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Esta nota tiene más de un año

Nuevo Código Civil y Comercial: qué dice sobre las relaciones de pareja

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • En agosto de 2015 entró en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
  • Reemplazó al Código Civil que estaba vigente desde 1871.
  • Dos especialistas en Derecho de Familia analizan los principales cambios que introdujo la norma vigente, especialmente para las uniones convivenciales.

Última actualización: 22/09/2022

El Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN) establece los principios sobre los que se basan las relaciones familiares. Y ordena muchos temas que antes estaban dispersos en diferentes convenciones internacionales de Derechos Humanos de las que la Argentina es parte, como la Convención de los Derechos del Niño, por ejemplo. Uno de los mayores cambios que trajo el Código Civil es en las relaciones de pareja, especialmente para aquellas que no están casadas aunque tienen un proyecto de vida en común (llamados convivientes).

¿Qué establece el Código promulgado en 2015?

Una novedad es que da instrumentos legales a las parejas que no están casadas, con las consiguientes protecciones en caso de ruptura. El Código derogado en 2015 tenía muchas limitaciones porque el modelo de familia que protegía y regulaba era acotado a aquellas familias armadas bajo el matrimonio, con pocos o ningún derecho a aquellas parejas que no se casaban.

Actualmente, se reconocen efectos jurídicos a las uniones de personas de igual o distinto sexo que tengan un proyecto de vida en común y que mantengan la convivencia por  lo menos dos años. Estas parejas pueden realizar pactos sobre cómo se resolverán ciertos temas económicos entre ellos si la relación termina e incluso durante la convivencia.

A su vez, las parejas que se casan ya no solo tienen que aceptar el régimen de comunidad de bienes (sistema que básicamente hace que los bienes que ingresan al matrimonio sean de la sociedad conyugal y al divorcio se dividan por mitades los que queden para repartir), sino que ahora pueden optar por un régimen de separación de bienes (lo que tenga y gane cada uno permanece en su patrimonio).

Otra novedad legislativa importante desde la aprobación del nuevo Código es la figura de la compensación económica. Puede pedir esta compensación quien, por ejemplo, conviviendo con su pareja (casado o no) haya dedicado su tiempo a las tareas de cuidado de los hijos o familiares que vivían con ellos, o al conviviente, o a su negocio o emprendimiento. La persona que se ocupó en este trabajo sin valor económico pero en beneficio del proyecto familiar, al final de la relación puede encontrarse sin recursos materiales para hacerse cargo de sí mismo cuando el aporte del otro ya no esté y quizás se presente con dificultades para insertarse en el mercado laboral. La modalidad para esta compensación económica depende de cada caso, pero puede ser la posibilidad de disponer de una parte del sueldo del otro, la renta de un bien propio o una suma de dinero, o la entrega de un bien.

Esta figura se aplica también en el caso de los matrimonios, aunque no es tan novedosa puesto que con la legislación anterior ya existían ciertos derechos, mientras que no era así para los convivientes, que quedaban totalmente desprotegidos al final de la relación.

Por otro lado, con el nuevo Código las personas casadas pueden divorciarse sin tener que esperar años de separación o el acuerdo de ambos, o establecer quién es el culpable. Ya no le importa a la ley que estas cuestiones se debatan ante la Justicia. Lo que importa ahora es que las consecuencias del divorcio se puedan resolver de la manera más justa posible. Y esto es ocuparse de resolver aquello que seguirá vigente después de la ruptura: las cuestiones relacionadas con los hijos y los temas económicos.

El CCCN reconoce también que hay distintas maneras de tener hijos. Además de la adopción o la naturaleza, puede recurrirse a técnicas de reproducción humana asistida para tenerlos. Este es un cambio importante que introduce el Código para que las complejas situaciones que se presentan en este ámbito estén mejor cuidadas, siempre pensando en el futuro interés del niño o niña en cuestión.

Para finalizar esta enumeración, que no es exhaustiva, podemos mencionar que el nuevo Código reconoce la igualdad de la madre y del padre en la elección del apellido de los hijos. A partir de 2015, al momento de la inscripción de un hijo recién nacido, puede optarse por hacerlo con el nombre de una o de otro en forma indistinta y sin preferencias. En caso de que no logren ponerse de acuerdo, la decisión se somete a sorteo.

 

Actualización: esta nota fue actualizada el 22/09/2022.

Fecha de publicación original: 13/08/2015

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Comentarios

  • Benigna garcia10 de diciembre de 2018 a las 8:40 amYo no estoy casada hace 4 años que me dedico a la casa y de paso estudio hoy mi marido me dice que soy la peor basura y que soy un granito de arena alado de el y me dice que va quitar mi bb y me maltrata mucho vervalmente y cuando yo le hago recordar dice yo nunca te dije asi!!
  • Leonardo12 de diciembre de 2018 a las 11:05 pmSi me separo de mi mujer que devo pasarle? Ella tiene dos hijos con otra pareja anterior y yo uno con otra persona en fin si me separo de ella que le corresponde los hijos de ella cuentan?
  • Marisa5 de enero de 2019 a las 3:41 pmEstoy separada hace 7 años ,después de 22 años de matrimonio Lo que compré tengo que darle la mitad? No hay buena relación. Tenemos 3 hijos
  • Eva Dalinger16 de enero de 2019 a las 1:31 amTengo mucha impotencia. Siento que mi ex marido me estafó.formamos una srl lo solvente en todo lo económico para formarla.nos fue muy bien .tuvimos un hijo.al año y medio de nuestro hijo el decidió irse.me dejo muerta de hambre.hasta que pude remontarse de mi depresión y pedí el divorcio .yo muy abrumada con tratamiento psicológico. Se hizo el divorcio .sin división de bienes. Lo único que se pacto fue los alimentos del niño.me siento estafada xq esa empresa era mía también y nunca tuve ganancias de ella.a lo largo del tiempo me dijo que me daba 40.000 pesos para pagar mi escritura.y me tenia que desligar de la empresa.yo estoy vendiendo prepizas mientras el lleva vida de bacan .los gustos trato de dárselo todos a mi hijo yo.y absolutamente todo mi tiempo.que paradoja el era remisero acudió a mi que sea su socia.asi lo hice.sin intervenir en el trabajo xq el me decía que me dedicara a la casa y a nuestro hijo..
  • Eva Dalinger16 de enero de 2019 a las 1:34 amLas agresiones eran un año antes que naciera el niño.nunca m voy a olvidar ahorcarme mientras yo amamantaba a mi niño de 15 días de edad
  • Julia17 de enero de 2019 a las 3:51 pmHola hace 10 años que convivimos con mi pareja, hoy decidimos separarnos por infidelidad de parte d el, quiero saber si me co
  • Julia17 de enero de 2019 a las 3:52 pmHace 10 años que convivimos con mi pareja, decidimos separarnos, pero todas las cosas es
  • Julia17 de enero de 2019 a las 3:53 pmSi todas las cosas estan a nombre de mi pareja, m coresponde algo?
    • Julia17 de enero de 2019 a las 3:54 pmSi todas las cosas estan a nombre de mi pareja, m coresponde algo?no estamos casados y hace 10 años q estamos juntos
  • Estela busto29 de enero de 2019 a las 12:39 pmSi Fabiana lo dice el código civil ..hasta que te estabilices ..tenés derecho de recibirlo ..pedirlo hace valer tus derechos .. No dejes de hacerlo ..y los que no estén de acuerdo .. a Aguantarselas es Ley Suerte
  • Viole3 de febrero de 2019 a las 9:19 pmEstimados letrados: Buenas noches.Consulta sobre Paciente oncologico con 18 de convivencia con su conyugue.La cual hoy en dia no puede verlo ,por que al intercambiar opiniones con la madre De su pareja ,se ofendio ,siendo ellos que mintieron.Supuestamente no tiene papel legal como esposa y eso le acredita a que ella no vea a su pareja .la pareja querian contraer matrimonio por civil e iglesia,incluso firmar papel de concuvinato.No se lo permitieron,por que ,decian que al casarse perderia la quimioterapia,rayos y prestaciones del hospital.Hace un mes que no puede verlo,sufre violencia verbal por parte de la familia ,incluso siendo ella la unica cuidadora de su pareja .al momento de su tratamiento.Incluso llevan mujeres a su casa con el fin de que el le sea infiel a su pareja ,cuando el no lo desea.Y se siente mal.Que leyes la amparan?.Ellos convivian juntos siempre ,pero no quedaban en un lugar fijo.Lo que se denomina .parejas L.A.T ..pero no por que no quisieran .Si no por las mentiras que le dijeron.Hoy se encuentran separados forzosamente sin comunicacion alguna.

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