Pese al fallo judicial, el dióxido de cloro no está autorizado en el país como tratamiento y es una sustancia tóxica
- Mediante una medida cautelar, un juez autorizó la administración del dióxido de cloro a un paciente de 93 años en grave estado en el Sanatorio Otamendi, quien falleció el lunes último.
- No hay evidencia científica que demuestre la eficacia del dióxido de cloro contra el coronavirus ni contra ninguna otra enfermedad y la sustancia no posee autorización alguna por parte de la ANMAT para su comercialización y uso.
- La ingesta de la sustancia puede generar graves consecuencias para la salud y la comunidad médica señaló su preocupación por la medida judicial.
En las últimas horas, el dióxido de cloro volvió tomar protagonismo en la agenda cuando se conoció el caso de un paciente de 93 años con COVID-19 que falleció en el Sanatorio Otamendi, ubicado en la Ciudad de Buenos Aires, luego de que un médico neurocirujano le suministrara la sustancia para su tratamiento.
El dióxido de cloro no está autorizado por la Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ni por el Ministerio de Salud de la Nación para su uso y comercialización, y varias asociaciones y especialistas salieron a repudiar la situación, además de advertir sobre el peligro del consumo de esta sustancia.
Un juez autorizó la administración del dióxido de cloro
Según relató el abogado del paciente fallecido Oscar García Rúa, Martín Sarubbi, en Radio 10, el paciente contrajo coronavirus en diciembre último y fue internado en los últimos días de ese mes en el Sanatorio Otamendi.
El médico neurocirujano Dante Converti recomendó el tratamiento paliativo con dióxido de cloro e ibuprofeno inhalado, según la versión del abogado, una práctica que fue negada por el sanatorio. Desde el equipo que asesora legalmente a la familia interpusieron “un recurso de amparo a efecto de que la justicia autorice estos tratamientos” y, frente al amparo, el juez federal subrogante Javier Pico Terrero, del Juzgado Civil y Comercial Federal N° 7, autorizó por esa vía el tratamiento aunque “el Sanatorio Otamendi se negó a realizar la práctica”.
La práctica fue finalmente realizada por Converti, según explicó Sarubbi en declaraciones radiales a Radio 10, aunque el Sanatorio Otamendi apeló el fallo del juez Pico Terrero, de acuerdo con Télam e Infobae.
Dante Converti es médico neurocirujano y se especializa en tratamientos biológicos y ortomoleculares para la prevención y tratamiento de enfermedades, según asegura su página web.
Converti ha dado entrevistas en algunas oportunidades a Mantra FM, un medio que también suele tener de invitados especiales a la bioquímica Roxana Bruno, al médico genetista Marcelo Martínez y al investigador superior del Conicet Hugo Luján, quienes han difundido desinformaciones sobre el coronavirus y las vacunas.
La Asociación Argentina de Neurocirugía (AAN) señaló en sus redes sociales que Converti no es miembro de la asociación, que el tratamiento con dióxido no se encuentra autorizado por la ANMAT para su uso en cuadros de COVID-19 y que “no se encuentra dentro de las competencias y entrenamiento de los especialistas en neurocirugía el tratamiento médico de un cuadro del COVID grave, a excepción de eventuales y poco frecuentes complicaciones neurológicas que requieran cirugía”.
Según la versión del abogado, García Rúa no habría “fallecido a causa del COVID, sino de una infección intrahospitalaria”. De todos modos, Sarubbi reconoció hoy a la mañana en Radio 10 que presentaría una denuncia en el juzgado de instrucción de turno “para determinar la responsabilidad y ver si existió un homicidio culposo” y que, luego de la denuncia, se comenzaría la autopsia que determinaría finalmente la causa de muerte.
Chequeado contactó a Sarubbi para saber si la denuncia fue presentada, pero al momento de la publicación de esta nota no obtuvo respuesta.
Una sustancia peligrosa y sin evidencia científica
El año último, luego de la muerte de un niño de 5 años en Plottier, Neuquén y un hombre de 50 años en San Pedro, Jujuy después de haber ingerido dióxido de cloro, el Ministerio de Salud de la Nación y la ANMAT recordaron que no está autorizado el consumo y la comercialización del dióxido de cloro para el tratamiento de COVID-19 u otras enfermedades.
