Skip to content
Esta nota tiene más de un año

Venezuela: 10 claves para entender las sentencias del Tribunal Superior de Justicia y sus consecuencias

Es difícil comprender lo que acaba de ocurrir en Venezuela. Tecnicismos legales, declaraciones y pronunciamientos de gobiernos extranjeros.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Venezuela ha emitido 56 sentencias contra la Asamblea Nacional (es decir, el Parlamento venezolano) elegida en 2015. Entonces, difícilmente se pueda decir que estas dos últimas, la 155 y 156, sean sorpresivas. Pero, ¿por qué entonces han generado tanto ruido?

1- Las sentencias 155 y 156 fueron emitidas con muy poco tiempo entre una y otra, menos de 48 horas. Además, estos fallos se dan a un mes de que fuera designado el nuevo presidente del Tribunal, Maikel Moreno (24 de febrero de 2017).

2- La sentencia 155, del 27 de marzo de 2017, responde al recurso de nulidad introducido el 22 de marzo por el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) -el oficialismo- y se refiere a la ley aprobada por la Asamblea Nacional, llamada ‘Acuerdo sobre la Reactivación del Proceso de Aplicación de la Carta Interamericana de la OEA’.

3- La sentencia 156, del 29 de marzo, responde a la solicitud de un recurso de interpretación sobre la Ley Orgánica de Hidrocarburos. Básicamente da luz verde para que el Ejecutivo pueda crear las empresas mixtas sin la aprobación previa de la AN.

4- En la 155 se ordena al presidente Nicolás Maduro que ejerza “las medidas internacionales que estime pertinentes y necesarias para salvaguardar el orden constitucional, así como también que, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y para garantizar gobernabilidad del país, tome las medidas civiles, económicas, militares, penales, administrativas, políticas, jurídicas y sociales (…) para evitar un estado de conmoción”. Además, en la sentencia se señala a la Asamblea Nacional de estar incurriendo en desacato. Sin embargo, el profesor de derecho constitucional Gustavo Tarre explicó que la figura del desacato es solo aplicable a una individualidad y no es ilimitada en el tiempo.

5- Asimismo, en el apartado 4.4 de la sentencia 156 se establece: “Se advierte que mientras persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea Nacional, esta Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho”.

TSJ Venezuela – Sentencia 156 by chequeado on Scribd

6- Esta medida ha sido calificada por representantes de la oposición como un golpe de Estado, pues por la vía de hecho le quita todas las atribuciones al Poder Legislativo y se las confiere al TSJ. O, mejor dicho, se las autoconfiere. Es decir, hacen caso omiso a la decisión de las casi ocho millones de personas que votaron por la oposición y de las cinco millones que votaron por el Gobierno en las elecciones legislativas de 2015 y dejan todo en manos de 32 magistrados.

7- Para algunos expertos como Gustavo Tarre y políticos como Henrique Capriles y Julio Borges, presidente de la Asamblea Nacional, la verdadera motivación de esta decisión es económica, pues habilita al Ejecutivo, es decir, a Nicolás Maduro, a pedir préstamos, endeudarse y tomar decisiones de orden financiero sin tener que pedir permiso a la Asamblea.

8- ¿Cómo reaccionó la oposición? Borges convocó a una reunión de emergencia para discutir la sentencia 156. Desde el Palacio Legislativo dijo que ni se rendían ni se entregaban. Aseguró que acudirían a instancias internacionales y llamaron a una manifestación para el sábado 1 de abril. Las especificaciones las darán más tarde. Y también aprovechó y rompió en pedazos un papel con la sentencia.

9- Mientras tanto, como vocero calificado del Gobierno, Diosdado Cabello, primer vicepresidente del PSUV, reaccionó ante la situación recordando a Hugo Chávez: “Si ellos [la oposición] intentan algo, nos encontrarán en la calle. Comandante Chávez, no te fallaremos”.

10- Las reacciones internacionales no se hicieron esperar y el Gobierno de Perú anunció que retiraría su embajador de Venezuela a modo de protesta “por la ruptura del hilo constitucional”. Este mensaje es importante sobre todo por el país de origen. Políticos y opinadores han comparado lo que ocurre en Venezuela con la época del “Fujimorazo”. En 1992, el entonces presidente de ese país, Alberto Fujimori, disolvió el Parlamento e intervino las Fuerzas Armadas. Luego, con el tiempo, eso fue reconocido como un autogolpe. Hoy, el ex mandatario cumple una condena de 25 años de prisión.

 

Ver la nota completa publicada en el sitio de Efecto Cocuyo acá.

Chequeado reproduce textos aparecidos en otros medios cuando estos contribuyen a la verificación del discurso público.

Temas

Comentarios

  • sebaf31 de marzo de 2017 a las 6:18 pmNo veo ninguna referencia a lo que dice el gobierno venezolano, es difícil formarse una opinión objetiva sin tener "las dos campanas". Por lo que he leído, la mayoría opositora en la AN se forma a partir de una maniobra ilegal, rechazada por el TSJ y desobedecida por la AN. Dicha mayoría no sería entonces democrática y además permitiría a esta AN destituir a Maduro... es así?
  • Sergio31 de marzo de 2017 a las 8:11 pmOmisión muy importante: no explican el por qué de la declaración de desacato y de la declaración de invalidez de las resoluciones de la Asamblea.
    • Moni Otero5 de abril de 2017 a las 2:35 pmhttp://www.portalalba.org/index.php?option=com_content&view=article&id=12473%3Aintentos-de-golpes-de-estado-de-la-asamblea-nacional&catid=78%3Aoligarquia&Itemid=180

Valoramos mucho la opinión de nuestra comunidad de lectores y siempre estamos a favor del debate y del intercambio. Por eso es importante para nosotros generar un espacio de respeto y cuidado, por lo que por favor tené en cuenta que no publicaremos comentarios con insultos, agresiones o mensajes de odio, desinformaciones que pudieran resultar peligrosas para otros, información personal, o promoción o venta de productos.

Muchas gracias

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *