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Las 5 claves del paquete fiscal de Javier Milei que debate el Senado

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • El proyecto que debate el Senado restituye la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias. El nuevo mínimo no imponible -los ingresos a partir de los cuales se cobra el impuesto- será de $ 1,8 millones brutos (el sueldo antes de los descuentos) para solteros y $ 2.340.000 para casados con 2 hijos.
  • La iniciativa contempla también un aumento del piso de Bienes Personales (junto con una baja en las alícuotas máximas) y dispone un nuevo blanqueo de capitales con mayores beneficios para quienes decidan declarar sus bienes. 
  • Además, se incorpora una nueva moratoria para deudores de impuestos, cambia el régimen de monotributo y elimina el impuesto a la transferencia de inmuebles.

Además de dar media sanción al proyecto de “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, la Cámara de Diputados de la Nación aprobó el 30 de abril último el Proyecto de Ley sobre Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes -también conocido como “paquete fiscal”- presentado por el gobierno de Javier Milei (La Libertad Avanza).

En sus más de 70 páginas y dividido en 8 títulos y 102 artículos, el proyecto de ley -que ahora debate el Senado- contempla cambios relevantes y novedades en aspectos como moratoria, blanqueo de capitales, modificaciones en el impuesto a los Bienes Personales, el impuesto a las Ganancias y el Monotributo, entre otros.

En esta nota te contamos los cambios clave que introduce el proyecto del Poder Ejecutivo. 

1- Vuelve el impuesto a las Ganancias para los trabajadores

El título V de la ley restablece la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias -es decir, aquella que grava los ingresos de los trabajadores en relación de dependencia-, eliminado en septiembre de 2023 durante el gobierno de Alberto Fernández (Frente de Todos).

De aprobarse la ley, el nuevo mínimo no imponible -los ingresos a partir de los cuales se cobra el impuesto- será de $ 1,8 millones brutos (el sueldo antes de los descuentos) para solteros y $ 2.340.000 para casados con 2 hijos. Este mínimo, sin embargo, difiere del primer proyecto original, que estaba en el orden de $ 1,2 millones. 

La alícuota mínima (el porcentaje que se descuenta sobre el salario) es del 5% sobre la ganancia neta (es decir, luego de que se apliquen todas las deducciones posibles, como la establecida por cónyuge e hijos) y se incrementa hasta el 35% de acuerdo al nivel de ingresos.

El proyecto de ley elimina algunas exenciones, como el diferencial para trabajadores de la región patagónica y las horas extra, pero considera el pago del aguinaldo. Y prevé una actualización de las escalas a partir del 2025. 

El analista económico Damián Di Pace calculó que, con el nuevo esquema, una persona soltera y sin hijos que cobre $ 1,9 millones brutos ($ 1.581.000 luego de los descuentos) pagará una alícuota de $ 4.363, mientras que un trabajador con cónyuge y 2 hijos que perciba $ 2,4 millones brutos pagará $ 5.000. 

2- Piso más alto para Bienes Personales

El tercer título establece un cambio en el impuesto a los Bienes Personales (que grava la posesión de propiedades en el país y en el exterior), aumentando de $ 27 millones a $ 100 millones el piso a partir del cual una persona será alcanzada por el tributo y modificando las alícuotas. 

Según explicó a Chequeado César Litvin, contador tributarista y CEO del Estudio Lisicki, Litvin & Asociados, esto incluye “cuentas bancarias en el exterior, cuenta corriente, dólares del colchón, rodados y muebles de inversiones”. A su vez, para los inmuebles destinados a casa-habitación el nuevo mínimo sube a $ 350 millones (en la actualidad está en $ 137 millones). 

Otra modificación importante de Bienes Personales tiene que ver con la baja de las alícuotas: la iniciativa aprobada en Diputados establece alícuotas progresivas que van del 0,5% a 1,5%, mientras que en la actualidad el tope máximo es de 1,75%. 

Además, se eliminan las diferencias entre bienes locales y bienes en el exterior, que actualmente pagan una alícuota del 2,25%. 

