Sesión para tratar los allanamientos a CFK: ¿por qué debe intervenir el Senado?
El Senado aprobó por unanimidad (66 votos a favor, ningún voto en contra y seis ausentes) el pedido del juez federal Claudio Bonadio para allanar tres propiedades de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner. La solicitud del magistrado fue realizada en la causa conocida como “Cuadernos”, en la que se investigan coimas vinculadas con la obra pública y en la que la semana última fue indagada la ex mandataria. ¿Por qué debe intervenir la Cámara alta en el proceso judicial?
Bonadio pidió hace tres semanas el allanamiento de tres propiedades de Fernández de Kirchner (ubicadas en Barrio Norte, Río Gallegos y El Calafate) pero recién envió al Senado la fundamentación de su pedido a primera hora del jueves 9 de agosto, pocos minutos antes de la sesión convocada para su tratamiento. Por eso, los distintos bloques acordaron tratar este tema en la sesión de la semana pasada, que finalmente se cayó porque el oficialismo no logró reunir los 37 senadores presentes necesarios.
La ex presidenta es senadora y por eso tiene fueros, como establece el artículo 69 de la Constitución nacional. Esto quiere decir, en primer lugar, que no puede ser arrestada mientras dure su mandato como legisladora, a menos que el Senado le quite los fueros. Pero el artículo 1 de la ley de fueros fija otros impedimentos o límites para la Justicia. Establece, respecto de diputados y senadores nacionales, que “no se podrá ordenar el allanamiento del domicilio particular o de las oficinas (…) ni la intercepción de su correspondencia o comunicaciones telefónicas sin la autorización de la respectiva Cámara”.
Por eso, la carta que ayer envió a la reunión de Labor Parlamentaria y difundió Fermández de Kirchner no tiene efectos legales sino políticos. La senadora señaló ahí que no tiene “ningún inconveniente” en que se permitan los allanamientos, aunque solicitó que “no haya cámaras de televisión ni fotográficas, para evitar así la posterior difusión de imágenes en programas oficialistas con clara intención de humillación y hostigamiento”.
El impedimento de allanar propiedades de legisladores nacionales tiene un antecedente cercano. El juez federal Luis Rodríguez ordenó en abril de 2016 un allanamiento a una propiedad del ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido ubicada en la Avenida Libertador. De Vido había asumido como diputado nacional en diciembre de 2015, es decir que tenía los mismos fueros que tiene la ex presidenta.
El caso de De Vido fue tratado por la Cámara de Diputados y dos meses después del pedido de Rodríguez, la Cámara baja autorizó el pedido de allanamiento a la propiedad del ex ministro de Planificación Federal, quien un año más tarde fue desaforado y hoy se encuentra detenido en el penal de Ezeiza.
Fecha de publicación original: 22/08/2018
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