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Qué es la “ley antimafias” que impulsó el gobierno de Javier Milei y aprobó el Senado

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, anunció que Rosario es la primera ciudad donde se empezará a aplicar la Ley Antimafias. El Senado la aprobó en la sesión del 20 de febrero último y había sido presentada por el Ejecutivo como una norma análoga a la Ley RICO, de los Estados Unidos.
  • La iniciativa penaliza la pertenencia a una organización dedicada a cometer determinados delitos y establece que la pena por el delito más grave que le corresponde a quien cometió un hecho se va a aplicar a todos los miembros de la organización.
  • También dispone la posibilidad de establecer, con autorización judicial, zonas de intervención de las fuerzas federales con amplias facultades, como detenciones por averiguación de delitos; colocación de retenes para requisas; incautación de mercadería; rastrillajes, allanamientos e interceptación de llamados telefónicos.

La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, anunció que Rosario es la primera ciudad donde se empezará a aplicar la Ley Antimafias.

Con 38 votos a favor, el Senado había aprobado el jueves 20 de febrero el llamado proyecto de “ley antimafia”, que fue incluido por el presidente Javier Milei (La Libertad Avanza) en el temario de sesiones extraordinarias del Congreso. Es un proyecto presentado en abril de 2024 por los ministerios de Seguridad y Justicia de la Nación y fue expuesto como una norma análoga a la llamada Ley RICO, de los Estados Unidos. 

En esta nota, repasamos las claves de la iniciativa y los antecedentes.

¿Qué es la ley RICO?

La ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, antes de la presentación del proyecto, explicó: “Estamos enviando al Congreso de la Nación la ‘ley antimafia’ o ‘antibanda’, que tipifica una nueva modalidad de persecución penal sobre el crimen organizado, tomando los crímenes de bandas y adjudicándoselos a todos sus integrantes. Como hizo el Código Penal Antimafia de Italia, que terminó con las mafias italianas, como hizo la ley RICO de Estados Unidos, y luego (Nayib) Bukele [N. de la R.: el presidente de El Salvador] contra las maras: cada integrante de una organización lleva la pena de la organización por el hecho de participar”. 

RICO son las siglas en inglés de la Ley de Organizaciones Corruptas e Influenciadas por Extorsión. Es una ley federal que fue sancionada el 15 de octubre de 1970 en los Estados Unidos. Michael Mears, profesor de Derecho de la Facultad de Derecho John Marshall de Atlanta, explicó a The New York Times en esta nota que la ley “permite a un fiscal perseguir al jefe de una organización, vagamente definida, sin tener que demostrar que ese jefe participó directamente en una conspiración o en cualquier acto que violara la ley estatal”.

En los considerandos del proyecto presentado por el gobierno de Milei, se describe a la Ley RICO de la siguiente manera: “Sus previsiones tienden al aumento de penas y a la persecución de delitos de jurisdicción local por las autoridades federales. En definitiva, lo importante para ese país es la participación en la delincuencia organizada, castigando esa participación, por ese solo hecho”.

La legislación actual y la asociación ilícita

Actualmente, el artículo 210 del Código Penal fija penas de 3 a 10 años al que “tomare parte en una asociación o banda de 3 o más personas destinada a cometer delitos por el solo hecho de ser miembro de la asociación”. Y establece que “para los jefes u organizadores de la asociación el mínimo de la pena será de 5 años de prisión”.

Por otra parte, el artículo 210 bis dispone penas de 5 a 20 años al que “tomare parte, cooperare o ayudare a la formación o al mantenimiento de una asociación ilícita destinada a cometer delitos cuando la acción contribuya a poner en peligro la vigencia de la Constitución Nacional”, siempre que se cumplan al menos 2 de las siguientes condiciones: tener 10 o más individuos, poseer estructuras de tipo militar, posesión de armas o explosivos, operar en más de una jurisdicción, estar compuesta por miembros de las fuerzas armadas o de seguridad, entre otras. 

