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Esta nota tiene más de un año

¿La Corte Suprema ya había avalado el “2×1” como publicó Clarín?

“Más relato: con Cristina Kirchner, la Corte Suprema también había avalado el ‘2×1’ para un represor”, tituló el diario Clarín al referirse a un caso presuntamente similar al que resolvió la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que la semana última validó por mayoría la aplicación del cómputo del “2×1” para Luis Muiña, un condenado por crímenes de lesa humanidad. La nota buscaba desmentir una frase de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, quien había dicho en Twitter que este fallo no hubiera sido posible durante su gobierno.

El fallo mencionado por Clarín es “Simón, Antonio”, un jefe de Inteligencia del Departamento 123 de Paso de los Libres durante la dictadura, condenado por el juez federal Ariel Lijo en 2012 a 19 años de prisión por asociación ilícita, privación ilegal de la libertad y reducción a la servidumbre. Lijo validó el “2×1” y como Simón se encontraba detenido desde 2002 dispuso que ya había cumplido 17 de los 19 años, por lo que sólo le correspondía cumplir una condena de poco más de un año. La Sala II de la Cámara Federal lo confirmó.

El procurador fiscal ante la Corte Eduardo Casal pidió en su dictamen que no se aplicara el “2×1” y el máximo tribunal, en agosto de 2013, rechazó tratar el recurso amparándose en el artículo 280 del Código Procesal en lo Civil y Comercial. ¿Qué quiere decir esto? Según este artículo, la Corte puede evitar expedirse en una causa “por falta de agravio federal suficiente” o cuando los planteos fueran “insustanciales o carentes de trascendencia”. Así, con la sola invocación de este artículo, la Corte evitó tratar el tema y, por omisión, dejó firme el fallo de la instancia anterior.

Esto no quiere decir que se hubiera expedido sobre la cuestión de fondo, como sí lo hizo en el caso “Muiña” porque fallos por artículo 280 como “Simón” no sientan precedentes. De hecho, pocos meses más tarde la Corte aplicó el mismo 280 para fallar en sentido contrario. Víctor Rei, condenado por apropiación de un hijo de desaparecidos durante la dictadura, pidió que se le aplique el criterio del “2×1”. Su pedido fue rechazado por el Tribunal Oral que lo condenó y por la Cámara de Casación Penal. Rei recurrió a la Corte, que rechazó el pedido apelando al artículo 280 y dejó firme los fallos anteriores, que no avalaron la aplicación del “2×1”.