El texto de la nueva ley también establece beneficios para los contribuyentes cumplidores, que obtendrán una reducción de 0,5% según la alícuota que paguen (es decir que, si les corresponde pagar 1,5% de impuestos, pasarían a pagar 1%). 

En tanto, quienes decidan pagar 5 años del impuesto por adelantado pagarán una alícuota especial de 0,45% por año. Para Litvin, esto busca dar previsibilidad a largo plazo además del descuento.

3- Nuevo blanqueo de capitales

El segundo título lleva el nombre Régimen de Regularización de Activos y contempla un blanqueo dirigido a aquellos contribuyentes que no tienen sus activos declarados en el país. 

Con la nueva ley, las personas que blanqueen hasta US$ 100 mil no tendrán que pagar ninguna penalización por los bienes no declarados, mientras que quienes superen esa cifra pagarán, en una primera etapa (hasta el 30 de septiembre) una alícuota del 5% sobre el excedente declarado. 

En una segunda etapa (desde octubre a diciembre de 2024) se establece una alícuota del 10%, y en un tercer tramo, de enero a marzo de 2025, el gravamen por los bienes no declarados será del 15%. 

Para Litvin, el éxito del blanqueo va a depender de la confianza que haya respecto del Gobierno, de que se ponga en vigencia el intercambio de información financiera con los Estados Unidos, y que se ponga en marcha la baja de otros impuestos como Bienes Personales. 

4- Nueva moratoria impositiva

El proyecto de ley también incorpora el denominado Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social Disposiciones Generales. Se trata de una moratoria dirigida a contribuyentes para regularizar deudas vencidas al 31 de marzo del 2024, quienes tendrán la posibilidad de regularizar su situación a través del pago al contado o en cuotas. 

El proyecto establece que quienes ingresen dentro de los primeros 30 días de sancionada la ley tendrán una condonación del 70% de los intereses resarcitorios y punitorios. 

Esa condonación va bajando a medida que se amplían los plazos de ingreso a la moratoria. Litvin consideró que se trata de una condonación muy significativa de intereses y que es un beneficio muy importante para aquellos que no han cumplido con sus obligaciones como contribuyentes. 

En cambio, para Marcelo Rodriguez, tributarista y CEO de MR Consultores, esta moratoria, al tener pago en solamente 3 cuotas es “menos atractiva que otras en el pasado”.

5- Modificaciones en el monotributo y otros beneficios incluidos en la ley

Otro aspecto clave de la ley tiene que ver con la eliminación del impuesto que grava las transferencias de inmuebles, que hoy asciende al 1,5% del precio de venta. 

También contempla modificaciones en el monotributo, con actualizaciones en los máximos de facturación que asciende a $ 68 millones anuales (actualmente el máximo son $ 16 millones anuales) y nuevas alícuotas que ascenderían de acuerdo a las categorías (la más alta será de $ 375 mil mensuales).

Para Litvin, las medidas fiscales son buenas para una primera etapa, pero no suficientes para una segunda etapa en caso de que el Gobierno logre el equilibrio fiscal, momento en el que -según el especialista- debería ir hacia una baja importante de impuestos y de simplificación del sistema tributario que es, a su juicio, la asignatura pendiente del país. 

En cambio, Martín Kalos, director de EPyCA Consultores, opinó que con este nuevo régimen impositivo “se está castigando más a las personas trabajadoras de mayores ingresos, sobre quienes recae la mayor carga tributaria, a la vez que se reduce la carga entre quienes ya tienen una riqueza acumulada”. 

Por su parte, Rodríguez indicó que los grandes beneficiados son los individuos que pagan Bienes Personales, ya que tendrán estabilidad fiscal hasta 2038, y que es positiva la reincorporación de la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias, por considerar insostenible su eliminación en 2023 a la vez que lo considera un impuesto progresivo.

 

Actualización 12/06/2024: se actualizó la nota tras el comienzo del debate en el Senado

Fecha de publicación original: 01/05/2024

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Comentarios

  • mario bibiloni26 de junio de 2024 a las 12:01 pmExcelente resumen!! Muchas gracias

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