¿En qué consiste la propuesta del gobierno de Javier Milei sobre el crimen organizado?

En un documento enviado a Chequeado, el Ministerio de Seguridad explicó: “Aquellos que cometen delitos encadenados para el objetivo que tiene una organización criminal, van a tener una pena por pertenecer a esa organización mafiosa. La pena por el delito más grave que le corresponde a quien cometió el hecho se va a aplicar a todos los miembros de la organización”. Esto está reflejado en 2 artículos del proyecto que incorporan modificaciones al Código Penal en la parte posterior a los artículos mencionados sobre la asociación ilícita.

El proyecto establece que la nueva legislación se aplica para los siguientes delitos: tráfico de drogas, lavado de activos, homicidios, lesiones, pornografía infantil, privación ilegítima de la libertad, secuestro, coacción, amenazas, extorsión, trata de personas, tráfico de órganos, intimidación pública, incendios, estragos y tenencia ilegal de armas.

El documento de Seguridad agregó: “La ley va a permitir detenciones por averiguación de delitos; colocación de retenes para efectuar requisas; incautar mercadería dando noticia a la autoridad judicial; hacer rastrillajes, realizar allanamientos encadenados y la interceptación de llamados telefónicos y nuevas formas de comunicación con la autorización de la justicia”. 

En ese sentido, el proyecto establece que las dependencias del Ministerio Público Fiscal que investigan crimen organizado pueden determinar la necesidad de una investigación especial en determinada zona, y faculta a las fuerzas federales de seguridad a realizar estas tareas mencionadas por el Ministerio. 

Además, la iniciativa habilita al juez de la causa a dictar la extinción de dominio respecto de “cualquier bien que presumiblemente sea producto de las actividades“ ilícitas. 

El debate sobre el proyecto

Pedro Biscay, abogado, ex director del Banco Central (2014-2017) y miembro del Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica.(CIPCE), fue invitado al debate en Diputados y en una columna en La Nación cuestionó: “La elección de los tipos penales muestra que la prioridad son los delitos de tráfico, las extorsiones, la actividad violenta de pandillas y el lavado de dinero de esos delitos, dejando de lado los fraudes financieros, ciberataques, corrupción de alto impacto, evasión tributaria agravada, delitos ambientales, contrabando y el lavado de dinero procedente de estos últimos supuestos”. 

Además, señaló que “tampoco es eficaz proponer aumentos de penas sin fortalecer la capacidad de decomisar bienes por medio de procesos civiles” y cuestionó la comparación con la Ley RICO: “ese instrumento jamás establece que la sola participación en una actividad sea suficiente para su aplicación. La RICO es una ley compleja que exige demostrar que en el caso hay una empresa criminal y un patrón de actividad mafiosa”. 

Por su parte, Pablo Cococcioni, ministro de Seguridad de Santa Fe, expuso en el Senado a favor del proyecto y utilizó un ejemplo: “A uno de los narcotraficantes más importantes, y líder de una de las organizaciones más peligrosas que operan en la provincia de Santa Fe, que tiene, más o menos, 4 décadas de condena por delitos comunes, el otro día, en la Justicia Federal, lo condenaron a la módica suma de 5 años de prisión. ¿Por qué? Porque es complicado probarle la autoría o participación criminal en todos y cada uno de los delitos que su organización mandó a cometer”. 

Y agregó: “Nos guste o no nos guste, luchar en serio contra las organizaciones criminales requiere herramientas extraordinarias para poder atribuir responsabilidades de manera colectiva”. 

Por su parte, la CTA y organismos de derechos humanos realizaron una presentación ante el Senado en rechazo al proyecto ley antimafia.

 

Actualización 19/02/2025: la nota fue actualizada antes del debate en el Senado.
Actualización 16/05/2025: la nota fue actualizada con la última información disponible.

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