Skip to content
Esta nota tiene más de un año

Nuevo Código Civil y Comercial: qué dice sobre las relaciones de pareja

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • En agosto de 2015 entró en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
  • Reemplazó al Código Civil que estaba vigente desde 1871.
  • Dos especialistas en Derecho de Familia analizan los principales cambios que introdujo la norma vigente, especialmente para las uniones convivenciales.

Última actualización: 22/09/2022

El Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN) establece los principios sobre los que se basan las relaciones familiares. Y ordena muchos temas que antes estaban dispersos en diferentes convenciones internacionales de Derechos Humanos de las que la Argentina es parte, como la Convención de los Derechos del Niño, por ejemplo. Uno de los mayores cambios que trajo el Código Civil es en las relaciones de pareja, especialmente para aquellas que no están casadas aunque tienen un proyecto de vida en común (llamados convivientes).

¿Qué establece el Código promulgado en 2015?

Una novedad es que da instrumentos legales a las parejas que no están casadas, con las consiguientes protecciones en caso de ruptura. El Código derogado en 2015 tenía muchas limitaciones porque el modelo de familia que protegía y regulaba era acotado a aquellas familias armadas bajo el matrimonio, con pocos o ningún derecho a aquellas parejas que no se casaban.

Actualmente, se reconocen efectos jurídicos a las uniones de personas de igual o distinto sexo que tengan un proyecto de vida en común y que mantengan la convivencia por  lo menos dos años. Estas parejas pueden realizar pactos sobre cómo se resolverán ciertos temas económicos entre ellos si la relación termina e incluso durante la convivencia.

A su vez, las parejas que se casan ya no solo tienen que aceptar el régimen de comunidad de bienes (sistema que básicamente hace que los bienes que ingresan al matrimonio sean de la sociedad conyugal y al divorcio se dividan por mitades los que queden para repartir), sino que ahora pueden optar por un régimen de separación de bienes (lo que tenga y gane cada uno permanece en su patrimonio).

Otra novedad legislativa importante desde la aprobación del nuevo Código es la figura de la compensación económica. Puede pedir esta compensación quien, por ejemplo, conviviendo con su pareja (casado o no) haya dedicado su tiempo a las tareas de cuidado de los hijos o familiares que vivían con ellos, o al conviviente, o a su negocio o emprendimiento. La persona que se ocupó en este trabajo sin valor económico pero en beneficio del proyecto familiar, al final de la relación puede encontrarse sin recursos materiales para hacerse cargo de sí mismo cuando el aporte del otro ya no esté y quizás se presente con dificultades para insertarse en el mercado laboral. La modalidad para esta compensación económica depende de cada caso, pero puede ser la posibilidad de disponer de una parte del sueldo del otro, la renta de un bien propio o una suma de dinero, o la entrega de un bien.

Esta figura se aplica también en el caso de los matrimonios, aunque no es tan novedosa puesto que con la legislación anterior ya existían ciertos derechos, mientras que no era así para los convivientes, que quedaban totalmente desprotegidos al final de la relación.

Por otro lado, con el nuevo Código las personas casadas pueden divorciarse sin tener que esperar años de separación o el acuerdo de ambos, o establecer quién es el culpable. Ya no le importa a la ley que estas cuestiones se debatan ante la Justicia. Lo que importa ahora es que las consecuencias del divorcio se puedan resolver de la manera más justa posible. Y esto es ocuparse de resolver aquello que seguirá vigente después de la ruptura: las cuestiones relacionadas con los hijos y los temas económicos.

El CCCN reconoce también que hay distintas maneras de tener hijos. Además de la adopción o la naturaleza, puede recurrirse a técnicas de reproducción humana asistida para tenerlos. Este es un cambio importante que introduce el Código para que las complejas situaciones que se presentan en este ámbito estén mejor cuidadas, siempre pensando en el futuro interés del niño o niña en cuestión.

Para finalizar esta enumeración, que no es exhaustiva, podemos mencionar que el nuevo Código reconoce la igualdad de la madre y del padre en la elección del apellido de los hijos. A partir de 2015, al momento de la inscripción de un hijo recién nacido, puede optarse por hacerlo con el nombre de una o de otro en forma indistinta y sin preferencias. En caso de que no logren ponerse de acuerdo, la decisión se somete a sorteo.

 

Actualización: esta nota fue actualizada el 22/09/2022.