Fecha de publicación original: 09/05/2017

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Comentarios

  • Teresa10 de mayo de 2017 a las 12:12 amDejen de mentir y de tergiversar la realidad. Qué ironía que le llamen hilando fíno, esto no es más que hilar demasiado grueso
  • Sandra Ruiz10 de mayo de 2017 a las 7:29 amEntonces la noticia es falsa o verdadera?
  • Antonio Dante10 de mayo de 2017 a las 9:34 amCoincido con Carlos Molle, omitir es un modo de otorgar encubierto, por lo cual, despreciable, tanto como el delito imputado, la justicia no pude ser selectiva, y expongo al general Milani, acusado por delitos que sostenían las mismas pruebas con las que condenaron a tantos represores,,,, a él no, por el contrario le rindieron honores, la misma cristina
  • Jorge Ravassi10 de mayo de 2017 a las 9:55 amEs cierto, se acabaron los carteles verdadero o falso?
  • Gladys10 de mayo de 2017 a las 11:24 amChicos Uds.ponen FALSO, VERDADERO, ENGAÑOSO, O EXAGERADO... a lo que les gusta o conviene? o es que no se quieren jugar?
    • Diego A12 de mayo de 2017 a las 2:51 pmLa que no se quiso jugar dejando precedentes fue la corte en en 2013 y avaló el 2*1 por omisión.
  • Dardo10 de mayo de 2017 a las 7:09 pmLa noticia es falsa. Consulten con cualquier abogado No no hubo fallo igual durante el Kirchnerismo respecto al 2*1 y represores. Es una mentira que repite Clarin y La Nación. Lo que hizo la corte "anterior" fue desestimar el Recurso, declararlo inadmisible. Técnicamente, como sabrás por ser abogado, significa que el fallo apelado no es revisable x Recurso Extraordinario; no se expide u opina sobre la cuestión de fondo y queda firme la sentencia anterior: en ese caso la de una Cámara q concedio el 2x1 a represores. Para q se entienda cualquiera que lea; la corte rechaza miles de recursos x inadmisible pero a ningún abogado se le ocurriría decir que la Corte avala lo resuelto en los mil casos.El mejor ejemplo es este: se puede haber rechazado por inadmisible dos recursos por un mismo tema, uno que dijo “blanco” y otro que dijo “negro”; en la postura de Clarin y Nacion la Corte estaría avalando blanco y negro a la vez.
    • Guillermo12 de mayo de 2017 a las 10:50 amLo que decis es cierto tecnicamente. La CSJ rechaza miles de RE. Pero no me digas que en casos sensibles como éstos lo desestiman sin leerlos(?). Avalaron indirectamente el fallo porque el RE era ESPECIFICO CONTRA EL 2 X 1. No jodamos,
  • Cesar barbero10 de mayo de 2017 a las 9:12 pmQuien chequea a chequeado? la decision en 2012 de Lijo de liberarlo da una pena de 11 años no 17 como dice en el articulo o sea que se aplico el 2x1 Tambien chequeado podtia chequear el articulo de pagina 12 donde dice que fallo en contra de Simon(!) Y para los que protestan que es mas grave, que la corte considere que no reviste gravedad y deje firme el 2x1 o que falle cuando el resultado es el mismo? Para mi es grave como para fallar
    • Matias12 de mayo de 2017 a las 10:54 amNo, porque uno sienta jurisprudencia (es decir, le marca el camino a otros jueces) y el otro no. Además, como dice la misma nota con el mismo recurso hubo también casos donde le negaron el recurso.
  • NOMBRE11 de mayo de 2017 a las 1:13 pmFALSO
  • javier11 de mayo de 2017 a las 4:08 pmno soy entendido en la materia y repregunto: 1.hay casos en que la Corte Suprema,antes del 2017,rechaza ó no rechaza con el artículo 280 iguales delitos de lesa humanidad?? 2.hay distintos grados dentro de esos delitos?? 3. si cumple la condena,luego se borra la sentencia de culpabilidad? 4. en este caso 2017 es "vinculante" para las 2das instancias y es un "desacato"a los pactos internacionales en la materia? para entender mejor
  • Blabla12 de mayo de 2017 a las 2:08 am1. No se expidieron por esos casos, rechazaron analizarlos y dejaron vigente lo que sea que se hubiera resuelto en la instancia previa. 2. Depende que entendés por "tipos", si se refiere a "gravedad al interior de" entonces no: o bien son de lesa o bien no lo son. 3. No entendí, ¿te referís a si queda como antecedente o algo así? 4. Los fallos de la corte no son vinculantes pero se suelen acompañar por economía procesal (como se supone que van a continuar el mismo criterio en fallos de iguales características, en general se opta por resolver lo mismo). Pero, si el juez entiende que el caso no es exactamente el mismo, o incluso si sencillamente no comparte el criterio y quiere ponerse la gorra, puede apartarse y resolver distinto. Es atípico, pero en un caso como éste no sería extraño que suceda. No es necesariamente un desacato porque hay varias resoluciones técnicamente posibles. Pero es improbable que, por ejemplo, la corte interamericana comparta el criterio. Por otro lado, hasta hace poco se daba por supuesto que la Corte aceptaba y adscribía a las potenciales revisiones que pudiera hacerle la Corte Interamericana, aún cuando no estaba "obligada" a hacerlo. Así fue históricamente. PERO a principios de éste año, en un caso, se negó a cumplir lo resuelto por la Corte Interamericana, y adoptó una posición distinta a la que venía sosteniendo: dijo que la Corte Interamericana no es un tribunal de revisión y reforzó que, por tanto, no tienen por qué cumplir sus pedidos de revisión. Fue muy controversial y nos deja en una coyuntura difícil donde la Corte podría no revisar su propio fallo si la CIDH asi se lo requiriera. Aunque, considerando el repudio generalizado que sentimos por la resolución, no es ilógico suponer que capaz se adscriben para poder salir de este callejón en el que se metieron.

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