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Prisión preventiva: qué cambios hizo el Congreso

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • El Parlamento dispuso que se apliquen desde ahora en todo el país los artículos del nuevo Código Procesal que restringen la prisión preventiva a nivel federal.
  • Es una herramienta que, según la normativa vigente, sólo debe utilizarse cuando existe riesgo de fuga o de entorpecimiento del proceso por parte de un imputado.
  • A nivel federal, casi un 60% de los detenidos no tiene condena.

El Congreso nacional estableció la semana última límites a la prisión preventiva. Lo hizo a través de la puesta en vigencia de algunos artículos del nuevo Código Procesal Penal Federal, que se está implementando de forma gradual y que hasta ahora sólo se aplica en dos provincias. El nuevo texto obliga al juez a utilizar el encarcelamiento preventivo como último instancia luego de aplicar otras medidas. Te contamos qué cambió y cuál es la situación de los detenidos en esta condición.

Qué es la prisión preventiva

Es un mecanismo al que pueden recurrir los jueces para detener a un imputado que no tenga una condena firme. La regla general es que el imputado (luego procesado) atraviese el proceso libre y sólo pueda ser encarcelado sin condena firme si hay riesgo de fuga o puede entorpecer la investigación (al destruir evidencia o amenazar testigos). Así lo estableció la Cámara Federal de Casación Penal en 2008 en el fallo plenario “Díaz Bessone” (en una sentencia que firmaron los jueces de todas las salas del máximo tribunal penal para unificar la jurisprudencia).

Qué cambió

En diciembre de 2018 el Congreso aprobó el nuevo Código Procesal Penal Federal, que regula los procedimientos y tiempos de la Justicia Federal penal. Sin embargo, se estableció que su aplicación sería progresiva. La Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código determinó que en un principio sólo se aplicaría en Salta y Jujuy y luego se irían incorporando el resto de las provincias. La última es la Justicia federal porteña, que aplicaría el nuevo Código en noviembre de 2025.

Este cronograma sigue vigente, pero la Comisión Bicameral decidió la semana última que algunos artículos se apliquen desde ahora en todo el país. Entre ellos, algunos que regulan la prisión preventiva.

Uno de los puntos es que hay medidas previas a la prisión preventiva que se deben adoptar y sólo se puede encarcelar a la persona si no son suficientes. Entre las medidas están: la promesa del imputado, el sometimiento a vigilancia, la obligación de presentarse periódicamente en el juzgado, la prohibición de salir del país y retención de documentos de viaje, la prohibición de concurrir a ciertos lugares o comunicarse con determinadas personas, el uso de la llamada tobillera electrónica y el arresto domiciliario.

Además, establece cuáles son los criterios para considerar que hay peligro de fuga o entorpecimiento, algo que antes sólo existía por disposición de la jurisprudencia, y de manera menos específica.

Los datos de detenidos

Si bien la prisión preventiva es una medida excepcional, en la Argentina tiene una alta incidencia. En 2018, último año con datos publicados, había más de 94 mil detenidos en cárceles de todo el país, federales y provinciales. Un 53,3% de ese total tenían condena, mientras que el resto estaba procesado o con otra situación procesal. El Sistema Nacional de Estadísticas de Ejecución de la Pena (SNEEP) tiene estadísticas comparables desde 2002. Ese año los condenados representaban el 39% del total, un porcentaje menor al actual.

La brecha se fue reduciendo todos los años, hasta que en 2017, por primera vez desde que existe la serie, la cantidad de condenados superó a la de procesados.

Sin embargo, estos números dan cuenta de lo que ocurre en todas las cárceles del país, las provinciales y las federales. El nuevo Código Procesal Penal Federal sólo rige para la Justicia federal. En las cárceles federales la tendencia sigue siendo la contraria. De los más de 13.300 presos, el 58% no tiene condena. Esto representa a casi 8 mil detenidos.

Sin liberación masiva

Si bien el nuevo Código Procesal Penal Federal es más estricto y restringe el uso de la prisión preventiva, su implementación a partir de esta semana no implica que todas las personas que se encuentren en esta situación van a obtener la libertad. Así lo dijo esta semana el ministro de Justicia de la Nación, Germán Garavano: “Podría sí ser planteado por las personas que están privadas de libertad, pero en principio lo que ha hecho el Código Procesal Penal Federal es mantener las causales existentes”.

Esta semana el ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido pidió su excarcelación en dos causas en las que tiene prisión preventiva: la llamada causa de los “Cuadernos de la corrupción” y el expediente en el que se investigan irregularidades en la mina de Río Turbio. Para hacer estos planteos argumentó la reciente vigencia del nuevo Código. Sin embargo, los dos Tribunales Orales Federales a cargo de estas causas rechazaron su pedido.

“Ninguna de las medidas de coerción fijadas” por el nuevo Código “resultan suficientes para garantizar la sujeción efectiva del imputado al proceso”, señaló el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 7.

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