Los 5 puntos claves sobre el paquete fiscal en Diputados: qué puede pasar con Ganancias y Bienes Personales
- El paquete fiscal fue aprobado por el Senado pero con modificaciones. Esta tarde volverá a ser tratado por la Cámara de Diputados, que le había dado media sanción a fines de abril.
- Lo más saliente de la votación en la Cámara alta fue el rechazo a la restitución de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias, y cambios en el régimen de Bienes Personales.
- El oficialismo obtuvo dictamen en comisiones para restituir la redacción original de estos 2 tributos, tal como fueron aprobados en abril, pero algunos constitucionalistas advierten que la Cámara baja no podría insistir con artículos que fueron rechazados por el Senado.
La Cámara de Diputados volverá a discutir hoy el paquete fiscal, que volvió del Senado con modificaciones. El oficialismo ya alcanzó dictamen en comisiones para intentar revertir algunos de los cambios que introdujo el Senado y este jueves se debatirá en el recinto de la Cámara baja.
En esta nota, repasamos las claves de lo que se viene esta semana en el Congreso.
1- ¿Qué es el paquete fiscal?
El proyecto de ley sobre Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes fue presentado en el Congreso en abril, con cambios y novedades en aspectos como moratoria, blanqueo de capitales, modificaciones en el impuesto a los Bienes Personales, el impuesto a las Ganancias y el Monotributo, entre otros. Si bien son 2 proyectos distintos, se debatió en ambas cámaras casi a la par de la Ley Bases.
2- ¿Cómo fue el camino del paquete fiscal?
Fue presentado en abril, y a fines de ese mes obtuvo media sanción de la Cámara de Diputados. La versión original del proyecto tenía 102 artículos. Tras su paso por la Cámara de Diputados y su aprobación con cambios (y rechazos de algunos capítulos) en el Senado, la redacción quedó acotada a 66 artículos. Esta semana volverá a ser analizado por la Cámara de Diputados, donde el oficialismo insistirá con la versión aprobada en abril.
3- ¿Qué pasó en el Senado con el impuesto a las Ganancias?
Tras la sesión en el Senado, el proyecto tuvo importantes modificaciones. Se introdujeron cambios en el blanqueo y en la ley minera, pero lo más relevante pasó por 2 tributos: el impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales.
El Senado rechazó por completo el Título V del paquete fiscal, que disponía la restitución de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias, correspondiente a trabajadores en relación de dependencia. Este impuesto había sido derogado en septiembre de 2023.
El proyecto establecía un mínimo no imponible -los ingresos a partir de los cuales se cobra el impuesto- de $ 1,8 millones brutos (el sueldo antes de los descuentos) para solteros y $ 2.340.000 para casados con 2 hijos.
El oficialismo insistirá en la Cámara de Diputados para aprobar el paquete fiscal con la versión de Ganancias aprobada en la media sanción de Diputados y dejar sin efecto, de esa manera, el rechazo del Senado. Así lo adelantó en el debate de comisiones. Si no lo logra, los trabajadores de la cuarta categoría seguirán sin pagar Ganancias.
4- ¿Qué pasó en el Senado con Bienes Personales?
El Título III del proyecto de ley, también rechazado por el Senado, establecía modificaciones en el régimen de Bienes Personales (que grava la tenencia de propiedades en el país y en el exterior), aumentando a $ 100 millones el piso a partir del cual una persona será alcanzada por el tributo y modificando las alícuotas.
Según explicó a Chequeado César Litvin, contador tributarista y CEO del Estudio Lisicki, Litvin & Asociados, los Bienes Personales alcanzan a “cuentas bancarias en el exterior, cuenta corriente, dólares del colchón, rodados y muebles de inversiones”.
Además de aumentar el piso a partir del cual se pagaría el tributo, el proyecto aprobado por Diputados imponía alícuotas progresivas para el pago de Bienes Personales, que iban del 0,5% al 1,5% (más bajas que el actual régimen).
Al igual que con Ganancias, el oficialismo buscará revertir el rechazo del Senado. Si no lo logra, el piso para el pago de Bienes Personales continuará siendo de $ 27 millones, con una alícuota máxima del 1,75% para los bienes locales y del 2,25% para aquellos que se encuentren radicados en el exterior.
Hay un tercer punto, menos mencionado, sobre el que la Cámara de Diputados insistirá. Es un artículo que fue aprobado por la Cámara de Diputados en abril, pero en la votación en particular en el Senado fue rechazado. Y, en este caso, fue rechazado con 64 votos negativos, es decir, una mayoría superior a los 2 tercios.
Es el artículo 111, que insta al Poder Ejecutivo a que en un plazo de 60 días de sancionada la ley envíe al Congreso un proyecto tendiente a incrementar los recursos hasta un 2% del PBI “mediante la supresión o modificación de exenciones tributarias, beneficios impositivos o cualquier otro gasto tributario”.
5- ¿Qué puede hacer la Cámara de Diputados con el paquete fiscal?
La Constitución nacional establece en su artículo 81 que si la Cámara revisora (en este caso, el Senado) introduce modificaciones (adiciones o correcciones), debe volver a la cámara de origen, en este caso, Diputados, que puede aprobar las modificaciones o insistir con la versión original. Para eso, se debe tener en cuenta con qué mayoría se aprobó esa modificación, adición o corrección. Si el Senado lo aprobó con mayoría de 2 tercios, Diputados necesitará de igual mayoría para insistir con la versión original.
Esto dio lugar a un debate técnico en los últimos días. Como habían adelantado distintos funcionarios y legisladores, el oficialismo insistirá en la Cámara de Diputados con la inclusión del impuesto a las Ganancias y las modificaciones a Bienes Personales en el paquete fiscal, tal como se habían aprobado en abril. Así quedó plasmado en el dictamen de comisiones firmado por la mayoría esta semana.
Estos 2 capítulos del proyecto no fueron quitados del proyecto antes de la aprobación, como ocurrió con otros fragmentos, sino que fueron sometidos a votación en particular y el Senado los rechazó.
Diversos especialistas señalaron que Diputados no podría insistir con un artículo o capítulo rechazado explícitamente por el Senado.
“En un sistema bicameral federal el elemento central del proceso de formación y sanción de las leyes es la voluntad afirmativa mediante la cual se aprueba un proyecto de ley. Solo la concurrencia afirmativa de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores puede transformar un proyecto de ley en una ley sancionada por el Congreso”, señaló Andrés Gil Domínguez, constitucionalista y profesor titular de la Universidad de Buenos Aires (UBA).
Y agregó: “Nunca un rechazo parcial de la Cámara revisora puede ser asemejado a una aprobación con adiciones o correcciones por cuanto carece de voluntad afirmativa”.
El constitucionalista Ricardo Ramírez Calvo, profesor de la Universidad de San Andrés (Udesa), se manifestó en sentido contrario: “Se afirma que como los artículos totalmente rechazados por la cámara revisora no cuentan con su consentimiento, no pueden ser sancionados. Según esa particular interpretación, autorizar la insistencia de la cámara de origen, tal como lo prevé expresamente el artículo 81 de la Constitución, implicaría violar ese principio. En otras palabras, es un principio que el propio texto constitucional contradice”.
Fecha de publicación original: 26/06/2024
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