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No, la Superintendencia de Seguros no aprobó un 30% de descuento en los seguros de autos, aunque distintas compañías están ofreciendo beneficios

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • Circuló que el organismo que depende del Ministerio de Economía de la Nación había aprobado una bonificación obligatoria en los seguros automotores.
  • Sin embargo, la entidad oficial desmintió esta información y lo mismo señalaron desde la Asociación Argentina de Compañías de Seguros (AACS).
  • Distintas empresas aseguradoras están ofreciendo beneficios momentáneos por la pandemia y el aislamiento obligatorio.

En las últimas horas circuló en redes sociales y WhatsApp un mensaje que afirma que se puede llamar a las compañías de seguro y “solicitar la bonificación del 30% que está aprobada por la Superintendencia de Seguros”, a la vez que aclara que “si no se reclama la bonificación no se aplica”. La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) informó que esta bonificación obligatoria del 30% es falsa y lo mismo señalaron desde la Asociación Argentina de Compañías de Seguros (AACS).

El organismo que depende del Ministerio de Economía de la Nación publicó un comunicado donde aclara que, a pesar de lo que plantean “diversas publicaciones y noticias que han circulado en los últimos días”, la SSN no ha “emitido normativa alguna que obligue a las aseguradoras a aplicar descuentos y/o bonificaciones”. En ese comunicado la Superintendencia también recomendó a la población buscar un “asesoramiento directo por parte de las entidades aseguradoras” sobre las coberturas ofrecidas y los medios o modalidades de pago vigentes.

Esta desinformación circuló por redes sociales (ver acá) e incluso fue publicada un medio local, aunque luego dicha noticia fue borrada (ver acá). El mensaje también llegó al número de WhatsApp de Chequeado (+54 9 11 3679-0690) para ser verificado. Inicialmente el economista Miguel Boggiano publicó esta información en sus redes (ver acá y acá), aunque luego en un “vivo” de Instagram aclaró que se trataba de un error y que esta información, que luego borró, era “inexacta”.

Distintas empresas están ofreciendo beneficios, como explican esta nota de Página/12 y este artículo de Clarín. Consultado por Chequeado, desde el equipo de Prensa de la Superintendencia aclararon que “la SSN no interviene en las estrategias comerciales de las compañías aseguradoras, por eso no están obligadas a ofrecer descuentos o beneficios”, aunque aclararon que esto “no implica que no puedan o quieran hacerlo” y que “cada entidad evalúa de acuerdo a sus condiciones y posibilidades la aplicación y formas” de los beneficios. 

Gonzalo Santos Mendiola, CEO de Seguros Sura Argentina y presidente de la Asociación Argentina de Compañías de Seguros (AACS), explicó a Chequeado que “no hay ninguna obligatoriedad de hacer rebajas”. En este sentido, añadió que “las aseguradoras están tomando distintas acciones comerciales para retener su cartera y ayudando a los clientes con la cobertura financiera” para fidelizarlos y mantenerlos, aunque no se trata de descuentos masivos y “no hay un criterio único”.

“El hecho que algunos vehículos no se estén moviendo, o se muevan menos, genera una baja en la siniestralidad en una de las coberturas que cubren las pólizas que es la relacionada con la responsabilidad civil y en alguna medida en los daños propios”, agregó Santos Mendiola. Como se explicó en esta nota, las víctimas fatales por accidentes viales bajaron un 87% en la última semana de marzo, en línea con la caída de los accidentes por la menor circulación debido al aislamiento obligatorio.

En las últimas semanas ya habían circulado otras desinformaciones en relación a que los seguros no cubrirían accidentes de autos que incumplan con el aislamiento obligatorio, algo que también es falso. En ese momento, desde la Superintendencia aclararon que “no existe ninguna información fehaciente que circule a través de otros canales” que no sean los oficiales del organismo.

 

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Comentarios

  • Sabrina26 de abril de 2020 a las 2:28 pmLa ley 17418 en su artículo 34 dice que si el riesgo disminuye, la prima tiene que ser ajustada. Ver aquí http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/35000-39999/39520/norma.htm

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