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FrasesFalso
La afirmación ha demostrado ser falsa, al ser contrastada con las fuentes y datos más serios y confiables.

Di Zeo: “Las autoridades que tienen que velar por las garantías constitucionales de los argentinos, mandan a Brasil listados de gente (…) te están prejuzgando”

“Las autoridades que tienen que velar por las garantías constitucionales de los argentinos, mandan a Brasil listados de gente que no saben si va a ir, si no va a ir, si va a cometer un ilícito o no.  Te están prejuzgando, porque yo hoy estoy libre de todo. ¿Por qué me prejuzgan? ¿Por qué piensan que yo voy a ir y voy a hacer algo en Brasil?”, dijo Rafael Di Zeo, ex jefe de la barra brava de Boca, al referirse al envío de datos a Brasil de argentinos que tienen antecedentes de haber cometido actos violentos en estadios de fútbol.

El intercambio de información está amparado en un acuerdo firmado por el Mercosur en 2012, que busca prevenir la seguridad en espectáculos futbolísticos. Además, un país tiene derecho a rechazar la entrada de un ciudadano basado en esos datos.

El Ministerio de Seguridad de la Nación envió a las autoridades brasileñas datos sobre ciudadanos argentinos que tienen antecedentes de violencia en estadios de fútbol y a los que se les aplica el derecho de admisión en los estadios de la Argentina, es decir que no pueden ingresar. A partir del convenio firmado con las autoridades brasileras, se confeccionó un listado de 2.100 hinchas argentinos que cumplían con estas características.

El fallo judicial que permitió este envío, luego de que un hincha de Platense presentara un amparo y una cautelar para impedirlo, aclara que la lista “consiste en antecedentes, principales hipótesis de conflicto o riesgo, interdicciones judiciales de ingreso a los estadios, historias de rivalidades, características de los simpatizantes que integran los distintos contingentes y grupos violentos; por lo que no encuadra dentro de la definición de datos sensibles del art. 2º de la ley 25.326” (de Protección de datos personales).

Florencia Arietto, abogada y ex jefa de seguridad del Club Independiente, explicó que en este listado pueden incluirse “personas que tienen algún antecedente de violación a la Ley de Deporte (que no son delitos penales) y a quienes tienen causas abiertas sin pedido de captura. A partir de eso, Brasil puede decidir deportarlos. Es su derecho soberano”. Más allá de esta información, el Ministerio de Seguridad no hizo públicas las listas ni los criterios utilizados para su conformación, lo cual impide que los afectados estén al tanto de la medida.

Existe un debate sobre la legitimidad del envío de datos datos personales a otros países. Según el artículo 12 de la Ley de Protección de Datos Personales se “prohíbe la transferencia de datos personales de cualquier tipo con países u organismos internacional o supranacionales, que no proporcionen niveles de protección adecuados”.

Como la Argentina tiene un mayor nivel de protección de datos que la mayoría de los países de la región (por el reconocimiento del artículo 43 de la Constitución Nacional), según la Unión Europea, la transferencia de información a Brasil podría ser cuestionada. “La ley argentina es la copia de la legislación europea. Pero Brasil no tiene ley de protección de datos, así que en principio la Argentina no podría enviar datos a Brasil”, explicó Gustavo Tanús, abogado, especialista en derecho informático y protección de datos.

Sin embargo, en junio de 2012 los Estados miembros del Mercosur firmaron el “Acuerdo sobre Lineamientos en materia de Seguridad en Eventos Futbolísticos”. El acuerdo encomendaba “el estudio de protocolos operativos, la elaboración de matrices de riesgos para los encuentros futbolísticos, la confección de planillas para el intercambio estandarizado de la información y la programación de cursos de capacitación sobre el tema”. Si bien el artículo 12 de la Ley de Protección de Datos Personales prohibe la transacción internacional de datos, su inciso “d” pone como excepción la firma de tratados internacionales en los que el país forme parte.

Si hay un tratado internacional, la ley permite el intercambio de datos de cualquier tipo”, precisó Tanús. Así también lo interpretó la jueza federal en lo Contencioso Administrativo Cecilia Gilardi Madariaga de Negre al rechazar el amparo presentado por el hincha de Platense. Este fallo fue respaldado en segunda instancia por la Cámara Federal.

Durante el Mundial de Sudáfrica de 2010 también se intercambiaron datos, lo que llevó a que 10 personas fuesen deportadas, según confirmó a Chequeado Débora Hambo, abogada y representante de 38 hinchadas.

Fecha de publicación original: 19/06/2014

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