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Esta nota tiene más de un año
FrasesFalso
La afirmación ha demostrado ser falsa, al ser contrastada con las fuentes y datos más serios y confiables.

Cristina Fernández de Kirchner: “Acaban de proscribirme”

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • La vicepresidenta realizó esta afirmación durante un discurso en la Universidad Nacional de Río Negro, donde recibió un doctorado honoris causa
  • Fernández de Kirchner fue condenada el 6 de diciembre último a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. 
  • Sin embargo, la condena no se encuentra firme y puede ser apelada por la defensa de la vicepresidenta, por lo que actualmente puede presentarse a competir por un cargo electivo. 

En un discurso brindado al recibir el doctorado honoris causa de la Universidad Nacional de Río Negro (UNRN), la vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner (Frente de Todos), se refirió a la difusión de los fundamentos del fallo que la condenó por fraude al Estado y le dictó la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. En ese contexto, afirmó: “Acaban de proscribirme”. 


Esto es falso. Como se explica en esta nota, la condena contra la vicepresidenta no se encuentra firme, por lo que no tiene efectos aún. Además, puede ser apelada ante la Cámara Federal de Casación Penal y la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que no tienen plazos estrictos para resolver, según las normas vigentes. Sólo en el caso de que estas 2 instancias confirmen el fallo comenzarían a cumplirse sus efectos. 

De esta manera, la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, una de las decisiones que dictó el tribunal que la condenó, aún no rige y Fernández de Kirchner puede ser candidata en las elecciones de este año, e incluso -de resultar electa- puede asumir el cargo y ejercerlo. 

¿Cuándo se ejecuta una pena de inhabilitación perpetua?

La Ley 23.298 de Partidos Políticos enumera un listado de grupos que no pueden ser candidatos a cargos electivos. Entre ellos, señala a “los excluidos del padrón electoral como consecuencia de disposiciones legales vigentes”. El criterio para excluir personas del padrón electoral está fijado en el Código Nacional Electoral, que excluye a los “condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad” mientras dure la condena.

Por su parte, el Código Penal de la Nación habilita a los jueces a imponer la inhabilitación absoluta (privación de empleo o cargo público, del derecho electoral y suspensión del goce de jubilaciones), que puede transformarse en perpetua “cuando el autor se hubiere valido de su empleo, cargo, profesión o derecho” para la comisión del delito.

La inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, al igual que la condena de prisión, sólo se ejecuta una vez que una sentencia queda firme. Es decir, cuando ya no quedan recursos pendientes de resolución en la Justicia argentina. Es lo que se llama “cosa juzgada”.

Esto tiene un aval jurisprudencial: en 2017, el ex presidente Carlos Menem (Partido Justicialista) se presentó como candidato a senador nacional por La Rioja. Su candidatura fue impugnada y a pocos días de las elecciones primarias la Cámara Nacional Electoral lo inhabilitó por su condena en la causa “Armas”. 

Sin embargo, pocas semanas después la Corte Suprema de Justicia de la Nación revirtió el fallo y señaló que la Cámara no tuvo en cuenta los cambios jurisprudenciales sobre las garantías del derecho penal, “en especial el derecho a la revisión de las sentencias condenatorias”. Por lo tanto, Menem pudo presentarse como candidato. 

La condena en la causa “Vialidad”

El 6 de diciembre último, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 -integrado por Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu- condenó a Fernández de Kirchner a 6 años de prisión en la causa conocida como “Vialidad” por considerarla autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. Además, dictó la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

En la causa se investigó si el empresario Lázaro Báez resultó beneficiado con la adjudicación de 51 obras públicas viales con fondos nacionales en la provincia de Santa Cruz entre 2003 y 2015 -durante las gestiones de Néstor Kirchner (Frente para la Victoria) y Cristina Fernández de Kirchner y si hubo sobreprecios, demoras injustificadas o trabajos inconclusos.

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Comentarios

  • Beatriz Vacani25 de mayo de 2023 a las 10:24 amDejó todo en manos de Cristina Fernández
  • Franco13 de julio de 2023 a las 12:56 amTambien es falso no solo por hecho de que se podia presentar, sino que ademas no es lo mismo ser condenada que proscripta, Cristina fue condenada por corrupta.
  • Beatriz Vacani28 de agosto de 2023 a las 8:28 pmAún no se termina la lesa humanidad que sufro hace 12 años

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