El dióxido de cloro es un derivado del clorito de sodio, una sustancia química que se utiliza como blanqueador en la industria papelera y textil. Su ingesta puede causar irritación en el esófago y estómago, dolor abdominal, náuseas, vómitos, diarrea e intoxicaciones severas, que pueden incluir graves trastornos hematológicos, cardiovasculares y renales, así como complicaciones respiratorias, como bronquitis crónica y erosiones dentales.
La Asociación Toxicológica Argentina, la Sociedad Iberoamericana de Salud Ambiental, el Departamento de Toxicología de la Facultad de Medicina de la Udelar (Uruguay) y la Asociación Argentina de Medicina Respiratoria advirtieron que no tienen ninguna evidencia científica que apoye su seguridad o eficacia, y además, que la sustancia representa un riesgo cierto para la salud.
Diversos organismos mundiales, como la Organización Panamericana de la Salud (OPS), también se han pronunciado en contra de la ingesta de productos a base de dióxido de cloro o clorito de sodio en pacientes con sospecha o diagnóstico de COVID-19, ni en ningún otro caso, “porque no hay evidencia sobre su eficacia y la ingesta o inhalación de estos productos podría ocasionar graves efectos adversos”.
En igual sentido, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios desaconseja su uso, puesto que “cuando se consume siguiendo las instrucciones dadas, produce efectos adversos que pueden ser graves”.
“La Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA, por sus siglas en inglés) no tiene conocimiento de ninguna investigación que demuestre que estos productos sean eficaces para tratar enfermedades. Por el contrario, hay numerosos reportes con alto riesgo de producir daño agudo; por lo cual, se trata de productos no seguros, cuyo uso está prohibido por las autoridades sanitarias de muchos países (EE. UU., Canadá, España, Francia, Argentina, entre otros)”, señaló en este comunicado la Red Argentina de Centros de Información de Medicamentos (RACIM).
Rechazo de la comunidad médica
Desde que se conoció la medida cautelar, distintas asociaciones médicas y especialistas también rechazaron la decisión judicial. En un comunicado que firmaron más de 40 asociaciones médicas, incluida la Fundación Huésped, la Sociedad Argentina de Infectología (SADI) y la Sociedad Argentina de Terapia Intensiva (SATI), la comunidad científica señaló: “La justicia no debe obligar a los médicos a indicar una medicación que no tiene respaldo científico y que no está autorizada por los entes de regulación nacional e internacional, ni respaldada por las sociedades científicas nacionales e internacionales”.
Las asociaciones observan “con suma preocupación la injerencia del poder judicial en un tema médico-científico con implicancia en la salud pública, sobre aplicación de dióxido de cloro en pacientes COVID-19, que obliga al equipo terapéutico a utilizar sustancias no aprobadas por el ente regulador y formalmente contraindicadas por quienes sustentan su práctica sobre evidencias científicas irrefutables”.
Carlos Damin, jefe de Toxicología del Hospital Fernández, expresó su preocupación a Página 12: “Me preocupa que un juez ordene un tratamiento médico y que además ese tratamiento no esté autorizado por el Ministerio de Salud de la Nación, ni por ningún Ministerio de Salud del mundo, me parece mucho más preocupante”.
“Muchas veces la sociedad le atribuye factores mágicos a algunas sustancias, cuando toda la evidencia científica dice lo contrario. No hay evidencia de que sea efectivo como medicamento. Al revés, tenemos evidencia de lo peligroso que es utilizar esta sustancia cáustica”, explicó el especialista.
El presidente del Comité de Bioética de la Fundación Huésped y asesor del Ministerio de Salud, Ignacio Maglio, calificó el lunes último de “mala praxis judicial” al fallo del juez. “¡Es una locura lo que se ha hecho!”, expresó el doctor Maglio a Télam y consideró al fallo como “un caso de desmesura de lo que significa la judicialización de la medicina”.
Además, Maglio consideró un despropósito “que un juez pueda dar una resolución basado en una sola receta, sin haber pedido una prueba de oficio a otros organismos o bien a la Sociedad Argentina de Infectología (SADI)”.
Si querés estar mejor informado sobre la pandemia, entrá al Especial Coronavirus.
Fecha de publicación original: 12/01/2021
Comentarios
Valoramos mucho la opinión de nuestra comunidad de lectores y siempre estamos a favor del debate y del intercambio. Por eso es importante para nosotros generar un espacio de respeto y cuidado, por lo que por favor tené en cuenta que no publicaremos comentarios con insultos, agresiones o mensajes de odio, desinformaciones que pudieran resultar peligrosas para otros, información personal, o promoción o venta de productos.
Muchas gracias