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El abogado de CFK no pudo participar de los allanamientos: ¿qué dice la ley?

Tras la aprobación del Senado, la Policía Federal Argentina allanó tres propiedades de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner. Lo hizo por orden del juez federal Claudio Bonadio en la causa conocida como “Cuadernos”. En medio del procedimiento en una de las propiedades, ubicada en el barrio porteño de Recoleta, Carlos Beraldi, abogado de la senadora del Frente para la Victoria (FpV), denunció que fue excluido del domicilio durante el allanamiento. ¿Qué dice la ley?

“El juez dio la instrucción directa para sacarme del domicilio y hacer lo que les parezca. Están ellos solos para hacer cualquier tipo de ilegalidad”, sostuvo el abogado durante la pesquisa en el domicilio ubicado en Juncal y Uruguay. Beraldi denunció a Bonadio ante la Justicia federal por abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público. La denuncia cayó en el juzgado federal a cargo de Sebastián Casanello. Además, el abogado anunció que denunciará al magistrado ante el Consejo de la Magistratura.

El Código Procesal Penal de la Nación establece en su artículo 200 que “los defensores de las partes tendrán derecho a asistir a los registros domiciliarios, reconocimientos, reconstrucciones, pericias e inspecciones”, y agrega: “Las partes tendrán derecho a asistir a los registros domiciliarios”. Es decir que Beraldi tenía derecho a presenciar el procedimiento. “En un Estado democrático no es admisible que se excluya a un abogado defensor de un acto en el que tiene que cumplir una función esencial, que es la de proteger derechos de personas”, señaló en twitter Manuel Garrido, ex diputado nacional por la Unión Cívica Radical (UCR) y ex director de investigaciones de la Oficina Anticorrupción.

En el oficio que envió al juzgado de Bonadio tras aprobar los allanamientos, el Senado señaló que el juez “deberá cumplimentar las diligencias procesales con la debida diligencia, prudencia y decoro, tutelando los derechos y garantías constitucionales involucradas, en particular el derecho a la intimidad”.

Bonadio respondió que esos derechos y garantías comprenden a todos los ciudadanos. “No se efectúa distingo alguno en relación a la calidad de los habitantes”, señaló en la orden de allanamiento, y comparó: “Tanto una persona que vive en condiciones humildes, en una residencia precaria, situada en el interior de un complejo habitacional de emergencia, como la más alta autoridad del Poder Ejecutivo de la Nación, con residencia en una fastuosa mansión, ubicada en el lujoso barrio de Recoleta, de esta Ciudad de Buenos Aires, se encuentran alcanzados por aquellas previsiones”.

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Comentarios

  • Carlos28 de agosto de 2018 a las 8:36 amY entonces? Que conclusión sacamos?
    • Diego1 de septiembre de 2018 a las 12:12 amEs fácil. El juez no le impidió participar. El no participó y dice no haber sido participado con el fin de anular o intentar anular "algún coso", ganando algo de tiempo antes del inevitable desenlace de prisión para la conocida expresidenta.
  • Yo31 de agosto de 2018 a las 2:39 pmHay q leer bien pero está claro lo que dice en chiquito: El Código Procesal Penal de la Nación establece en su artículo 200 que “los defensores de las partes tendrán derecho a asistir a los registros domiciliarios, reconocimientos, reconstrucciones, pericias e inspecciones”, y agrega: “Las partes tendrán derecho a asistir a los registros domiciliarios”.
  • RAMON31 de agosto de 2018 a las 4:30 pmentonces, anulen el procedimiento por horroroso
  • Sergio1 de septiembre de 2018 a las 2:33 pmEso Carlos! qué conclusión sacamos? La ley dice que Beraldi tenía derecho a presenciar los allanamientos. Bonadío dice que sí que está todo bien pero a Beraldi lo dejó afuera. Increible!!
  • miguel2 de septiembre de 2018 a las 2:26 pmEl código procesal penal de la nación Art 228, refiere que en un allanamiento puede estar sin duda el o la dueño de casa, en su defecto un pariente de los más cercanos o un empleado de la confianza del dueño de la propiedad allanada. También el representante legal, pero a criterio del juez el mismo puede ser excluido de presenciar el allanamiento.
  • PABLO RAMIREZ3 de septiembre de 2018 a las 2:09 pmLO MISMO DIGOOOOO , Y ENTONCES?????

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