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Emergencia pública: ¿qué le permite hacer a un presidente en la Argentina?

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • La Cámara de Diputados de la Nación aprobó la Ley Bases, que declara la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética.
  • Esta situación le posibilita al Poder Ejecutivo Nacional tomar ciertas decisiones sin cumplir con todos los procedimientos administrativos habituales o sin contar con el aval del Congreso de la Nación. 
  • Otras gestiones también gobernaron bajo leyes de emergencia pública. La gestión de Eduardo Duhalde (Partido Justicialista) impulsó un proyecto en enero de 2002 (que se extendió hasta fines de 2017) y durante el gobierno de Alberto Fernández (Frente de Todos) se aprobó otro, que vence el 31 de diciembre de 2023.

Última actualización: 30/05/2024

El proyecto de Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos fue aprobado por la Cámara de Diputados de la Nación, y ahora deberá ser tratada por el Senado para entrar en vigencia.

La iniciativa, que consta de 232 artículos, dispone entre otros puntos la declaración de la “emergencia pública” por el plazo de 1 año.

¿Qué significa la declaración del estado de emergencia pública, qué alcances tiene y qué acciones puede realizar el presidente con esta herramienta? Te lo contamos en esta nota.

¿Qué significa la declaración de una “emergencia pública”?

Como se explica en esta nota, la situación de emergencia le permite al Poder Ejecutivo Nacional tomar ciertas decisiones sin cumplir con todos los procedimientos administrativos habituales -lo que implica mayores plazos para la ejecución de algunas políticas- o sin contar con el aval del Congreso de la Nación. 

“El concepto de ‘emergencia’ -ya sea económica como fiscal- implica que ciertas facultades, que en un Estado normal suelen funcionar con cierta burocracia, sean simplificadas para tomar decisiones. Además, implica la posibilidad de que el Gobierno nacional tome decisiones por decreto sin la necesidad de que se aprueben leyes”, explicó en esta nota Iván Sasovsky, docente de la Maestría en Tributación en la Universidad de Buenos Aires (UBA) y experto en Fiscalidad Internacional de la Universidad de Santiago de Compostela (España). 

Por su parte, Luciana Díaz Frers, ex directora nacional de Políticas Fiscales del Ministerio de Hacienda de la Nación durante la gestión de Mauricio Macri (2016-2019), señaló en esta nota: “La emergencia permite al Ejecutivo tener una injerencia más fuerte en cuestiones que deberían ser debatidas en el Congreso. Y contribuye a la centralización en la toma de decisiones, que a veces es muy eficaz pero que debilita la democracia y la práctica institucional de someter a discusión las decisiones de política pública”.

El artículo 76 de la Constitución nacional prohíbe “la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo”, a excepción de determinadas decisiones de administración o de emergencia pública. En estos casos, la emergencia debe contar con un plazo fijado de finalización.

El presidente de la Cámara Nacional Electoral, Alberto Dalla Via, explicó en este artículo que, de acuerdo con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, “la emergencia requiere: a) de un marco legal, b) de un límite temporal, c) de razonabilidad entre las medidas tomadas y el fin de la emergencia, y d) que la restricción de los derechos en modo alguno pueda ocasionar la frustración de los mismos”.

¿Qué propone el proyecto de Ley Bases aprobado por Diputados?

El proyecto aprobado por Diputados dispone la declaración de una “emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética” por el plazo de un año. La primera versión, que no fue aprobada por la cámara Alta, pedía la declaración de emergencia en 11 áreas y se extendía por 2 años, prorrogable por un período similar (es decir, hasta la finalización del mandato de Milei)

En el marco de la emergencia, el Congreso delega en el Ejecutivo una serie de facultades que entre otras cosas le permitirán avanzar en una reforma del Estado y renegociar o rescindir contratos de obras públicas, entre otras funciones.

El Ejecutivo deberá informar mensualmente al Congreso las acciones realizadas por las facultades delegadas. Además, se dispone que los decretos dictados por el Gobierno en el marco de la emergencia deberán ser controladas por una comisión bicameral.

¿Qué falta para que entre en vigencia la emergencia pública?

Tras la aprobación de Diputados, ahora el proyecto de Ley deberá ser refrendado por el Senado bajo las mismas condiciones que en la Cámara baja: esto es, requiere de la aprobación en general de la mayoría absoluta de los votos (es decir, la mitad más uno del total de los miembros).

Otras emergencias públicas impulsadas por Eduardo Duhalde y Alberto Fernández

Existen otros antecedentes de declaraciones de emergencia. El 6 de enero de 2002, el entonces presidente Eduardo Duhalde (Partido Justicialista) promulgó la Ley de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario, que declaraba este estado en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria. 

Originalmente, la emergencia se extendía hasta el 10 de diciembre de 2003, pero fue prorrogada consecutivamente durante el kirchnerismo (gestiones de Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner -Frente para la Victoria-) y estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 2017. Es decir, hasta la mitad del mandato de Mauricio Macri (Cambiemos).

Por su parte, el ex presidente Alberto Fernández (Frente de Todos) promovió en diciembre de 2019 la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, donde se declaró la emergencia pública “en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social”. La medida se extendió hasta el 31 de diciembre de 2023.

 

Actualización 30/04/2024: se actualizaron las características de la emergencia pública en función de la nueva Ley Bases enviada por el Ejecutivo al Congreso y aprobada por la cámara de Diputados. 

 

Fecha de publicación original: 29/12/2023

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Comentarios

  • Sonia Abarca21 de mayo de 2024 a las 6:25 pmEL ARTICULO 29 CNA PROHÍBE OTORGAR PODER EXTRAORDINARIOS AL PRESIDENTE DE LA NACION , CASO CONTRARIO SERIAN TODOS DENUNCIADOS POR TRAICION A LA PATRIA

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