Fecha de publicación original: 13/08/2015

Temas

Comentarios

  • Francisco6 de agosto de 2020 a las 8:35 pmHola buena tarde disculpe qué pasa si después de separado pero estoy casado por bienes mancomunados compró una casa pero no me divorcio puede que haya problemas
  • Alaska9 de agosto de 2020 a las 7:08 amMi novio me llamó para decirme que estaba rompiendo conmigo y traté de preguntarle qué pasó, pero no pudo darme ninguna razón, luego me di cuenta de que algo andaba mal porque los 3 años que salimos nunca tuvimos problemas, siempre ha sido así. paz, amor y armonía dentro de nosotros, así que decidí averiguar qué había detrás de esta extraña decisión, así que me comuniqué con el Dr. Noble y cuando lo hice, el Dr. Noble me explicó que la mamá de mi novio estaba detrás de esto, ella no quiere a su hijo. casarse conmigo y entonces ella le puso una magia negra para odiarme para siempre, al escuchar esto me puse a llorar porque amo tanto a mi novio y no quiero perderlo. El Dr. noble me dijo que no llorara que él me ayudará a cancelar la magia negra que ella le puso a mi novio para odiarme y traerme de vuelta a mi novio, le creí y le di todo lo que me pidió y en 48 horas mi novio vino a rogándole que se arrepienta por la forma en que me habló y que no sabía lo que le sucedió, ahora estamos juntos de nuevo y su madre ha confesado que ella estaba detrás de nuestra ruptura y ha prometido no intentar separarnos. nosotros de nuevo, estoy muy feliz ahora, muchas gracias Dr. noble por traerme a mi novio de vuelta. póngase en contacto con el Dr. Noble a través de noblespellhome gmail. com o chatee con él en vivo por whatsapp a través del2349059610643 para recuperar a su ex o cancelar un divorcio  
  • Liliana12 de agosto de 2020 a las 11:18 pmHola yo 18 años juntada 2 hijos travaje ala par de el la casa la sacamos con un prestamo a 15 años la pagamos en 3 años en el 2014 me di cuenta q el se la puso al nombre de el solo hoy por hoy me quiero separar solo me dan un como un indenizacion por los años q estuve en convivencia para mi esto es una estafa economica porque yo no fuy ama de casa solamente yo areglo ropa travajava con el estirando la tela para cortar limpiando prendas y esto no es justo encima me dice que le deje a mis hijos me ciento tan mal mal a estas personas tendrian q meterlas presas por estafadores
  • claudia17 de agosto de 2020 a las 3:18 pmhola me gustaria saber llevo 8 años de casada y tengo un hijo quiero separarme pero mi esposo dice que no tengo derecho a nada siempre e trabajado con el tiene propiedades pero antes de yo conocerlo el tenia una hija algunos bienes el los tiene a la hija con una clausula o algo que se llama subfrutos hasta que el fallesca el resibe los arriendo de estas propiedades las cuales yo con mi trabajo el las a reglado y a echo mas cosas con estas casas hay otros bienes que si están a nombre de el mas sin embargo el dice que no tengo ningun derecho no trabajo por que siempre desde que me case trabajo con el pero no recibo ningun pago el dice que por darme el techo y la comida y las cosas para el niño no tengo pago fuera que hago todo lo de la casa no recibo nada porque el dice que es una ayuda que yo debo hacer para el hogar me parece injusto que no tenga derecho a nada ya estoy cansada y me quiero separar ayudenme no conozco a nadie y fuera de eso es un celoso que puedo hacer si tengo algún derecho
  • Ana17 de agosto de 2020 a las 4:06 pmEstoy en pareja viviendo en mi casa somos dos personas mayores ya jubilada el tiene hijos mayores quienes reclaman sus va derecho sobre mi casa hace 5años q estamos juntos hemos decidido separarnos q derecho tienen?
  • Liz Gácia17 de agosto de 2020 a las 4:35 pmHola tengo una pregunta si una pareja tienen 20 años juntos y tiene hijos pero no estan casados la esposa al separarse se puede quedar con la casa
  • Marta23 de agosto de 2020 a las 5:39 pmSi uno de los dos que integran la pareja compró un auto cero a nombre del que lo compro.Su compañera hereda ese auto?
  • Marta23 de agosto de 2020 a las 5:41 pmMe refiero teniendo un acta de convivencia.
  • Ana24 de agosto de 2020 a las 4:22 amYo estuve 3 años con una persona casada legal yo le di dos hijos hermosos y falleció me quedo la casa y la pensión .a la esposa legal no le quedó nada no le dieron nada...y estoy hace 22años con mi otra pareja juntos tenemos dos hijos el es soltero pero no creemos en el matrimonio es papel nada más si amas a la persona es lo q vale
  • pedro24 de agosto de 2020 a las 2:56 pmmi amigo se casó hace casi 3 años. la señora lo dejó hace 3 meses tienen un bebé de 7 meses. ella le quiere sacar la mitad de todo lo que tiene y no le deja ver al bebe el le lleva la mantención a la casa y se la recibe la suegra. que debería hacer?

Valoramos mucho la opinión de nuestra comunidad de lectores y siempre estamos a favor del debate y del intercambio. Por eso es importante para nosotros generar un espacio de respeto y cuidado, por lo que por favor tené en cuenta que no publicaremos comentarios con insultos, agresiones o mensajes de odio, desinformaciones que pudieran resultar peligrosas para otros, información personal, o promoción o venta de productos.

Muchas gracias

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *