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Esta nota tiene más de un año

Es falso que el presidente no tiene fueros y que el vicepresidente, sí

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • Esta presunta diferencia circuló en Facebook y Whatsapp como justificación de la candidatura de CFK a la vicepresidencia.
  • Sin embargo, no hay ninguna diferencia en las inmunidades que tienen el presidente y el vicepresidente.
  • Los dos cargos gozan de inmunidad de arresto y no pueden ser detenidos a menos que sean removidos vía juicio político.

Distintas cuentas de Facebook difundieron una imagen con una frase referida al anuncio de la candidatura a vicepresidenta de Cristina Fernández de Kirchner y a su situación judicial. “Atenti. El presidente no tiene fueros. El vice, si. A qué se postula CFK? A vice. Pensalo”, sostiene el texto de la imagen, que está escrito sobre un fondo verde al estilo de un pizarrón y lleva la firma de “Sushiplanero”, una cuenta con muchos seguidores en distintas redes sociales que suele apoyar las medidas del oficialismo.

Esto, sin embargo, es falso. El presidente y el vicepresidente gozan de los mismos fueros, que impiden que sean arrestados mientras dure su mandato.

La foto fue posteada por al menos cuatro cuentas de Facebook (ver acá, acá, acá y acá). Al sumar los cuatro posteos, fue compartida por casi 1.200 usuarios de la red social. El posteo refiere a la decisión de la ex presidenta de postular a Alberto Fernández como candidato a presidente en las próximas elecciones y a ella misma como su compañera de fórmula. Y sugiere que al ser vicepresidenta podría eludir el accionar de la Justicia, algo que no lograría en caso de ser presidenta.

Pero este análisis es falso. No hay diferencias entre las inmunidades que gozan los presidentes y los vicepresidentes. La Constitución nacional le otorga inmunidades a los legisladores nacionales y a los magistrados del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público. Esto quiere decir que no pueden ser arrestados mientras dure su mandato, salvo en el caso de que sean sorprendidos cometiendo un delito in fraganti.

Pero la Constitución no le da ninguna inmunidad al Presidente, al Vicepresidente, al Jefe de Gabinete ni a ninguno de sus ministros. Lo que equipara las inmunidades de estos cargos es la ley de fueros, sancionada en septiembre de 2000, luego de que estallara el escándalo de las presuntas coimas en el Senado mientras se debatía la ley de flexibilización laboral.

Esta ley equipara los fueros de los legisladores con los de los funcionarios susceptibles de juicio político, que según la Constitución son el Presidente, el Vicepresidente, el Jefe de Gabinete, los ministros y los miembros de la Corte Suprema. Por eso, los fueros del Vicepresidente no se originan en su rol legislativo, como presidente del Senado, sino en su papel como cabeza del Poder Ejecutivo Nacional. “El vicepresidente no goza de fueros parlamentarios, sino de otro tipo de privilegio”, explicó en una columna de opinión la presidenta de la ONG Transparencia Internacional y especialista en temas de corrupción, Delia Ferreira Rubio.

La ley de fueros establece una diferencia: además de la inmunidad de arresto, a los legisladores no se les puede allanar sus domicilios y oficinas ni interceptar sus comunicaciones, algo que no aplica para los funcionarios del Poder Ejecutivo. En 2012 el juez federal Daniel Rafecas, en cuyo juzgado tramitaba inicialmente la causa “Ciccone”, ordenó el allanamiento de un departamento en Puerto Madero que presuntamente pertenecía a Amado Boudou.

La defensa del entonces vicepresidente pidió que se declare nulo el procedimiento, ya que Boudou presidía el Senado y gozaba de fueros parlamentarios. Tanto el fiscal Carlos Rívolo como el juez federal Ariel Lijo (que reemplazó a Rafecas en la investigación) rechazaron este argumento y señalaron que el Vicepresidente es parte del Ejecutivo.

La ley de fueros establece que cuando se inicia una investigación penal contra un funcionario contemplado en esa ley (legislador nacional, magistrado o funcionario susceptible de juicio político), el juez podrá llevar adelante la investigación hasta su conclusión. Lo que no puede hacer es dictar una medida privativa de la libertad. Es decir, detenerlo.

Para esto, debe esperar que el imputado deje de tener inmunidad de arresto. En la actualidad, Fernández de Kirchner tiene varios pedidos de detención en su contra dictados por el juez federal Claudio Bonadio, pero por ser senadora no se efectivizaron. Para ser detenida, el Senado debería quitarle los fueros, con el voto de las dos terceras partes de sus miembros.

Para los casos del Presidente, el Vicepresidente y los miembros del gabinete, la condición para hacer cesar sus inmunidades es la remoción del funcionario vía juicio político. En este tipo de remoción, la Cámara de Diputados, con una mayoría de dos tercios, debe acusar al enjuiciado ante el Senado, que con una mayoría idéntica debe resolver si destituye o absuelve al acusado.

 

Este chequeo es parte de la iniciativa Third Party Fact-checker de Facebook en la Argentina. En los casos de fotos y videos trabajamos con imágenes trucadas o sacadas de contexto y siempre analizamos en conjunto las imágenes junto con el texto con el que fueron presentadas.

Fecha de publicación original: 21/05/2019

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Comentarios

  • DIEGO PINELLI26 de junio de 2019 a las 3:32 pmPor un lado es cuestionable que el fuero surja de una ley y no de la constitución, alcanzaría con que UN JUEZ DICTE LA INCONSTITCIONALIDAD de la norma para pedir su arresto. por otro lado igualmente habría una "ventana" de detención debido a que para asumir tiene que renunciar al Senado y para obtener la inmunidad de la ley tiene que jurar. osea, entre que renuncia y jura debería quedar detenida
  • Silvia2 de septiembre de 2019 a las 9:48 amCuantas necedades dice la gente acerca de la validez del indulto y como puede anularse el mismo. Parece que no estudiaron el mismo con la debida atención ni las leyes acerca sobre las que se basa.
  • Ignacio30 de octubre de 2019 a las 11:14 amRicardo leé vos la Constitución : CAPÍTULO TERCERO Atribuciones del Poder Ejecutivo Artículo 99.- El Presidente de la Nación tiene las siguientes atribuciones: ... "5. Puede indultar o conmutar las penas por delitos sujetos a la jurisdicción federal, previo informe del tribunal correspondiente, excepto en los casos de acusación por la Cámara de Diputados." Dónde dice "excepto en casos de corrupción"?? (en el caso de que fueran verdad las acusaciones)
  • GINA30 de octubre de 2019 a las 6:06 pmyo pienso que si a un juez que los ten bien puestos..con fueros o sin fueros dice pa dentro y no tutela que valga...o no ????
  • Pablo1 de noviembre de 2019 a las 12:03 amSi la constitución no establece fueros para presidente y vicepresidente, y la ley de fueros sí, entonces la ley es inconstitucional por principio de que ninguna ley inferior puede contradecir una ley superior.
  • JOSE ALBERTO PEREYRA4 de noviembre de 2019 a las 9:21 amLA POLEMICA SE TENDRIA QUE HACER EN UN PAIS DONDE HAYA JUSTICIA, HAYA PRESIDENTE, HAYA POLITICOS. LAMENTABLEMENTE EN ARGENTINA POR MUCHOS AÑOS GOBIERNAN CORRUPTOS SINO SERIA UN PAIS EJEMPLAR, ES LO QUE APRENDEMOS DE LA HISTORIA ,ESTA EN TODAS LAS NOTICIAS.
  • LUIS ALBERTO MOLITERNO29 de noviembre de 2019 a las 1:13 amLo afirmado, es falso !!! La ley de fueros - 25.320 - en lugar alguno, equipara los fueros de los legisladores al vice o al presidente. Sólo la Constitución Nacional, en su art. 69, establece la inmunidad de arresto para legisladores. A su vez para quitar fueros, se debe hacer el juico de desafuero, muy distinto al establecido por el art. 53 de la C.N. de Juicio Político para el Vice o Presidente. Por favor, sugiero mayor y mejor asesoramiento jurídico.
  • Viviana22 de enero de 2020 a las 5:31 amIgnacio en el inc. 5 del art 99 de la constitución no dice excepto en casos de corrupción dice excepto en los caso de acusación por la Cámara de diputados.
  • Viviana22 de enero de 2020 a las 5:33 amSergio no hay ninguna pesadilla del macrismo. Hay pesadilla comunista de los Fernández..........pagalo vos.
  • alberto4 de julio de 2022 a las 12:54 pmPero entiendo que esto quiere decir que si los fueros los tiene por una ley perfectamente se los podrían derogar con otra ley, no haría falta cambiar la constitución para quitarle los fueros, esto es así?.

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