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Investigan al médico y al juez que recomendaron tomar dióxido de cloro al paciente que falleció en el Otamendi

En medio de la polémica por el caso del paciente Oscar García Rúa, de 93 años, que falleció luego de que un juez autorizara a través de una medida cautelar la administración de dióxido de cloro, se realizó una inspección en el consultorio de Dante Converti, el médico que le suministró la sustancia. La investigación quedó a cargo del juez federal Sebastián Casanello, quien ordenó el allanamiento del consultorio médico del neurocirujano.

El Ministerio de Salud Nacional inició una investigación y descubrió varias irregularidades sobre el médico que prescribió el tratamiento: no renovó su matrícula ni inició trámite de actualización; anunció tener especialidades en su formulario recetario no registradas como tales en el Ministerio de Salud de la Nación y cuenta con una matrícula médica en la provincia de Buenos Aires sin registrar ninguna especialidad; el consultorio que declaró en el recetario no registra habilitación de la cartera nacional, ni tampoco inició el trámite para registrarlo. Además, la página web que figura en el pie del formulario recetario de Converti tampoco fue autorizada por el Ministerio de Salud de la Nación.

Luego de la denuncia, Casanello emitió una orden de allanamiento del consultorio profesional, hecho que se extendió por varias horas, ordenándose la clausura judicial y el secuestro de recetas, historias clínicas, medicamentos y productos médicos.

Después de idas y venidas entre la justicia y el Sanatorio Otamendi, y de la medida cautelar dispuesta por juez federal subrogante Javier Pico Terreno, Converti fue quien suministró el dióxido de cloro a García Rúa, según explicó el abogado de la víctima Martín Sarubbi en declaraciones radiales a Radio 10.

Además, asociaciones médicas denunciaron ante el Consejo de la Magistratura al juez Javier Pico Terreno por “mal desempeño”. En el documento presentado ante el Consejo, firmado por la Sociedad Argentina de Infectología (SADI), Fundación Huésped, la Sociedad Argentina de Terapia Intensiva (SATI) y la Sociedad Iberoamericana de Salud Mental y otras asociaciones se denuncia al magistrado “por manifiesto mal desempeño en el ejercicio de la magistratura” al haber resuelto la “implementación de los tratamientos prescriptos por su médico tratante consistentes en tratamiento no solamente no aprobados por la autoridad de aplicación, sino manifiestamente riesgosos para la salud y vida de los pacientes”.

La denuncia surge luego del masivo rechazo de la comunidad médica por la injerencia del Poder Judicial en una decisión médica y sobre una sustancia que no está autorizada por la Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ni por el Ministerio de Salud nacional para su comercialización y su uso. El dióxido de cloro tampoco cuenta con estudios que demuestren su eficacia.

Su ingesta puede causar irritación en el esófago y estómago, dolor abdominal, náuseas, vómitos, diarrea e intoxicaciones severas, que pueden incluir graves trastornos hematológicos, cardiovasculares y renales, así como complicaciones respiratorias, como bronquitis crónica y erosiones dentales.

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Comentarios

  • Marita Sáenz13 de enero de 2021 a las 4:38 pmLos únicos autorizados con licencia para matar son los médicos que dicen tener todo en regla y administrar tratamientos convencionales aprobados por ANMAT y que lleva a cuestas más de 44,000 fallecidos en Argentina.

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