separado de hecho. Queremos comprar una casa, quiero saber si puede estar a nombre de los 2 ? Gracias
  • Isabel20 de mayo de 2020 a las 8:16 amHola, vivo con mi pareja desde hace 4 años pero desde hace 2 vivimos en un piso de alquiler que va todo a su nombre , estamos los dos divorciados y convive un hijo menor que es mio con nosotros...desde hace unos meses no encuentro trabajo y el esta haciéndose cargo de todos los pagos pero siempre de malas maneras y no quiere que vaya nada a mi nombre para poder pedir ayudas que es la solución que le planteo yo de momento hasta que encuentre algún trabajo...debo decir también que mientras yo trabajo los gastos son siempre a medias...desde hace algún tiempo me amenaza con hecharnos sabiendo que no tengo donde ir...puede hacerlo?
  • Pamela21 de mayo de 2020 a las 1:33 pmBuenas tardes mi mamá estaba conviviendo con su pareja (el separado hace 20 años de palabra) el falleció a mi mamá le corresponde la pensión o solo a la esposa de papeles
  • Soraya cuenca21 de mayo de 2020 a las 11:19 pmHola yo estoy separada de mi esposo ya 9 años y no tengo ningun contacto con el tenemos dos niños al cual el no le pasa pencion alimenticia a pesar de q tiene el juicio de alimentos como puedo hacer para divorciarme por davor
  • Cecilia Hernández21 de mayo de 2020 a las 11:22 pmBuenas noches, en mi caso mantuve una relación a distancia con mi novio 2 años 2 meses y él no me permitía trabajar, a cambio yo era la que hacía las facturas ,checaba los tratos a sus animales (veterinaria, alimentación, cuidado) así como compraba las cosas que necesitaba al igual adquirimos un terreno el cual era base para nuestro patrimonio. No sé cómo actuar en mi caso ya que es muy agresivo y no quiere dejarme nada (compensación económica) y en estos casos me dejaría desprotegida (sin trabajo,ni dinero) ¿Pueden aconsejarme?
  • Rosa velazquez23 de mayo de 2020 a las 4:43 pmHola mi duda es ..por que tengo un hermano que es casado legalmente..pero se separo pero no legalmente..el vive conmigo . resulta que estubo en pareja hace poco esta misma quedo embarazada ..pero lo dejo a mi hermano ..quiero saber si ella tiene derechos

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