CFK: “[El proyecto de Cambiemos] establece una quita de entre el 30% y el 60% para los jubilados que tienen juicio”
La ex presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, criticó el proyecto ómnibus del oficialismo que incluye el pago a los jubilados. Apuntó a “la burla de establecer una quita de entre el 30% y el 60% para los jubilados que tienen juicio contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)”, en base a un cálculo que el ex viceministro de Economía Emmanuel Álvarez Agis utilizó para argumentar que no es cierto que la norma “vaya a terminar con la litigiosidad previsional”.
La situación previa
La Ley 24.463 de 1995 modificó la forma de calcular las jubilaciones, al establecer que desde ese año la variación la determinaría la Ley de Presupuesto, y que el monto del haber no tendría que tener relación con el salario de los trabajadores activos. Esto fue judicializado en diferentes oportunidades, y la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) lo declaró inconstitucional en el fallo Elliff de 2009.
En 2008, la Ley 26.417 modificó este cálculo, en base a dos elementos: los recursos tributarios del Sistema Integral Previsional Argentino (SIPA), y el índice general de salarios del INDEC o el índice basado en la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), según cuál sea el más favorable. Pero este cambio no se aplicó en forma retroactiva a las jubilaciones previas, por lo que se mantiene hasta hoy el problema con el cálculo del haber y la movilidad entre 1995 y 2008.
Qué dice el proyecto de ley
El texto que obtuvo dictamen de mayoría en Diputados propone que para el cálculo del período 1995-2008 se utilice el índice RIPTE. Esto se diferencia de lo establecido por la Corte, según la cual se debe utilizar el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC).
“Tomando como base el valor de abril de 1995, a junio de 2008 el RIPTE muestra un crecimiento del 164% (pasa de $909,07 a $2.400,12), mientras que el ISBIC presenta un incremento del 362%”, explicó a Chequeado el investigador del Instituto del Conurbano de la Universidad Nacional de General Sarmiento, Carlos Martínez.
Además, el proyecto establece, para las personas que iniciaron un juicio pero que aún no tienen sentencia firme, un máximo de cuatro años para el pago de retroactivos. Un análisis a partir de casos particulares de Guillermo Jáuregui, abogado especializado en derecho previsional, muestra que la quita para las personas en juicio con respecto al pago en caso de una sentencia firme con retroactivos puede alcanzar hasta el 70 por ciento.
Eugenio Semino, defensor de la Tercera Edad de la ciudad de Buenos Aires, consideró que es dificil establecer una cifra exacta de la reducción, porque depende de la historia laboral de cada persona, pero advirtió a este medio que “si no es atractiva la oferta, las personas no la van a aceptar y seguirán con los juicios”.
El secretario privado del Director Ejecutivo de la ANSES, Emilio Basavilbaso, Cristián Ruiz Guiñazú, respondió a este sitio que se eligió el índice RIPTE por considerar que “se asemeja más a la realidad” al reflejar “la evolución de los salarios de todos los sectores”, y que en su opinión no se puede hablar de quita ya que “es un programa voluntario”. El secretario de Coordinación Interministerial e impulsor del proyecto, Mario Quintana, utilizó el mismo argumento, aunque reconoció que según la fecha el ISBIC puede dar un aumento mayor.
El contexto
Pese a los fallos de la Corte, los procesos judiciales en materia previsional demoran varios años, algo que destacar dado que se trata de personas de edad avanzada. Según Graciela Stasevich, abogada del caso Badaro, “la duración de un proceso es de más o menos 7 años, salvo algunos casos excepcionales en donde el ANSES no apela”. La sentencia firme, incluso, no trae un pago instantáneo: en 2014 había 32 mil casos para liquidar en la Dirección General de Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales del organismo, y un 30% requería verificación de datos del empleador.
Semino mencionó que el pago debería realizarse dentro de los 120 días hábiles desde el fallo, pero que en muchos casos se demora y se debe iniciar la ejecución de sentencia que lleva algunos meses más. Por otro lado, explicó que no todo el dinero va al jubilado, sino que “hay un tercio que se lo lleva la AFIP por Ganancias y otra parte que se llevan los abogados”. Agregó que el proyecto disminuye pero no elimina el descuento de Ganancias, y que es posible que los abogados que llevaron adelante el juicio igualmente cobren sus honorarios.
Más allá de esto, el haber jubilatorio no solo aumentará para quienes iniciaron un juicio (alrededor de 300 mil casos), sino también para muchas más personas que también tienen inconvenientes en el cálculo de su jubilación pero que no iniciaron ningún reclamo (se estiman más de dos millones de casos). Ruiz Guiñazú informó que “el aumento promedio estimado es del 35%”, y los números de Jáuregui muestran aumentos de hasta el 54 por ciento.
Sobre este aspecto hizo hincapié Quintana, al declarar que “poner el énfasis en el diferencial del índice (…) cuando lo que estamos haciendo es una reparación histórica que beneficia a 2,5 millones de nuestros mayores, sinceramente es como querer desviar la atención”.
Rafael Rofman, especialista en Protección Social del Banco Mundial, destacó en un artículo que debido a que la mitad de los actuales jubilados ingresaron al sistema por las moratorias, y a “la aplicación irregular de criterios de indexación (que resultó en el altísimo nivel de judicialidad del sistema)”, hoy “cerca de un 50% de los beneficiarios cobra la jubilación mínima, y otro 30% cobra entre una y dos mínimas”.
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